Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2003 (07/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 7 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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jovenes ante el Consejo de Participacion de la Juventud elegidos tiene un accesitario. Una vez elegidos son acreditados ante el Presidente de la Comision Nacional de la Juventud, quien a su vez expide el reconocimiento correspondiente; Que, los incisos a) y e) del articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802, establecen como causales de vacancia como miembro del Consejo de Participacion de la Juventud, la renuncia al cargo asi como cumplir treinta (30) anos de edad, respectivamente, en cuyo caso asume la representacion el accesitario correspondiente; Que, en aplicacion de lo dispuesto por las normas aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 1084-2002-ED relativas a la eleccion de representantes de los Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados ante el Consejo de Participacion de la Juventud, la Comision del MORDAZA Electoral, mediante Acta de fecha 7 de noviembre del 2002, se proclama como representante titular de los Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados ante el Consejo de Participacion de la Juventud a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y como representante accesitario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruzado; Que, efectuada la Consulta a la Base de Datos de la RENIEC, se deja MORDAZA que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene por fecha de nacimiento el 28 de junio del 2003, por lo que en la actualidad cuenta con treinta (30) anos de edad; Que, por otra parte, en aplicacion de lo dispuesto por las normas aprobadas Resolucion Ministerial Nº 627-2002MIMDES para la eleccion de representantes de Asociaciones u Organizaciones Juveniles Nacionales ante el Consejo de Participacion de la Juventud, de acuerdo con lo senalado en el Informe Nº 2002-COOPOP-UO-HUAM/D.E. de fecha 20 de noviembre del 2002, se MORDAZA como representante titular de las Organizaciones y Asociaciones Juveniles del departamento de MORDAZA, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y como su accesitario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27802 y su Reglamento, la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembros del Consejo de Participacion de la Juventud, se encuentra dentro de las causales previstas en los incisos a) y e) del articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802, respectivamente, por lo que procede el reconocimiento de sus accesitarios como miembros del referido Consejo, a fin que puedan ejercer la representacion que les corresponde ante el Consejo de Participacion de la Juventud; De conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27802 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 1062002-PCM, la Resolucion Suprema Nº 072-2002-PCM y en uso de sus atribuciones: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de miembro del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, en calidad de representante de los Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados, por la causal prevista en el inciso e) del articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802. Articulo 2º.- Reconocer a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, en calidad de representante de los Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados. Articulo 3º.- Declarar la vacancia de MORDAZA MORDAZA Villaviencio al cargo de miembro del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, en calidad de representante por MORDAZA, de las Organizaciones y Asociaciones Juveniles, por la causal prevista en el inciso a) del articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802. Articulo 4º.- Reconocer al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, en calidad de representante por MORDAZA, de las Organizaciones y Asociaciones Juveniles. Articulo 5º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Presidencial Nº 033-P-CNJ-CONAJU-2003, de conformidad con lo previsto en los articulos 2º y 4º que anteceden.

Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion al Consejo Participacion de la Juventud - CPJ y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 20401

INADE
Rectifican texto del MORDAZA considerando de la Res. Nº 188-2003-INADE-1100
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 194-2003-INADE-1100 MORDAZA, 3 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 188-2003INADE-1100, de fecha 22.10.03., se dispuso la cancelacion del MORDAZA de seleccion Licitacion Publica Nacional Nº 002-2003-INADE-PELT para la ejecucion de la obra "Construccion MORDAZA Principal y Sistema de Riego y Drenaje Modulo MORDAZA I Etapa", del Proyecto Especial Lago Titicaca, debido a restricciones de caracter presupuestal, que constituye una situacion de fuerza mayor; Que, dicha situacion, tiene sustento en lo previsto por el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, concordante con el articulo 21º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM, articulos que fueron invocados en el MORDAZA considerando de la precitada Resolucion, debiendo haberse hecho la cita pertinente referida al concepto "fuerza mayor" y no al de "emergencia"; Que, se ha configurado un error de caracter material en el texto del MORDAZA considerando referido precedentemente, que es susceptible de ser subsanado de oficio, via la rectificacion correspondiente, no generandose con ello alteracion en lo sustancial del contenido, ni del sentido de lo dispuesto a traves de la Resolucion Presidencial Nº 188-2003-INADE-1100; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE, Articulo 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 017-93-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 0032003-VIVIENDA. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el texto del MORDAZA considerando de la Resolucion Presidencial Nº 188-2003-INADE-1100, de fecha 22.10.03, el mismo que queda redactado de la siguiente forma: "Que, el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, concordante con el Articulo 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, preve la cancelacion de los procesos de seleccion, entre otras, por razones de fuerza mayor, MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro". Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el que se publico la convocatoria del MORDAZA de seleccion cancelado. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Lago Titicaca y Gerencias y Oficinas Generales del INADE, que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 20397

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