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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2003 (29/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 245045 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de mayo de 2003 SENCICO Autorizan contratar Servicio de Vigilan- cia y Seguridad Privada para la sede central y otros locales mediante proce- so de adjudicación de menor cuantía SERVICIO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN, CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 042-2003-02.00 Lima, 20 de mayo de 2003 VISTO: Los Informes Nºs. 197 y 218-2003-03.00 de la Geren- cia General, los Informes Técnicos Nºs. 235 y 269-2003-07.05 del Departamento de Abastecimiento, así como elInforme Legal Nº 027-2003-03.01, solicitando la aproba- ción de la exoneración por situación de urgencia la con- tratación del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privadapara la Sede Central y los locales de los Centros deFormación de San Borja, Los Olivos y Chorrillos delSENCICO; CONSIDERANDO: Que el Servicio Nacional de Normalización, Capaci- tación e Investigación para la Industria de la Construcción- SENCICO, es un Organismo Público Descentralizadodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,de conformidad con lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del indica- do Ministerio; Que para su funcionamiento y cumplimiento de sus objetivos, el SENCICO cuenta con autonomía técnica,administrativa, económica y financiera, de conformidadcon el Artículo 3º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC; Que conforme a lo dispuesto en el inciso c) del Artí- culo 19º del Texto Único Ordenado - TUO- de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estánexonerados de los procesos de selección el Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contrataciones de servicios que se realicen en situaciónde urgencia declarada conforme a ley; Que para tales efectos, de conformidad con el Artículo 21º del indicado T.U.O., se considera situación de urgen-cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma di- recta e inminente la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo; Que para el resguardo de su patrimonio institucional y de los servicios que brinda, el SENCICO viene llevan- do a cabo un proceso de contratación del Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada, a través del ConcursoPúblico Nº 0001-2003-VIVIENDA/SENCICO, el mismoque está debidamente financiado con recursos directa-mente recaudados y consignado en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones 2003 del SENCICO; Que según el Informe Nº 006-2003-CE del 12 de mayo del 2003, de la Presidenta del Comité Especial designa-do al efecto, el otorgamiento de la Buena Pro del precita-do Concurso Público, ha quedado en suspenso, mien-tras el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado - CONSUCODE resuelva el Recurso impugnativo de Revisión interpuesto por el postor Con- sorcio PROCPER SA. - VICMER SAC; Que según los informes técnicos Nºs. 235 y 269- 2003-07.05, la ausencia del Servicio de Vigilancia y Se-guridad Privada , comprometería en forma directa e in-minente el patrimonio institucional, el orden y disciplina en cada uno de los centros educativos del SENCICO en la ciudad de Lima: Sede Central de San Borja y Centrosde Formación de Los Olivos y Chorrillos, por lo quesolicitan la aprobación de la exoneración por situación de urgencia la contratación del Servicio de Vigilancia ySeguridad Privada para la Sede Central y los locales delos Centros de Formación de San Borja, Los Olivos yChorrillos del SENCICO por un plazo máximo de tresmeses o hasta la conclusión del Concurso Público Nº 001-2003-VIVIENDA/SENCICO, lo que ocurra primero; Que asimismo para la atención del gasto que origine la acción planteada, el SENCICO cuenta con la disponi-bilidad presupuestal con cargo a la Fuente de Financia-miento: Recursos Directamente Recaudados; Estando a lo dispuesto por el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Regla- mento y el Estatuto del SENCICO, mediante DecretoSupremo Nº 032-2001-MTC; y, Con las visaciones de la Gerencia General, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina dePlanificación y Presupuesto y del Asesor Legal del SEN- CICO; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia, la contratación del Servicio de Vigilancia y Seguridad Pri- vada para los locales de la Sede Central y los Centros de Formación de San Borja, Los Olivos y Chorrillos delServicio Nacional de Normalización, Capacitación e In-vestigación para la Industria de la Construcción - SEN-CICO, por un plazo máximo de tres (3) meses o hasta laconclusión del Concurso Público Nº 001-2003-VIVIEN- DA/SENCICO, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- Exonerar la contratación del Servicio a que se refiere el artículo anterior del Proceso de Selec-ción de Concurso Público, para que se proceda a contra-tar, mediante Adjudicación de Menor Cuantía el Serviciode Vigilancia y Seguridad Privada. Artículo 3º.- El Servicio a contratar se efectuará hasta por un valor referencial de S/.105,000.00, (Ciento CincoMil y 00/100 Nuevos Soles); Fuente de Financiamiento:Recursos Directamente Recaudados. Artículo 4º.- Autorizar al Comité Especial Permanente de la Sede Central del SENCICO, la contratación me- diante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía el Servicio de Vigilancia y Seguridad Privada para los loca-les de la Sede Central y los Centros de Formación deSan Borja, Los Olivos y Chorrillos del Servicio Nacionalde Normalización, Capacitación e Investigación para laIndustria de la Construcción - SENCICO, por un plazo máximo de tres (3) meses o hasta la conclusión del Concurso Público Nº 001-2003-VIVIENDA/SENCICO, loque ocurra primero. Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y que laGerencia de Administración y Finanzas remita copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contra- loría General de la República, dentro de los 10 días si-guientes a la fecha de su aprobación, conforme a lodispuesto en el Art. 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALVA DEXTRE Presidente Ejecutivo del SENCICO 09968 SUNARP Autorizan viaje de abogada a Guate- mala para participar en el "Seminario sobre Protección de Datos Personalesen IberoamØrica" RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 242-2003-SUNARP/SN Lima, 23 de mayo de 2003