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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2003 (30/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 241855 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de marzo de 2003 Modifican Directiva para la Formula- ción y Suscripción de Convenios de Ad-ministración por Resultados para elAæo Fiscal 2003 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2003-EF/76.01 Lima, 27 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Directoral Nº 009- 2003-EF/76.01 de fecha 23 de febrero del 2003, se apro-bó la Directiva Nº 006-2003-EF/76.01 "Directiva para la Formulación y Suscripción de Convenios de Administra- ción por Resultados para el Año Fiscal 2003"; Que, mediante el Comunicado Nº 009-2003-EF/ 76.01 del 15 de marzo del 2003, se estableció el cro- nograma de reuniones con los representantes de lasEntidades que presentaron propuestas de Convenio de Administración por Resultados para el Año Fiscal 2003; Que, como resultado de dichas reuniones, se hace necesario efectuar modificaciones al contenido de la Di- rectiva Nº 006-2003-EF/76.01; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finan- zas, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestariadel Estado y la Resolución Viceministerial Nº 148-99- EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Economía y Finanzas modifica-da por la Resolución Vice Ministerial Nº 108-2000- EF/13, y la Vigésimo Primera Disposición Final de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Públi-co para el Año Fiscal 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los artículos 16º, 21º, 22º, 23º, 24º, 25º, 26º y 28º de la Directiva Nº 006-2003-EF/ 76.01 "Directiva para la Formulación y Suscripción de Convenios de Administración por Resultados para el AñoFiscal 2003", de acuerdo a lo siguiente: Modificar los numerales 16.1 y 16.4 del Artículo 16º Artículo 16º.- Etapa de los Convenios de Administra- ción por Resultados 16.1 Formulación y Suscripción del Convenio.- La etapa de Formulación y Suscripción del Convenio de Administración por Resultados consiste en el trabajo,mediante reuniones y coordinaciones , entre las En- tidades interesadas en la firma del Convenio y la Direc- ción Nacional del Presupuesto Público. En esta etapa, la Entidad, luego de la aplicación del esquema de planteamiento de indicadores, me- tas y compromisos, realiza una propuesta formal deConvenio a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en términos de indicadores, metas y com- promisos a alcanzar. Como resultado de las reuniones y coordinaciones sobre la propuesta alcanzada, se elaborará el Convenio de Administración por Resultados definitivo a ser suscri-to por la Dirección Nacional del Presupuesto Público y la Entidad, en dos (2) ejemplares. Una vez suscrito el Convenio, éste servirá de base para que a nivel de cada unidad organizativa de la Entidad se identifiquen indicadores, metas y compromisos específicos a ellas que permitan a la Entidad cumplir acuerdos. 16.4 Aplicación de incentivos y sanciones.- El cum- plimiento de las metas y compromisos da derecho a laEntidad a la distribución de un Bono de Productividad, el mismo que opera como incentivo financiero para el cum- plimiento del Convenio. En caso de incumplimiento de los acuerdos del Convenio, corresponde al Titular de la Entidad de- terminar y disponer las penalidades administrati-vas que sean aplicables al personal responsable del citado incumplimiento.Modificar el Artículo 21º Artículo 21º.- Plazos para la presentación de in- formación sobre el cumplimiento de acuerdos delConvenio. La presentación de información a la Contraloría Ge- neral de la República sobre el cumplimiento de metas ycompromisos con fines de Evaluación del cumplimiento de los acuerdos del Convenio se realiza de manera tri- mestral de acuerdo al siguiente Cronograma: Trimestre Fecha de Presentación Segundo Hasta el 21 de julio del 2003 Tercero Hasta el 20 de octubre del 2003 Cuarto Hasta el 20 de enero del 2004 Modificar el Artículo 22º Artículo 22º.-Plazo para la remisión del documen- to de conformidad sobre el cumplimiento de acuer- dos del Convenio En un plazo no mayor a quince (15) días de recibida la información sobre el cumplimiento de metas y com- promisos, la Contraloría General de la República remite el informe de verificación del cumplimiento del Conve- nio a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. La remisión del informe de verificación correspon- diente al cuarto trimestre podrá efectuarse dentro de lostreinta (30) días de posteriores a la recepción del infor- me de cumplimiento de metas y compromisos por parte de la Entidad. Modificar el Artículo 23º Artículo 23º.- Plazo para la remisión de documentos de conformidad para la distribución del Bono La Dirección Nacional del Presupuesto Público, en un plazo no mayor de diez (10) días de recibido el infor- me de verificación por parte de Contraloría General de la República envía un oficio a la Entidad firmante delConvenio adjuntando el informe sobre la disponibili- dad de los recursos para la atención del Bono de Pro- ductividad, en caso corresponda, y por lo tanto para sudistribución. En el caso del cuarto trimestre la Dirección Nacional del Presupuesto Público tiene plazo hasta la fecha del Período de Regularización Presupuestaria estableci- da en el artículo 36º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, pararemitir el oficio de la Entidad reconociendo o no su dere- cho a la distribución del Bono de Productividad. Modificar el Artículo 24º Artículo 24 º.- Plazo de presentación de Información de las Entidades que no suscriban Convenios Las Entidades comprendidas en el Tomo V de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2003, así como en el Decreto Supremo Nº 196-2002-EF, de fecha 25 de diciembre de 2002, que no suscriban Convenios de Administración por Resultados,quedan obligadas a definir indicadores y metas en el marco de los objetivos operativos y estratégicos defini- dos por ellas para el año 2003. Tales indicadores y me-tas son aprobados mediante Resolución del Titular, y presentados a la Dirección Nacional del Presupuesto Público hasta el 31 de marzo del año 2003 . Modificar el último párrafo del Artículo 25º Artículo 25º.-Financiamiento del Bono de Productivi- dad (...) El monto del Bono se distribuirá trimestralmente, a par- tir del Segundo Trimestre , en función al cumplimiento de las metas, lo cual se determinará siguiendo la metodología de las ponderaciones trimestrales que forman parte del "Modelo de Convenio" que se observa en el Anexo Nº 1. Modificar el Artículo 26º Artículo 26º.- Requisitos para el otorgamiento del Bono El bono de productividad se atenderá siempre que se cumpla con las siguientes condiciones: