Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2003 (07/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de noviembre de 2003

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS 2. MORDAZA del Anexo Nº 16 Las empresas deberan presentar a esta Superintendencia el Anexo Nº 16 "Cuadro de Liquidez por Plazos de Vencimiento", el cual debera ser remitido dentro de los quince (15) dias calendario posteriores al cierre de cada mes. El referido anexo debera ser remitido por medios impresos y a traves de SUCAVE segun el formato adjunto a la presente MORDAZA y las instrucciones contenidas en los mismos. Este organismo de control podra, ademas, establecer otros medios para la remision de informacion. 3. Informe sobre las Estimaciones 3.1. MORDAZA Las empresas deberan presentar a esta Superintendencia un informe que incluya las metodologias, criterios y supuestos utilizados para efectuar las estimaciones que MORDAZA requeridas en la elaboracion del Anexo Nº 16, los que deberan encontrase a satisfaccion de esta Superintendencia. El mencionado informe debera ser enviado, conjuntamente con la primera entrega del Anexo MORDAZA senalado. 3.2. Modificaciones en las metodologias, criterios y supuestos Las empresas deberan mantener permanentemente actualizados las metodologias, criterios y supuestos empleados para efectuar las estimaciones requeridas en el Anexo Nº 16. En tal sentido, cada vez que se realicen modificaciones a los mismos, las empresas deberan presentar a esta Superintendencia el sustento de dichas modificaciones, las que deberan encontrase a satisfaccion de esta Superintendencia. 3.3. Informacion adicional Esta Superintendencia podra exigir la MORDAZA de informacion adicional que sustente la metodologia, criterios y supuestos de las estimaciones requeridas en el Anexo Nº 16. 4. Responsabilidad en la elaboracion y MORDAZA del Anexo Nº 16 El jefe o encargado de la Unidad de Riesgos o equivalente es responsable de la elaboracion y MORDAZA a esta Superintendencia del Anexo Nº 16, asi como de la informacion indicada en el numeral 3 de la presente norma. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 92º de la Ley General, la Gerencia General sera responsable de la oportunidad y veracidad de la informacion presentada a este organismo de control en dicho anexo, de modo que la misma refleje la verdadera naturaleza de las operaciones activas y pasivas. 5. Auditoria Interna y Externa La Unidad de Auditoria Interna, en su Plan Anual de Trabajo, y las Sociedades de Auditoria Externa, en el informe sobre el establecimiento y cumplimiento de las politicas y procedimientos establecidos por la empresa para la administracion apropiada de su liquidez, deberan incorporar la evaluacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente MORDAZA, poniendo especial enfasis en la determinacion de la razonabilidad de las metodologias, criterios y supuestos empleados en las estimaciones referidas en el numeral 3 de la presente MORDAZA y en la verificacion del correcto registro de los instrumentos emitidos con compromiso u opcion de compra o redencion anticipada. 6. Vigencia La presente Circular entrara en vigencia a partir de la informacion correspondiente al mes de enero de 2004. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros

La solicitud presentada por el Credit Suisse, para que se autorice al senor MORDAZA MORDAZA HUSISTEIN como su representante en el Peru, en sustitucion del senor MORDAZA BUCHER PEREZ; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de MORDAZA del 2003, el Credit Suisse, entidad financiera domiciliada en Suiza, debidamente representada conforme a sus Estatutos vigentes por los senores MORDAZA J. GRUBEL y MORDAZA W. WIDMER, mediante instrumento publico, otorgo poderes al senor MORDAZA MORDAZA HUSISTEIN para representar al Credit Suisse en el Peru; Que el otorgamiento de poderes al senor MORDAZA MORDAZA HUSISTEIN de fecha 8 de MORDAZA de 2003 consta ante el Notario Dr. U. TOBLER del Estado de Zurich, con firma legalizada por L. SHARER, fedatario de la Cancilleria del Estado de Zurich, con firma a su vez legalizada por el Consulado General del Peru en Zurich y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru; Estando informado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica mediante Informes Nº DESF "C"-098-2003 y Nº 879-2003-LEG; y, De acuerdo con lo dispuesto por el articulo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA HUSISTEIN a actuar como representante en el Peru del Credit Suisse, en sustitucion del senor MORDAZA BUCHER PEREZ. En el ejercicio de sus actividades, el MORDAZA representante debera sujetarse a lo establecido en el Capitulo V del Titulo II de la Seccion Primera de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 20488

Aprueban Circular sobre MORDAZA del Anexo 16 "Cuadro de Liquidez por Plazos de Vencimiento"
CIRCULAR Nº EAF-215-2003 MORDAZA, 31 de octubre de 2003 REF.: -------------------------------------Presentacion del Anexo Nº 16 "Cuadro de Liquidez por Plazos de Vencimiento". -------------------------------------

Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y para un adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 178º de la mencionada Ley General, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas de arrendamiento financiero comprendidas en el literal B del articulo 16º de la Ley General, en adelante empresas.

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