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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2003 (30/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 241872 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de marzo de 2003 de cátedras de idioma y cultura italiana a cargo de lectores de lengua madre italiana asumidos localmente. II. BECAS DE ESTUDIO2.1 La Parte italiana ofrece, para el año académico 2002 - 2003, 54 mensualidades a ciudadanos peruanos. 2.2 La Parte peruana se reserva de comunicar el núme- ro de becas de estudio que ofrecerá anualmente a ciuda-danos italianos. 2.3 Cada una de las Partes podrá modificar el número de las mensualidades de los sucesivos años académicos,de conformidad con los fondos disponibles para cada añofiscal. Cada modificación será notificada a través de loscanales diplomáticos. 2.4 Las Universidades de los dos Países podrán esta- blecer acuerdos que permitan facilitar el otorgamiento delas becas de estudio, para estudios de post grado, o deespecialización, para sus docentes y estudiantes universi-tarios. 2.5 La Universidad de Palermo ofrecerá becas de estu- dio a las Universidades con las que ha firmado conveniosde cooperación. 2.6 La Universidad Nacional "San Agustín de Arequi- pa" otorgará dos becas de estudio de tres meses a ciuda-danos italianos. 2.7 La Sociedad Dante Alighieri, que tiene como tarea la difusión del idioma y la cultura italiana, está presente enel Perú con el Comité de Trujillo. Para los años 2002 - 2004ofrecerá 3 becas de estudio de Euro 1,550.00 cada unapara frecuentar en Italia un curso de idioma y cultura italia-na. III. COOPERACIÓN EN EL SECTOR UNIVERSITARIO 3.1 Las dos Partes favorecerán la cooperación entre las Universidades y los institutos de educación superior delos dos Países, a través de la suscripción de acuerdos,convenios y el intercambio de docentes, datos e informa-ciones, además de la organización de proyectos comunesde investigación, seminarios y congresos. 3.2 En el período de vigencia del presente Protocolo, las dos Partes intercambiarán anualmente 3 docentes oinvestigadores universitarios para visitas de hasta quincedías, con el objetivo de consolidar una base para nuevascolaboraciones y para la realización de proyectos conjun-tos. 3.3. Las Partes toman conocimiento además, con satis- facción, de la Declaración Final de la primera ConferenciaMinisterial Europa - América Latina - Caribe sobre la Ins-trucción Superior (París, 2 - 3 de noviembre del 2000), queexpresa la voluntad común de un progreso cualitativo ycuantitativo de las relaciones interuniversitarias entre losPaíses europeos y los partners centroamericanos ysudamericanos, en la perspectiva de la creación de unespacio europeo-latino americano de la instrucción supe-rior. 3.4. Las dos Partes (para la parte peruana la Asamblea Nacional de Rectores del Perú) favorecerán las colabora-ciones interuniversitarias también en el ámbito del Progra-ma de cooperación universitaria entre la Unión Europea yAmérica Latina ALFA II - Formación Académica. IV. COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA 4.1. Las Partes -para la Parte Peruana el Consejo Na- cional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC) y para la Par-te Italiana el Ministerio de Relaciones Exteriores de Italia yel Ministerio de la Instrucción, la Universidad y la Investiga-ción- favorecerán el desarrollo de la colaboración científicay tecnológica entre los dos Países a través de: - los acuerdos y los convenios entre instituciones de los dos Países operantes en los sectores de las ciencias debase y aplicadas; - la realización de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo tecnológico; - la organización de convenios, seminarios y expo- siciones científicas; - el intercambio de informaciones científicas y tecnoló- gicas. 4.2. Las Partes alentarán la elaboración de proyectos conjuntos que pudieran ser incluidos en los programas dela Unión Europea y de otros organismos internacionales yla participación más activa de científicos y expertos de los dos Países en su actuación. 