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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G34/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de noviembre de 2003 cidad para inactivar el virus de la FIEBRE AFTOSA ha sido demostrado. 9. Se han tomado las precauciones necesarias des- pués del tratamiento para evitar el contacto de los produc- tos con cualquier fuente potencial del virus de la FIEBRE AFTOSA. 10.Fueron acondicionados en recipientes a prueba de goteo o cajas especiales, de primer uso, debidamente ro- tulados y marcados cada uno de ellos con sello oficial y tinta atóxica, que identifica la inspección oficial y el mata-dero de origen. 11.Se transportan en contenedores o vehículos espe- ciales termorrefrigerados que garantizan la temperatura de refrigeración o congelación, según el caso; además, fue-ron lavados y desinfectados utilizando productos autoriza- dos por el país exportador y fueron precintados de forma que sólo puedan ser retirados por la Autoridad Competen-te del Perú. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN PARAGUAY, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EMITI- DOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYANLAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACIÓN CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCÍA SERÁ DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO. REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE CARNE DESHUESADA DE LA ESPECIE BOVINA, REFRIGERADA O CONGELADA, PROCEDENTE DE PARAGUAY La carne deshuesada refrigerada o congelada esta- rán amparadas por un certificado zoosanitario, expedi- do por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal de Para-guay, en el que conste el cumplimiento de los siguien- tes requisitos: Que: 1. Proceden de animales nacidos, criados y faenados en el país exportador. 2. El país exportador es libre de PESTE BOVINA y ENCEFALOPATÍA ESPONGIFORME BOVINA. 3. Existe un programa sanitario de control de la FIE- BRE AFTOSA Y ENFERMEDADES VESICULARES que incluye la vigilancia epidemiológica, respaldada condiagnóstico de laboratorio. En el país de origen existen controles de Sanidad Animal sobre el ingreso de ani- males y productos de origen animal en la zona sujeta acontrol. 4. En la/s finca/s o establecimiento/s de procedencia de los animales de los que se obtuvo el producto, no se hadeclarado ningún caso de FIEBRE AFTOSA durante los 60 días anteriores a su salida ni en torno a dichas explota- ciones, en un radio de 25 Km., dentro de los 30 días ante-riores a la salida. 5. El animal o los animales fueron transportados di- rectamente de la finca o establecimiento de origen al mata-dero, sin haber pasado por una feria o mercado, donde puedan haberse alojado animales que no reúnan idénticos requisitos, y que el transporte se ha realizado en vehículoslavados y desinfectados, antes de ser cargados con los animales. 6. El matadero está situado en una zona en la que no han ocurrido brotes epidémicos ocasionados por EN- FERMEDADES INFECTOCONTAGIOSAS que afecten a la especie, en los 6 meses previos a la fecha de sa-crificio. 7. El animal o los animales han descansado en los co- rrales del matadero y fueron sometidos a inspección ante-mortem en las 24 horas anteriores al sacrificio, la que in- cluyó el examen de la boca, y las pezuñas; sin hallarse ningún signo de enfermedad vesicular. Los animales tam-bién fueron sometidos a inspección postmortem por un Médico Veterinario Oficial o acreditado por la Autoridad de Sanidad Animal.8. El animal o los animales fueron bien sangrados du- rante el sacrificio y las canales obtenidas de los mismoshan permanecido en maduración a más de 2°C, durante un período no menor de 24 horas con el fin de que el pH, tomado en el 12 o espacio intercostal, en el músculo longi- simos dorsis, no sea superior a 5,9. La carne ha sido des- huesada en una sección separada del matadero, extrayén- dose los principales vasos sanguíneos, nódulos linfáticosy coágulos visibles. 9. El matadero donde fueron faenados los anima- les está oficialmente autorizado para operar en la ex-portación de carne por la Autoridad Competente del país exportador y avalada por la Autoridad Competente del Perú, con base en las normas del CODEX ALIMENTA-RIUS FAO-OMS en relación con la inspección antemor- tem y postmortem, dictámenes de las inspecciones e higiene de la carne fresca, que opera bajo supervisiónsanitaria oficial. 10.La carne o carnes fueron inspeccionadas por un Médico Veterinario Oficial o designado por la Autoridadde Sanidad Animal, quien ha comprobado que corres- ponden en sus características organolépticas y de con- servación. 11.Están amparadas por un certificado oficial de la Autoridad de Sanidad Animal del país exportador, como aptas para el consumo humano. 12.Fueron identificadas con el sello de la inspec- ción aplicado con tinta atóxica, y empacadas en cajas especiales de primer uso con un rótulo que señale tam-bién el matadero o establecimiento de origen de las mismas. 13.Para su transporte la carne o carnes fueron co- locadas en un contenedor o vehículo adecuado para mantenerlas en refrigeración o congelación; según sea el caso, que ha sido lavado y desinfectado antes decargarlas. 14.Al concluir la inspección el contenedor o los termo- contenedores o vehículos refrigerados, fueron precintadosde forma que sólo puedan ser retirados por la Autoridad Competente del Perú. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN PARAGUAY, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EMITI-DOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACIÓN CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCÍA SERÁ DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO. REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE PREPARACIONES DE CARNE DE ORIGEN BOVINO PROCEDENTES DE PARAGUAY Las preparaciones de carne o despojos estarán am- parados por un certificado zoosanitario, expedido porla Autoridad Oficial de Sanidad Animal de Paraguay, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisi- tos: Que: 1. Fueron elaborados con carne de animales sanos, nacidos y criados en el país exportador. 2. El país exportador está libre de PESTE BOVINA y ENCEFALOPATÍA ESPONGIFORME BOVINA. 3. Existe un programa sanitario de control de la FIE- BRE AFTOSA Y ENFERMEDADES VESICULARES que incluye la vigilancia epidemiológica, respaldada con diagnóstico de laboratorio. En el país de origen existencontroles de Sanidad Animal sobre el ingreso de ani- males y productos de origen animal en la zona sujeta a control. 4. El matadero o mataderos donde beneficiaron los animales y la planta o plantas donde se han procesado las carnes para la obtención de las preparaciones de carne, están oficialmente autorizados para la exporta-