Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2003 (02/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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servidumbre de ocupacion de bienes publicos indispensable para la instalacion de la subestacion compacta subterranea de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5668; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion compacta subterranea de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5668, ubicada en la Av. 12 de Noviembre, Mz C2, sector MORDAZA Grau, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 079-2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion compacta subterranea de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5668, ubicada en la Av. 12 de Noviembre, Mz C2, sector MORDAZA Grau, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre 31137802 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5668. Ubicacion: distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Norte Este A 8 657 706.64 286 390.94 B 8 657 705.30 286 389.45 C 8 657 708.37 286 386.67 D 8 657 709.71 286 388.15 Area de Propietario MORDAZA de servidumbre terreno Suelo: 8.30 m2 (Subterranea) Estado (via publica) MORDAZA

servidumbre de ocupacion de bienes publicos indispensable para la instalacion de la subestacion compacta subterranea de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5685; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion compacta subterranea de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5685, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mz A3, sector Ollantay, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 074-2003-EM/ DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos, para la instalacion de la subestacion compacta subterranea de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 5685, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mz A3, sector Ollantay, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre 31137902 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5685. Ubicacion: distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Norte Este A 8 657 867.20 286 768.33 B 8 657 865.23 286 766.93 C 8 657 869.47 286 769.86 D 8 657 871.45 286 771.27 Area de Propietario MORDAZA de servidumbre terreno Suelo: 7.92 m2 (Subterranea) Estado (via publica) MORDAZA

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 07893 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2003-EM/DM MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 VISTO: El expediente Nº 31137902 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposicion de la

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 07894

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