Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2003 (29/05/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2003

conforme al Articulo 45º del Reglamento de Interconexion; En aplicacion de las atribuciones que corresponden a esta Gerencia General en virtud de lo establecido en el Articulo 49º del Reglamento de Interconexion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Contrato de Interconexion y su respectivo Addendum, de fechas 20 de marzo de 2003 y 29 de MORDAZA de 2003, respectivamente, suscritos entre las empresas concesionarias Impsat Peru S.A. y Sitel S.A., mediante los cuales se establece la interconexion de la red del servicio portador de larga distancia nacional e internacional de Impsat Peru S.A. con la red del servicio portador de larga distancia nacional e internacional de Sitel S.A, de conformidad y en los terminos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los acuerdos sobre la aplicacion de descuentos por volumen que MORDAZA suscritos entre Impsat Peru S.A. y Sitel S.A., segun lo previsto en las Condiciones Primera y MORDAZA del Anexo II- Condiciones Economicas- del Contrato de Interconexion aprobado mediante la presente Resolucion, seran presentados a OSIPTEL para su evaluacion y pronunciamiento, conforme a las disposiciones del Reglamento de Interconexion. Articulo 3º.- Para efectos de la provision efectiva del transporte de llamadas internacionales previsto en el MORDAZA parrafo (numeral 1.1) de la Condicion Primera y en el numeral 2.2 de la Condicion MORDAZA del Anexo II- Condiciones Economicas- del Contrato de Interconexion, las partes suscribiran previamente el correspondiente acuerdo complementario en el que se establezcan los respectivos cargos, y lo presentaran a OSIPTEL para su evaluacion y pronunciamiento, conforme a las disposiciones del Reglamento de Interconexion. Articulo 4º.- Los terminos del Contrato de Interconexion y su respectivo Addendum que se aprueban mediante la presente Resolucion se ejecutaran sujetandose a los principios de neutralidad, no discriminacion e igualdad de acceso, asi como a las disposiciones en materia de interconexion que son aprobadas por OSIPTEL. Articulo 5º.- Disponer que el Contrato de Interconexion y su respectivo Addendum a que hace referencia el Articulo 1º de la presente Resolucion, se incluyan, en su integridad, en el Registro de Contratos de Interconexion de OSIPTEL, el mismo que sera de acceso publico. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion a las empresas concesionarias que suscriben el Contrato de Interconexion, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA V. DE MORDAZA Gerente General 09908

Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo al numeral 2 del articulo 3º de la Ley Nº 27806, el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27806, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 27927, establece que las entidades de la administracion publica estan obligadas a difundir a traves de los portales de internet, la siguiente informacion: 1. Datos generales de la entidad de la Administracion Publica que incluyan principalmente las disposiciones y comunicados emitidos, su organizacion, organigrama, procedimientos, el MORDAZA legal al que esta sujeta y el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos, que la regula, si corresponde. 2. La informacion presupuestal que incluya datos sobre los presupuestos ejecutados, proyectos de inversion, partidas salariales y los beneficios de los altos funcionarios y el personal en general, asi como sus remuneraciones. 3. Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen. La publicacion incluira el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos. 4. Actividades oficiales que desarrollaran o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiendose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente. 5. La informacion adicional que la entidad considere pertinente. Que, el mismo articulo establece que cada entidad debera identificar al funcionario responsable de mantener actualizado el referido MORDAZA de transparencia; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario responsable de difundir el MORDAZA de transparencia de OSITRAN a traves de su pagina web; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley Nº 27927 y el Reglamento General de OSITRAN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al Jefe de Relaciones Institucionales, como funcionario responsable de mantener actualizado el MORDAZA de Transparencia de OSITRAN en su pagina web, en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su modificatoria (Ley Nº 27927). Articulo Segundo.- Autorizar la difusion de la presente Resolucion en la Pagina Web de OSITRAN (www.Ositran.gob.pe), en virtud de lo dispuesto en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 007-2001-CD/ OSITRAN. Articulo Tercero.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 09956

OSITRAN
Designan funcionario responsable de mantener actualizado el MORDAZA de Transparencia de OSITRAN en su pagina web
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2003-PD/OSITRAN MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2003

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