Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2003 (02/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 243550 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de mayo de 2003 S B S Autorizan a la Caja Municipal de CrØdito Popular de Lima la aper- tura de oficina especial temporal en el distrito de Miraflores, provincia deLima RESOLUCIÓN SBS Nº 508-2003 Lima, 23 de abril de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Cré- dito Popular de Lima (Caja Metropolitana) para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Temporal en las instalaciones del Club Social Miraflores, sito en Male- cón de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores, provin- cia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica lo solicita- do; Estando a lo informado por el Departamento de eva- luación del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 052-2003/DESF-"F"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), apro- bado mediante Resolución SBS Nº 131-2002 y modifica- do por Resolución SBS Nº 1276-2002, siendo su base legal el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni- ca de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circu- lar SBS Nº CM-184-97(B-1996-97), el artículo 41º y la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima (Caja Metropolitana), la apertu- ra de una Oficina Especial Temporal en las instalaciones del Club Social Miraflores, sito en Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. En esta Oficina, que funcionará del 24 de abril al 9 de mayo del presente año, se efectuará la exposición y venta de bienes adjudicados (joyas). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 08330 Autorizan viaje de funcionario a la Repœblica Dominicana para participaren eventos de la ASSAL y en la IVConferencia sobre Regulación de Segu- ros y Supervisión en AmØrica Latina RESOLUCIÓN SBS Nº 531-2003 Lima, 30 de abril de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA:La invitación cursada a esta Superintendencia por la Asociación de Supervisores de Seguros de América Latina (ASSAL), la Asociación Internacional de Supervi-sores de Seguros (IAIS), la Organización para la Coope- ración y el Desarrollo Económico (OECD) y la Superin- tendencia de Seguros de República Dominicana (SS), con el fin de participar en la XIV Asamblea Anual de la ASSAL, el Seminario de Entrenamiento IAIS-ASSAL y la IV Conferencia sobre Regulación de Seguros y Super- visión en América Latina, los mismos que se llevarán a cabo del 6 al 9 de mayo de 2003, en la ciudad de Punta Cana, República Dominicana; CONSIDERANDO:Que, el propósito de la XIV Asamblea Anual de la ASSAL, es ofrecer un foro para la discusión abierta y participativa de los aspectos más trascendentes para la supervisión efectiva del mercado asegurador en Latino- américa; Que, asimismo el Seminario de Entrenamiento IAIS- ASSAL y la IV Conferencia sobre Regulación de Segu- ros y Supervisión en América Latina proveerán un foro para el intercambio de opiniones, experiencias y enfo- ques sobre temas selectos del seguro, desde la pers- pectiva de los supervisores de seguros de América La- tina, de representantes de la IAIS, así como expertos de la OCDE y miembros de la industria aseguradora; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-03, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejer- cicio 2003, estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitación aproba- dos para el ejercicio 2003; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, al señor Rubén Mendiolaza Morote, Intendente del Depar- tamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Segu- ros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, para que en representación de nuestra Institución participe en los referidos eventos; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas- tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Co- operación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 6987-2003 y comunicación de no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo, re- mitida por la Unidad de Coordinación de Préstamos Sec- toriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa COR- PAC, con cargo al presupuesto correspondiente al ejer- cicio 2003; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sis- tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2003, Nº SBS-DIR-ADM- 085-03; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Rubén Mendiolaza Morote, Intendente del Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la ciudad de Punta Cana, República Dominicana del 5 al 10 de mayo de 2003, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar ante el Superintendente de Banca y Seguros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pa- sajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC- PE, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2003, de acuerdo al siguiente detalle: