Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2003 (01/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2003

Autorizan la contratacion por servicios personalisimos de abogado mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-A-2003-SEGE-06-MDEA El MORDAZA, 28 de marzo de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria del 28 de marzo del 2003, los Informes Nº 052-2003-ADM/00-MDEA y Nº 0161-2003-DAJ-MDEA de las Direcciones de Administracion y el de Asesoria Juridica de esta Municipalidad, con relacion al contrato por servicios personalisimos del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Cavalcanti del Villar; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 052-2003-ADM/ 00-MDEA del 12-3-2003, el Director de Administracion se pronuncia favorablemente por la contratacion personalisima del abogado senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Cavalcanti del MORDAZA, durante el periodo comprendido entre los meses de MORDAZA a diciembre del 2003, por considerar que el mencionado profesional, reune las cualidades, habilidades y profesionalismo que permitiran ejecutar el servicio solicitado de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la entidad y que en aplicacion del articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la aprobacion del contrato por servicios personalisimos, requiere la resolucion del Titular previo Acuerdo del Concejo; Que, con Informe Legal Nº 0161-2003-DAJ-MDEA del 21-3-2003, la Direccion de Asesoria Juridica, por las razones expuestas en el, opina por la procedencia de la contratacion del profesional citado en el parrafo anterior; Que, el articulo 19º inciso h) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, exonera del MORDAZA de seleccion de los servicios personalisimos, concordante con el articulo 111º de su Reglamento aprobado con D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, para los efectos anteriormente expuestos es necesario que la formalizacion del acto administrativo apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion de concurso publico establecido para la contratacion de los servicios propuestos; Estando a lo expuesto, a lo senalado por el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y de conformidad con el numeral 3) del articulo 10º y numerales 1 y 15 del articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por MORDAZA unanime; ACUERDA: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar los servicios personalisimos del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Cavalcanti del MORDAZA, para la defensa de los intereses municipales que esten dirimiendose ante el Poder Judicial, hasta su culminacion en la Corte Suprema de la Republica, prestar asesoria especializada, respecto de las consultas que puedan formular la Municipalidad, cualquiera sea el area del derecho que la requiera, en suma, asesorar al senor MORDAZA, Regidores y Funcionarios, cuando estos lo soliciten. Articulo 2º.- El monto total de los honorarios no excedera de la suma de S/. 22,500.00 Nuevos Soles, divididos en nueve (9) mensualidades de S/. 2,500.00 Nuevos Soles cada una, que se devengaran desde el 1 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2003. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Oficina de Administracion para que proceda a contratar el servicio requerido, senalado en el articulo primero de este acuerdo, via adjudicacion de menor cuantia, a traves del Co-

mite Especial designado por Resolucion de Alcaldia. Articulo 4º.- La fuente de financiamiento sera la 09 recursos directamente recaudados del presupuesto municipal. Articulo 5º.- Pongase en conocimiento con el presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme a Ley. Articulo 6º.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo por el Diario Oficial El Peruano, encomendando a la Secretaria General su cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08214

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen Regimen de Gradualidad de Sanciones
ORDENANZA Nº 107-MJM MORDAZA MORDAZA, 31 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 004-2003-CPEPMJM de la Comision de Planificacion, Economia y Presupuesto; con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIMEN DE GRADUALIDAD DE SANCIONES POR INFRACCIONES TRIBUTARIAS Articulo Primero.- OBJETIVO. Establezcase el "Regimen de Gradualidad de Sanciones", aplicable a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, para los infractores a las normas tributarias contempladas en el Articulo 176º del Codigo Tributario (Decreto Supremo Nº 135-99-EF), que comprende la MORDAZA de declaraciones juradas, en forma incompleta o fuera del plazo, de la forma establecida en la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEFINICIONES. Para efecto del presente regimen se entendera por: a) Codigo: Al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF. b) Tabla o Tablas: A las Tablas I y II de Infracciones y Sanciones que forman parte del Codigo. c) Resolucion de Superintendencia: a la MORDAZA aprobada por SUNAT y publicada el 26 de febrero de 1992 en el Diario Oficial El Peruano (R.S. Nº 047-92-EF/SUNAT) que establece la escala de multas aplicables, a las infracciones cometidas hasta el ano 1999. d) Subsanacion: Es el criterio de gradualidad aplicado por la presente ordenanza. Se entiende subsanada la infraccion cuando el contribuyente registre y presente ante la Administracion la declaracion jurada respectiva. Articulo Tercero.- SUBSANACION VOLUNTARIA. Si la infraccion es subsanada por voluntad e iniciativa del infractor MORDAZA que la Administracion Tributaria le comunique por cualquier medio que ha incurrido en infraccion se aplicara la siguiente escala, siempre y cuando:

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