4.3. Las dos Partes apoyarán la realización de los si- guientes proyectos de investigación conjunta: 1) Título: Seguimiento a distancia de movimientos del terreno y de edificios a consecuencia de causas naturales(derrumbes, subsidencias, fenómenos volcánicos y terre-motos) o artificiales (minería, excavaciones, túneles, exca-vaciones destinadas a modificar permanentemente el te-rreno). Responsable italiano: Universidad de Florencia; Depar- tamento de Electrónica y Telecomunicaciones; Prof. CarloAtzeni, vía Santa Marta, 3; 50139 Florencia; Tel. 0039-055-4796.272; Fax 0039-055-494-569; e-mailatzeni@det.unifi.it; Responsable peruano: Instituto Geofísico del Perú; Prof. Orlando Macedo; Urb. Camino Real - La Molina, Lima 12,Perú; Apartado Postal 3747; Lima 100; Fax 0051-1-436.8437. 2) Título: Estudio de tipo fito-químico y fármaco-gnósti- co de plantas medicinales peruanas, su uso médico, infor-matización de los datos clínicos y experimentales. Responsable italiano: Universidad de Pavia; Depar- tamento de Química Orgánica; Prof. Giovanni Vidari; víaTaramelli 10, 27100 Pavia; Teléfono: 0039-0382-507.322,e-mail vidari@chifis.unipv.it; Responsable peruano: Instituto Peruano de Fitotera- pia Andina (IPIFA); Dr. Edmundo Szeglia, Pedro Ventura440, Miraflores, Lima 18; Teléfono 0051-1-445.8624, e-mail ipifa@amauta.rcp.net.pe; 3) Título: Aspectos Ecológicos, productivos y de ges- tión del lago Titicaca. Responsable italiano: Universidad de Estudios de Roma "La Sapienza", Departamento de Genética y Biología Mo-lecular; Prof. Loreto Rossi, vía der Sardi 70, 00185 Roma,Telefax 0039-06-494.0800; e-mail loreto.rossi@uniroma 1.it; Responsable peruano: Universidad Nacional del Alti- plano de Puno. V. CULTURA Y ARTEMúsica, Teatro, Danza, Cine y Artesanía5.1 Las dos Partes favorecerán la realización de espec- táculos y giras de grupos o artistas individuales especial-mente calificados así como el intercambio de partituras ymaterial musical entre la Orquesta Sinfónica del Perú y suscorrespondientes en Italia, y propiciarán la colaboración ylos intercambios entre Entidades y Asociaciones de re-nombre en los respectivos Países. 5.2. La Fundación "Valentino Bucchi" está dispuesta a realizar iniciativas comunes en el marco de la creación ar-tística y cultural de nuestro tiempo. En particular la Funda-ción considera proponer a músicos y expertos designadospor el País que envía, para que participen como miembrosdel jurado del "Premio Internacional Valentino Bucchi" y aotras actividades (convenios, seminarios, reseñas, festiva-les). Los gastos de alimentación y alojamiento estarán acargo de la Fundación, mientras que los gastos de viajeestarán a cargo de la Parte que envía o del ente o institu-ción por ella delegados. 5.3. La Fundación Roma Europa está dispuesta a cola- borar con instituciones culturales peruanas interesadas conel fin de realizar iniciativas comunes en el ámbito de lasactividades culturales y en particular de aquellas de la crea-ción artística. 5.4. Las dos Partes favorecerán la organización de manifestaciones y eventos particularmente representativosde la cultura cinematográfica de ambos países. 5.5. Las dos Partes favorecerán recíprocamente la or- ganización de reseñas cinematográficas, el intercambio deinformaciones y documentaciones como también, en régi-men de reciprocidad, la participación en los más importan-tes festivales cinematográficos de los dos Países. 5.6. Las dos Partes promoverán la cooperación en el campo de la coproducción, distribución, comercialización ci-nematográficas, en particular con relación a las acciones diri-gidas hacia terceros mercados, también a través de accionesconjuntas ante organizaciones internacionales competentes. 5.7. Las Partes apoyarán las actividades del Instituto Inter- nacional para el Cine y el Audiovisual de los Países Latinos. 5.8. Las dos Partes favorecerán la organización de manifestaciones y eventos representativos de la artesa-nía.