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PÆg. 243503 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de mayo de 2003 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador interponer acciones legales contra ex funcionariosde la Sucursal COFIDE Cusco por pre-sunte responsabilidad civil en perjui-cio económico RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 137-2003-CG Lima, 25 de abril de 2003 VISTOS: El Informe Especial Nº 138-2003-CG/SP, resultante del Examen Especial practicado en la Corpo-ración Financiera de Desarrollo - COFIDE, respecto al préstamo otorgado en el año 1990 a la empresa Hostal Tumi EIRL por la Sucursal Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República ha efectuado un Examen Especial al préstamo otorgado en el año 1990 por la Sucursal COFIDE Cusco a la empre- sa Hostal Tumi EIRL, por la suma de US$ 90 000,00, enatención a lo dispuesto en la sentencia del 1.Ago.2002 expedida por la Sala Penal Transitoria de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, remitida con Oficio Nº541-2002-SPT-CS del 14.Oct.2002 cursado por el Pre- sidente de la citada Sala Penal; Que, de la revisión efectuada por la Comisión de Auditoría a los documentos relacionados con el otorga- miento de citado préstamo, se advierte que fue otorga- do sin haberse cumplido con los requisitos previstospor la Entidad en sus normas y directivas internas, tales como las "Políticas de Financiamiento de COFI- DE" aprobadas por Acuerdo de Directorio Nº 116-88 enla Sesión de Directorio Nº 200-88 del 6.Jul.88, "Pautas Generales para evaluar un Proyecto de Inversión" con- tenida en la Directiva Administrativa Nº 181-89/ON del25.Set.89, "Sistema de Precalificación de las Solicitu- des de Financiamiento en las Sucursales" contenida en la Directiva Nº 189-90/ON aprobada por Resolución deGerencia General Nº 020-CC/ON del 17.Ene.90, "Ela- boración de la Propuesta de Financiamiento" contenida en la Directiva Administrativa Nº 194/90 aprobada porResolución de Gerencia General Nº 048-GG/ON del 23.Feb.90, cuya observancia era responsabilidad del ex Gerente y el ex Asistente de la Sucursal COFIDECusco; Que, en el procedimiento seguido para la aprobación y otorgamiento de este préstamo, se observan diversasomisiones y deficiencias que debieron ser advertidas por los citados ex funcionarios; tales como, la ausencia de la solicitud de préstamo por la suma desembolsada(US$ 90 000,00), existiendo dos solicitudes por montos menores presentadas por el Titular de la empresa pres- tataria; así como por la falta de los siguientes documen-tos: Proyecto de pre factibilidad en los aspectos de mer- cado, inversión y financiamiento, proformas y/o cotiza- ciones para el equipamiento, Presupuesto de obras civi-les, Informe de pre calificación, Informe de Evaluación del Proyecto de Inversión y del análisis de la situación financiera de la empresa Hostal Tumi EIRL, referenciascrediticias del prestatario, propuesta de financiamiento en el expediente administrativo, que habría sido presen- tado ante el Comité de Crédito Regional del Cusco parala aprobación del préstamo; y los certificados de gravá- menes de los predios en garantía hipotecaria, actualiza- dos a la fecha de suscripción del contrato de préstamo oen la oportunidad de su desembolso a favor del presta- tario. Además; se advierte la inobservancia en las recomendaciones formuladas por la ex Asesora LegalExterna en sus Informes Legales del 5.Feb.90 y 20.Feb.90, y finalmente la falta de justificación en el des- embolso total del préstamo otorgado en una sola arma-da a favor del prestatario;Que, a pesar de estas omisiones y deficiencias, el ex Gerente de la Sucursal COFIDE - Cusco, suscribió elcontrato de préstamo con la empresa Hostal Tumi EIRL, de fecha 4.May.90, por la suma de US$ 90 000,00, sin verificar que este préstamo y su posterior desembolsose hubiera efectuado de acuerdo con las Políticas de Financiamiento aprobadas por COFIDE; y en el caso del ex Asistente de la Sucursal COFIDE - Cusco, participóde manera directa en la calificación, propuesta del financiamiento y desembolso de este préstamo, sin dar cumplimiento a los requisitos previstos por COFIDE, paraestas operaciones; Que, esta situación ha ocasionado un perjuicio econó- mico por concepto de intereses y mora estimado enUS$ 609,481.27 al 30.Nov.2002, considerando que el valor del préstamo concedido se encuentra afianzado con las garantías hipotecarias que se otorgaron en elcorrespondiente contrato de mutuo, aun cuando su eje- cución se encuentra en controversia judicial, al haberse cuestionado la autenticidad en las firmas consignadasen dicho contrato por parte de los fiadores solidarios; Que, al respecto los mencionados ex funcionarios no sólo han incumplido con el Manual de Organización yFunciones de la Sucursal COFIDE Cusco, que fue apro- bado por Resolución de Gerencia General Nº 014-GG/ ON-90 del 16.Ene.90; sino que también su conductaconstituye culpa inexcusable en el ejercicio de sus fun- ciones, que determinan la existencia de responsabilidad civil ocasionando perjuicio económico al Estado, y portanto la necesidad de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a favor del Estado Peruano, con- forme a lo previsto en los artículos 1319º y 1321º delCódigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del Art. 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, constitu- ye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes enforma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal; correspondiendo autorizar al Señor Procu- rador Público a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, para el inicio de lasacciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, interponga las acciones legales por los hechos expuestos contra los presun- tos responsables comprendidos en el Informe de Vis-tos, remitiéndole para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 08306 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales pertinentes contra presun- tos responsables por omisiones que retardaron la presentación de la De-claración Jurada de ELECTROPERÚS.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 138-2003-CG Lima, 25 de abril de 2003