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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2003 (21/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 244593 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de mayo de 2003 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR Disponen cese definitivo de autorida- des de gobierno de la Universidad Na- cional JosØ Faustino SÆnchez Carrióny conforman Comisión Transitoria deGobierno ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1409-2003-ANR Lima, 16 de mayo de 2003 VISTOS: La Resolución Nº 050-2003-CODACUN de fecha 5 de mayo del 2003 y el Informe del Consejo de AsuntosContenciosos Universitarios - CODACUN de fecha 9 de mayo del 2003 sobre la Universidad Nacional “José Faus- tino Sánchez Carrión” y el Acuerdo de la Comisión deCoordinación Interuniversitaria en la Sesión Extraordi-naria de fecha 12 de mayo del 2003 y; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria en su sesión extraordinaria de fecha 12 de mayo del2003, conoció el Informe del Consejo de Asuntos Con-tenciosos Universitarios sobre la Universidad Nacional “José Faustino Sánchez Carrión” el que señala la exis- tencia de duplicidad de autoridades universitarias, espe-cialmente en lo que corresponde al cargo de rector (doctora Zoila Honorio Durand y doctor Carlos ChuquilínTerán), secretario general y funcionarios administrati-vos; existencia de dos locales sede de Rectorado, uno bajo la administración de la doctora Zoila Honorio Du- rand fuera del campus universitario y otro dentro delcampus bajo la responsabilidad del doctor Carlos Chu-quilín Terán; Que, además el mismo informe señala el incumpli- miento de funciones del Comité Electoral elegido y de- signado con Resolución de Asamblea Universitaria Nº 003-2002-AU, el que fue reestructurado con Resoluciónde Asamblea Universitaria Nº 004-2002-AU, que sin jus-tificación e irresponsablemente se omitió de convocar ysustanciar elecciones para renovar la representaciónestudiantil ante los Órganos de Gobierno, el que final- mente fue recompuesto por renuncia inclusive de su Presidente ingeniero Sulpicio Mauricio Buzola; Que, encontrándose incompleto el supremo Órgano de la Universidad como es la Asamblea Universitaria,debido a la inexistencia de la representación estudiantil,se han sustanciado actos de gobierno que vulneran el Principio de Legalidad, del Debido Procedimiento e inclu- sive del Derecho de Defensa de sus integrantes entrelos cuales se encuentran la renuncia de los vicerrecto-res académico-administrativo y la pretendida declara-ción de vacancia de la doctora Zoila Honorio Durand, asícomo la ilegal pretensión de la elección de nuevo Rector; Que, la existencia de duplicidad de autoridades uni- versitarias rectorales afecta el normal funcionamientode la universidad tanto en términos económicos, admi-nistrativos como académicos ante la disputa por la titula-ridad en la administración del pliego presupuestario, loque ha generado dilación en los pagos, especialmente en lo que se refiere al pago de remuneraciones y pensio- nes, además de generar una bicefalia administrativa yde gobierno en la dirección universitaria, así como laconcurrencia de duplicidad de autoridades para la expe-dición de grados y títulos universitarios y demás docu-mentos académicos, todo lo cual afecta el normal fun- cionamiento institucional; Que, ante estos hechos se tipifica el supuesto de hecho previsto el inciso k) del artículo 92º de la LeyUniversitaria Nº 23733 evidenciando la existencia deconflicto de legitimidad de las autoridad de gobierno de laUniversidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, motivo por el cual el CODACUN recomienda la aplica-ción de los numerales tres, cuatro y cinco del inciso k)del artículo 92º de la Ley Nº 23733, es decir el cese definitivo de las autoridades de gobierno y la convocato- ria de elecciones para su reemplazo, constituyéndoseuna Comisión Transitoria de Gobierno para estos efec-tos; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria en representación de la Asamblea Nacional de Rectores en aplicación del artículo 93º de la Ley Universitaria ha tomado conocimiento de este informe en su sesión ex-traordinaria de fecha 12 de mayo del 2003 acordandopor unanimidad proceder conforme lo recomendado porel CODACUN; Estando al acuerdo de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la Asam-blea Nacional de Rectores y, con cargo de dar cuenta alPleno de Rectores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la existencia de conflicto de legitimidad de las autoridades de gobierno de la Univer-sidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, confor-me al inciso k) del artículo 92º de la Ley Nº 23733. Artículo 2º.- Establecer el cese definitivo de quienes a la fecha ejercen las funciones de autoridades de go-bierno de la Universidad Nacional José Faustino Sán-chez Carrión, como son: Rector, Vicerrector Académi-co, Vicerrector Administrativo, Secretario General yComité Electoral. Así como dejar en suspenso en sus funciones a la Asamblea Universitaria, Consejo Univer- sitario y Consejos de Facultad. Artículo 3º.- Disponer la conformación de una Comi- sión Transitoria de Gobierno, cuyo Presidente hará lasveces de Rector y estará integrada por dos Vicepresi-dentes, Académico y Administrativo, respectivamente. Dicha la Comisión estará conformada por los siguientes miembros: 1. Dr. Luis Alberto Iberico Rojas. Presidente. Profesor Principal.2. Mg. Pedro P. Córdova Alva. Vicepresidente Aca- démico Profesor Principal.3. Mg. Gilberto Domínguez Torrejón .Vicepresidente Administrativo. Profesor Principal. Artículo 4º.- La Comisión Transitoria de Gobierno tendrá las funciones de Asamblea Universitaria y Con-sejo Universitario. Artículo 5º.- Dentro del plazo improrrogable de se- senta días (60) calendario a partir de la instalación en laUniversidad del Comité Electoral, nombrado dentro del marco del inciso k) del artículo 92º de la Ley Universita- ria Nº 23733 se llevarán a cabo los procesos electoralespara renovar a las autoridades de la Universidad y losÓrganos de Gobierno. Artículo 6º.- La Comisión Transitoria de Gobierno sustanciará los procesos disciplinarios contra el perso- nal docente, discente y administrativo que no permitan la vigencia de la presente resolución. Artículo 7º.- Disponer el auxilio de la Fuerza Pública para el cumplimiento de la presente resolución, si fueranecesario. Artículo 8º.- Poner en conocimiento de la presente Resolución al Ministerio de Economía y Finanzas así como a las autoridades del Poder Ejecutivo, Poder Judi-cial y Ministerio Público. Artículo 9º.- La presente resolución entrará en vi- gencia a partir de la publicación y/o notificación. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molinay Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCÍO RONDINEL SOSA Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores 09459