Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2003 (01/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de MORDAZA de 2003

Que el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia y debiendo aprobarse tales exoneraciones segun lo establecido por el Articulo 20º de dicho Texto; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 111º del Reglamento del citado Texto, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, procede dicha exoneracion en el caso de los contratos de locacion de servicios para cuya celebracion se tenga en cuenta, como requisito esencial, a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que en los Articulos 105º y 116º del referido Reglamento se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que de acuerdo a lo expuesto en el Informe Tecnico Nº 001-2003-200000 de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, se requiere contratar los servicios profesionales del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, para prestar asesoria y apoyo tecnico en el MORDAZA de desarrollo del modelo de fusion de las administraciones de tributos internos y aduaneros, asi como en la gestion de personal y organizacion Interna, por un monto de US$ 96,000.00 (Noventa y seis mil y 00/100 Dolares Americanos) incluidos todos los impuestos de ley; Que el CIAT es un organismo internacional publico, sin fines de lucro, cuya mision es ofrecer un servicio integral para la modernizacion de las administraciones tributarias de MORDAZA Latina y del Caribe, propiciando su evolucion y consolidacion, mediante el intercambio de conocimientos y experiencias y la prestacion de asistencia tecnica especializada; Que dicho Centro es la unica institucion especializada en el continente americano en el MORDAZA de la administracion tributaria en los aspectos relacionados a la formulacion, cobro y gestion de los impuestos, tasas, tributos y/o contribuciones, cuya experiencia esta reconocida por sus 29 paises miembros de la region y cuenta con el apoyo tecnico de la Agencia Estatal de Administracion Tributaria e Instituto de Estudios Fiscales de Espana, el Departamento de Ingresos y Aduanas de Canada, el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos de Norteamerica, la Direccion General de Impuestos de MORDAZA, entre otros; Que dicho Organismo dispone de recursos especializados, tecnologia, informacion y el "know how" de las administraciones tributarias de sus paises miembros, en las areas de: gestion, recaudacion, fiscalizacion, cobranza, legislacion, gerencia, organizacion, sistemas de informacion, estadisticas, recursos humanos, capacitacion y tecnologia informatica; Que teniendo en consideracion el objetivo institucional del CIAT, el conocimiento que tiene de las mejores practicas alcanzadas en Latinoamerica y en los paises desarrollados de Europa y MORDAZA, asi como su experiencia como organo ejecutor de programas de fortalecimiento en una gran cantidad de administraciones tributarias y aduaneras, resulta conveniente su contratacion para prestar asesoria y apoyo tecnico en el MORDAZA de fusion de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, y en general para actividades de la nueva administracion tributaria y aduanera; Que a traves del Informe Legal Nº 014-2003-SUNAT2B2300 la Division Juridico Administrativa de la Geren-

cia Procesal y Administrativa de la Intendencia Nacional Juridica de esta Superintendencia opina que los servicios a contratar califican como servicios personalisimos; Que lo expuesto en los citados Informes justifica tecnica y legalmente la contratacion del servicio especializado mediante la exoneracion de los procesos de seleccion MORDAZA senalados, cumpliendose asi con lo previsto en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la contratacion de los servicios de asesoria y apoyo tecnico del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, servicio que debera ser prestado en un plazo no mayor a 5 (cinco) meses, y, consecuentemente, autorizar a la Intendencia Nacional de Administracion a contratar dicho servicio mediante Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 96,000.00 (Noventa y seis mil y 00/100 Dolares Americanos), incluido impuestos; importe que sera financiado con Recursos Propios. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 08341

Aprueban estatuto y reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 096-2003/SUNAT MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Legislativos Nºs. 673 y 680, se crearon los Fondos de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y de la ex Superintendencia Nacional de Aduanas ADUANAS, con la finalidad de brindar apoyo a sus trabajadores y familiares mediante el otorgamiento de prestaciones asistenciales de salud, asi como de prestamos para financiar necesidades de caracter social; Que a traves del Decreto Supremo Nº 061-2002PCM, se dispuso la fusion de la SUNAT con ADUANAS, otorgandole a la primera la calidad de entidad incorporante; Que mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-PCM de fecha 2 de enero de 2003, se preciso que la fusion de la ex ADUANAS y la SUNAT, dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, implicaba tambien la fusion de los Fondos de Empleados de MORDAZA entidades, otorgando plazo hasta el 1 de MORDAZA de 2003 para su concrecion, prorrogable por un plazo MORDAZA de tres meses adicionales;

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