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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de noviembre de 2003 jóvenes ante el Consejo de Participación de la Juventud elegidos tiene un accesitario. Una vez elegidos son acredi-tados ante el Presidente de la Comisión Nacional de la Ju-ventud, quien a su vez expide el reconocimiento corres-pondiente; Que, los incisos a) y e) del artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802, establecen como causales de vacan- cia como miembro del Consejo de Participación de la Juven-tud, la renuncia al cargo así como cumplir treinta (30) añosde edad, respectivamente, en cuyo caso asume la repre-sentación el accesitario correspondiente; Que, en aplicación de lo dispuesto por las normas apro- badas por Resolución Ministerial Nº 1084-2002-ED relati- vas a la elección de representantes de los Institutos Su-periores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Priva-dos ante el Consejo de Participación de la Juventud, laComisión del Proceso Electoral, mediante Acta de fecha7 de noviembre del 2002, se proclama como represen- tante titular de los Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Privados ante el Consejo de Par-ticipación de la Juventud a Moisés Giovanni Yupanqui Va-lladares y como representante accesitario a Víctor RaúlVentura Cruzado; Que, efectuada la Consulta a la Base de Datos de la RENIEC, se deja constancia que Moises Giovanni Yupan- qui Valladares, tiene por fecha de nacimiento el 28 de juniodel 2003, por lo que en la actualidad cuenta con treinta (30)años de edad; Que, por otra parte, en aplicación de lo dispuesto por las normas aprobadas Resolución Ministerial Nº 627-2002- MIMDES para la elección de representantes de Asociacio- nes u Organizaciones Juveniles Nacionales ante el Con-sejo de Participación de la Juventud, de acuerdo con loseñalado en el Informe Nº 2002-COOPOP-UO-HUAM/D.E.de fecha 20 de noviembre del 2002, se eligió como repre-sentante titular de las Organizaciones y Asociaciones Ju- veniles del departamento de Ayacucho, a Rubén Lara Vi- llavicencio y como su accesitario a Rafael Moisés CasasSánchez; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27802 y su Reglamento, la vacancia de Moisés Giovanni Yupanqui Va-lladares y Rubén Lara Villavicencio, como miembros del Consejo de Participación de la Juventud, se encuentra den- tro de las causales previstas en los incisos a) y e) del artí-culo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802, respectiva-mente, por lo que procede el reconocimiento de sus acce-sitarios como miembros del referido Consejo, a fin que pue-dan ejercer la representación que les corresponde ante el Consejo de Participación de la Juventud; De conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27802 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, la Resolución Suprema Nº 072-2002-PCM yen uso de sus atribuciones: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la vacancia de Moisés Yupanqui Valladares al cargo de miembro del Consejo de Partici- pación de la Juventud - CPJ, en calidad de representantede los Institutos Superiores Tecnológicos y PedagógicosPúblicos y Privados, por la causal prevista en el inciso e)del artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802. Artículo 2º.- Reconocer a Víctor Raúl Ventura Cruza- do, como miembro del Consejo de Participación de la Juven- tud - CPJ, en calidad de representante de los InstitutosSuperiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Priva-dos. Artículo 3º.- Declarar la vacancia de Rubén Lara Villa- viencio al cargo de miembro del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, en calidad de representante por Aya- cucho, de las Organizaciones y Asociaciones Juveniles,por la causal prevista en el inciso a) del artículo 37º delReglamento de la Ley Nº 27802. Artículo 4º.- Reconocer al señor Rafael Moisés Casas Sánchez, como miembro del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, en calidad de representante por Ayacu- cho, de las Organizaciones y Asociaciones Juveniles. Artículo 5º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Presidencial Nº 033-P-CNJ-CONAJU-2003, de conformi-dad con lo previsto en los artículos 2º y 4º que anteceden.Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución al Con- sejo Participación de la Juventud - CPJ y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN INÉS VEGAS GUERRERO Presidenta 20401 INADE /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G74/G65/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G71/G75/G69/G6E/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G6E/G2D /G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G38/G38/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G49/G4E/G41/G44/G45/G2D/G31/G31/G30/G30 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 194-2003-INADE-1100 Lima, 3 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 188-2003- INADE-1100, de fecha 22.10.03., se dispuso la cancela-ción del Proceso de selección Licitación Pública NacionalNº 002-2003-INADE-PELT para la ejecución de la obra"Construcción Canal Principal y Sistema de Riego y Dre- naje Módulo Cabana I Etapa", del Proyecto Especial Lago Titicaca, debido a restricciones de carácter presupuestal,que constituye una situación de fuerza mayor; Que, dicha situación, tiene sustento en lo previsto por el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, concordante con el artículo 21º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, artículos que fueron invocados en el quintoconsiderando de la precitada Resolución, debiendo haber-se hecho la cita pertinente referida al concepto "fuerzamayor" y no al de "emergencia"; Que, se ha configurado un error de carácter material en el texto del quinto considerando referido precedentemente, quees susceptible de ser subsanado de oficio, vía la rectificacióncorrespondiente, no generándose con ello alteración en losustancial del contenido, ni del sentido de lo dispuesto a tra-vés de la Resolución Presidencial Nº 188-2003-INADE-1100; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones delINADE, Artículo 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley delProcedimiento Administrativo General, Decreto SupremoNº 017-93-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el texto del quinto considerando de la Resolución Presidencial Nº 188-2003-INADE-1100,de fecha 22.10.03, el mismo que queda redactado de lasiguiente forma: "Que, el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, concor-dante con el Artículo 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prevé la cancelación de los procesos de selección, entre otras, por razones defuerza mayor, antes del otorgamiento de la Buena Pro". Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano y en el que se publi- có la convocatoria del proceso de selección cancelado. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución a la Direc- ción Ejecutiva del Proyecto Especial Lago Titicaca y Ge-rencias y Oficinas Generales del INADE, que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO VARGAS CENTENO Presidente Ejecutivo 20397