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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de noviembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el Credit Suisse, para que se autorice al señor MARTÍN THOMAS HUSISTEIN como su representante en el Perú, en sustitución del señor MI- CHAEL BUCHER PÉREZ; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 8 de julio del 2003, el Credit Suisse, enti- dad financiera domiciliada en Suiza, debidamente represen- tada conforme a sus Estatutos vigentes por los señoresOSWALD J. GRÜBEL y ALEX W. WIDMER, mediante instru-mento público, otorgó poderes al señor MARTÍN THOMASHUSISTEIN para representar al Credit Suisse en el Perú; Que el otorgamiento de poderes al señor MARTÍN THO- MAS HUSISTEIN de fecha 8 de julio de 2003 consta ante el Notario Dr. U. TOBLER del Estado de Zurich, con firmalegalizada por L. SHÄRER, fedatario de la Cancillería delEstado de Zurich, con firma a su vez legalizada por el Con-sulado General del Perú en Zurich y por el Ministerio deRelaciones Exteriores del Perú; Estando informado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica mediante Informes Nº DESF"C"-098-2003 y Nº 879-2003-LEG; y, De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Se-guros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor MARTÍN THOMAS HUSISTEIN a actuar como representante en el Perú del Credit Suisse, en sustitución del señor MICHAEL BUCHERPÉREZ. En el ejercicio de sus actividades, el nuevo repre-sentante deberá sujetarse a lo establecido en el Capítulo Vdel Título II de la Sección Primera de la Ley General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 20488 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G41/G6E/G65/G78/G6F/G20/G31/G36/G20/G22/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G65/G7A/G20/G70/G6F/G72 /G50/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G22 CIRCULAR Nº EAF-215-2003 Lima, 31 de octubre de 2003 -------------------------------------- REF.: Presentación del Anexo Nº 16 “Cuadro de Liquidez por Pla-zos de Vencimiento”.------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones con- feridas por el numeral 13 del artículo 349º de la Ley Gene-ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - LeyNº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, ypara un adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el artí- culo 178º de la mencionada Ley General, esta Superinten- dencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente norma es de aplicación a las empresas de arrendamiento financiero comprendidas en el literal B del artículo 16º de la Ley General, en adelante empresas.2. Presentación del Anexo Nº 16 Las empresas deberán presentar a esta Superinten- dencia el Anexo Nº 16 “Cuadro de Liquidez por Plazosde Vencimiento”, el cual deberá ser remitido dentro delos quince (15) días calendario posteriores al cierre de cada mes. El referido anexo deberá ser remitido por medios im- presos y a través de SUCAVE según el formato adjuntoa la presente norma y las instrucciones contenidas enlos mismos. Este organismo de control podrá, además,establecer otros medios para la remisión de informa- ción. 3. Informe sobre las Estimaciones3.1. Presentación Las empresas deberán presentar a esta Superinten- dencia un informe que incluya las metodologías, crite- rios y supuestos utilizados para efectuar las estimacio-nes que sean requeridas en la elaboración del Anexo Nº16, los que deberán encontrase a satisfacción de estaSuperintendencia. El mencionado informe deberá serenviado, conjuntamente con la primera entrega del Anexo antes señalado. 3.2. Modificaciones en las metodologías, criterios y supuestos Las empresas deberán mantener permanentemente ac- tualizados las metodologías, criterios y supuestos emplea- dos para efectuar las estimaciones requeridas en el Anexo Nº 16. En tal sentido, cada vez que se realicen modifica-ciones a los mismos, las empresas deberán presentar aesta Superintendencia el sustento de dichas modificacio-nes, las que deberán encontrase a satisfacción de estaSuperintendencia. 3.3. Información adicional Esta Superintendencia podrá exigir la presentación de información adicional que sustente la metodología, crite-rios y supuestos de las estimaciones requeridas en el AnexoNº 16. 4. Responsabilidad en la elaboración y presentación del Anexo Nº 16 El jefe o encargado de la Unidad de Riesgos o equi- valente es responsable de la elaboración y presenta-ción a esta Superintendencia del Anexo Nº 16, así como de la información indicada en el numeral 3 de la pre- sente norma. Asimismo, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 92º de la Ley General, la Gerencia General será responsable de la oportunidad y veraci-dad de la información presentada a este organismo decontrol en dicho anexo, de modo que la misma refleje la verdadera naturaleza de las operaciones activas y pa- sivas. 5. Auditoría Interna y Externa La Unidad de Auditoría Interna, en su Plan Anual de Trabajo, y las Sociedades de Auditoría Externa, en el informe sobre el establecimiento y cumplimiento de las políticas y procedimientos establecidos por la empresapara la administración apropiada de su liquidez, debe-rán incorporar la evaluación del cumplimiento de lo dis-puesto en la presente norma, poniendo especial énfasisen la determinación de la razonabilidad de las metodolo- gías, criterios y supuestos empleados en las estimacio- nes referidas en el numeral 3 de la presente norma y enla verificación del correcto registro de los instrumentosemitidos con compromiso u opción de compra o reden-ción anticipada. 6. Vigencia La presente Circular entrará en vigencia a partir de la información correspondiente al mes de enero de 2004. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros