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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2003 (29/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 245060 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de mayo de 2003 a) Los miembros del Consejo Regional. b) Los gerentes regionales y gerentes subregiona- les. c) Las personas naturales o jurídicas, organizacio- nes de base, comunidades nativas y demás interesa-das en el desarrollo regional, que en adelante serán denominadas PERSONAS, que estén en plena capaci- dad de ejercicio de sus derechos civiles de conformidada lo señalado en el Código Civil peruano. Artículo Segundo.- Requisitos para la presentación de Iniciativas de Ordenanza Regional e Iniciativas Le- gislativas: El proyecto de ordenanza regional e iniciativas legis- lativas deberá contar con los siguientes requisitos: a) ANTECEDENTES: En los antecedentes se deben explicar y recopilar todo aquello que haya constituido hechos anteriores a lapresentación de la Iniciativa y que requieren ser norma-dos. b) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: En la Exposición de Motivos, se debe dar a conocer las razones que llevan a presentar el Proyecto de Inicia-tiva y que constituyen los argumentos que sustentanésta. c) TEXTO DE LA INICIATIVA: Es la forma cómo queda redactado el Proyecto de Iniciativa. Artículo Tercero.- El miembro del Consejo Regional que desee plantear una Iniciativa de Ordenanza Regio-nal o Iniciativa Legislativa deberá seguir el siguiente Pro-cedimiento: 1) Presentar la Iniciativa ante la Secretaría del Con- sejo Regional, dicha Iniciativa debe tratar sobre un pro- blema o realidad específica que requiera ser normada. 2) La Secretaría del Consejo Regional, correrá trasla- do en forma directa a la Presidencia Regional y al Con-sejero Regional que presida la Comisión Respectiva,para opinión y estudio del proyecto de Iniciativa, reali- zando todos los actos públicos y privados necesarios para conocimiento de la ciudadanía. Asimismo el Ejecutivo o el Consejero Regional, podrá solicitar el asesoramiento en aspectos técnicos o deíndole específica a cualquier institución pública o priva-da de conformidad a la legislación de la materia. 3) Emitido el Dictamen, el miembro de la Comisión que no se encuentre de acuerdo, podrá emitir Dictamenen Minoría, luego de lo cual los Dictámenes serán pues-tos a disposición del pleno del Consejo a través de Se-cretaría del Consejo Regional, la cual deberá programarsu discusión y debate en la agenda de la siguiente Se- sión Ordinaria. 4) En caso de ser un tema prioritario, el consejero que propone la Iniciativa solicitará por Secretaría delConsejo Regional la convocatoria a Sesión Extraordina-ria, exonerando a éste del procedimiento de estudio yopinión de la Presidencia Regional y de la comisión res- pectiva del Consejo. 5) Aprobada la Ordenanza Regional, ésta será promul- gada y publicada de acuerdo a Ley, la Iniciativa Legisla-tiva será elevada al Congreso de la República. Artículo Cuarto.- Los Gerentes Regionales o Geren- tes Subregionales, podrán presentar Iniciativas en las áreas de su competencia, debiendo ser los mayoresgeneradores de proyectos de Iniciativa Legislativa o deIniciativa de Ordenanzas Regionales. Para este efecto, presentarán sus propuestas de Iniciativa ante el despacho del Presidente Regional, quien analizará y estudiará dichos proyectos; de ser el caso el Presidente convocará a Sesión Extraordi-naria del Consejo Regional para el debate de la inicia-tiva exonerándole del trámite de comisiones, si el Pre-sidente, considera que el proyecto no reviste carácter de Urgente, remitirá la Iniciativa a la Secretaría delConsejo Regional para que se ponga a disposición dela Comisión respectiva del Consejo, la cual emitirádictamen y será puesta en Agenda de la siguienteSesión Ordinaria del pleno del Consejo Regional para su debate. Artículo Quinto.- La PERSONA que desee presen- tar una Iniciativa, deberá seguir el siguiente procedimien-to: a) La persona natural deberá identificarse con copia de su DNI y la persona jurídica deberá acreditar su per- sonería conforme a ley. b) La persona, presentará su Iniciativa, ante la Se- cretaría del Consejo Regional, el que calificará, pudien-do denegar su Admisión a trámite si fuere el caso. Laúnica excepción a este hecho, será que algún miembro del Consejo haga suya la Iniciativa. c) Admitida la Iniciativa, ésta seguirá el mismo trámite que en lo concerniente a las iniciativas presentadas porlos miembros del Consejo, salvando el derecho de lapersona a sustentar su posición, aún en el mismo actode la Sesión de Consejo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 08776 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Conforman Comisión de Transferencia de Recepción del Gobierno RegionalPuno RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 209-2003-PR-GR-PUNO Puno, 27 de mayo de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 070- CND-P-2003 el Consejo Nacional de Descentraliza-ción aprueba la Directiva Nº 002-CND-P-2003 Proce-dimiento para la Ejecución de la Transferencia a losGobiernos Regionales y Locales, durante el año 2003,de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas So- ciales de Lucha contra la Pobreza y Programas de Inversión en la Infraestructura Productiva de AlcanceRegional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM; Que, en cumplimiento al ítem 6.1.2.1. del numeral 6.1.2 Gobiernos Regionales del punto 6 Fases, Procedi- mientos y Plazos de la Directiva Nº 002-CND-P-2003 es necesario conformar la Comisión de Transferencia deRecepción del Gobierno Regional Puno, En el marco de las funciones y atribuciones conferi- das por los artículos 197º y 198º de la Constitución Polí-tica del Perú, Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modifica- toria Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Artículo Único.- CONFORMAR la Comisión de Transferencia de Recepción del Gobierno Regional Puno, integrado por: PRESIDENTE:Ingeniero Oriel Rolando Ortiz Ortiz Gerente General Regional