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PÆg. 243517 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de mayo de 2003 la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- La Gerencia Regional de Admi- nistración, dispondrá la remisión de la presente resolu- ción y los informes que la sustentan, a la ContraloríaGeneral de la República y su correspondiente publica- ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los plazos estipulados por Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDON Presidente Regional 08382 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran fundada reconsideración interpuesta contra resolución que de-claró cumplidas obras de habilitaciónurbana en terreno ubicado en el distri- to de La Molina (Se publica la resolución de la referencia a solicitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Oficio Nº 853-2003-SGC/MML, recibido el 29 de abril de 2003) DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN Nº 132-2002-MML-DMDU Lima, 22 de marzo de 2002 LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto; el Expediente Nº 213255-76, Nº 213255-A-78, Nº 213255-B-81, Nº 712824-417-85 y Documento Simple Nº 4745-85, Nº 38128-95, Nº 20834-2000 y ExpedienteNº 57779-2001 por el cual la COOPERATIVA DE VIVIEN- DA MAGISTERIAL "JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI" LTDA. Nº 526 - COVIMA, propietaria del terreno de 567,836.50m2, ubicado en el distrito de La Molina, provincia y depar- tamento de Lima, interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución Nº 526-2001-MML-DMDU emitida el23 de noviembre del 2001, en el sentido de levantarse la carga señalada en el Artículo Cuarto de la misma; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 3540-2000 del 19 de abril del 2000 se aprobó la suscripción de un CONVE-NIO tripartito entre la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Distrital de La Molina y COVIMA, suscrito el 18 de agosto del 2000, referente a la deuda que corres-pondería abonar COVIMA a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima por conceptos de beneficios de cambio de zonificación, calificación de multa y déficit deaportes por el proceso de Habilitación Urbana del predio de su propiedad, a fin que ésta sea compensada con el valor del terreno afecto a Vía Metropolitana (Av. JavierPrado) que le corresponde, conforme lo dispone el artícu- lo II - V 13.2 del Reglamento Nacional de Construcciones; Que, por Resolución Nº 526-2001-MML-DMDU del 23 de noviembre del 2001 se declara cumplida por COVIMA las Obras de Habilitación Urbana llevadas a cabo sobre el terreno de su propiedad, resolviéndose en el artículo cuartode la misma que los lotes del 1 al 17 y del 24 al 40 de la manzana "C1" y del 10 al 39 de la manzana "D1" queda- ran como carga inscribible en los Registros Públicos comogarantía por el pago de los déficit de aportes, sustentado en el Acuerdo Nº 01 tomado por la Comisión Metropolita- na de Habilitaciones Urbanas en Sesión Nº 007-2000 del30 de marzo del 2000, acuerdo emitido con anterioridad a la firma del CONVENIO aludido;Que, mediante Expediente Nº 57779-2001, COVIMA interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolu-ción Nº 526-2001-MML-DMDU emitida el 23 de noviem- bre del 2001, en el sentido de levantarse la carga señala- da en el Artículo Cuarto de la misma, sin embargo en elartículo tercero del CONVENIO suscrito se contempló el adeudo que tiene COVIMA por concepto de; beneficio de cambio de zonificación, calificación de multas y déficit deaportes, así mismo en la cláusula séptima del mismo se señala que las partes se hacen mutua y recíproca conce- sión a cualquier diferencia entre los montos que se adeu-dan a fin de dar por cumplido los fines del CONVENIO; Que, mediante D/S Nº 17668-2002 del 13.Mar.2002 se adjunta la Carta Nº FMI-348-2002-SGP del11.Mar.2002 por el cual INVERMET informa que no es factible valorizar el área afecta a Vía Metropolitana por propiedad de COVIMA, por no contar dicha institucióncon un proyecto a desarrollarse sobre dicha zona; Que, mediante Oficio Nº 00246-02-SAT/04 del 18.Mar.2002, el Gerente de Asuntos Legales del Servi-cio de Administración Tributaria opina que, en caso existiera un saldo a favor de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, éste no podría cobrarse al haber conveni-do las partes, que ante el supuesto caso que existiera una diferencia resultante a favor de una de ellas, ésta se concederá a favor de la otra, motivo por el cual conside-ra que no tendría razón de ser la existencia de una carga a fin de garantizar el pago de cualquier diferencia; Que, mediante Informe Nº 042-2002-MML-DMDU- DHU-AL del 18 de febrero del 2002 emitido por la Aseso- ría Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas e Informe Nº 070-2002-MML-DMDU-DHU-DCO del 22 demarzo del 2002, se opina por la procedencia de lo solici- tado por COVIMA; Que, con el Visto Bueno de la División de Control de Obras, la Unidad Técnico - Legal y la Dirección de Habili- taciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Edicto Metro- politana Nº 21-85 MLM, la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, el artículo 1361º del Código Civil, D.S. Nº 002-94-JUS y Primera Disposición Transitoriade la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Cooperativa de Vivienda Magisterial "José Carlos Mariátegui" Ltda. Nº 526, contra la Resolución Nº 526-2001-MML-DMDU emi-tida el 23 de noviembre del 2001, en el sentido de levan- tarse la carga señalada en el Artículo Cuarto de la misma. Artículo Segundo.- Disponer el levantamiento de la carga contenida en el artículo cuarto de la Resolución Nº 526-2001-MML-DMDU, en consecuencia ratifíquese en todos sus extremos los demás artículos de la resoluciónantes mencionada. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Reso- lución a la Oficina Registral de Lima y Callao, a la Muni-cipalidad Distrital de La Molina, al Servicio de Administra- ción Tributaria y a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRINGAS CONSTANTINI Director Municipal 08219 Autorizan viaje de Presidente Ejecuti- vo de la AATE para participar en even-to relativo al transporte masivo depasajeros que se realizarÆ en Espaæa AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 027-2003-AATE/PE Santiago de Surco, 28 de abril de 2003