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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G39/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de noviembre de 2003 Que, asimismo mediante Resolución Nº 252-2003-P- CO-UNAMBA, de fecha 10 de octubre del 2003, se forma- liza las Modificaciones Presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático, bajo la denominación deANEXO RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES PRESU- PUESTARIAS A NIVEL DE ACTIVIDADES/PROYECTOS - MES DE SETIEMBRE DEL 2003, ascendente a S/.670,760.00 Nuevos Soles; Estando a lo expuesto que es atendible, y al acuerdo adoptado de la Comisión Organizadora, en su sesión deldía de hoy; y, En uso de las atribuciones y Autonomía Universitaria que le confiere el Art. 18º de la Constitución Política delEstado, Ley Universitaria Nº 23733, Ley de Creación de la Universidad Nacional Micaela Bastidas de Apurímac Nº 27348, Resoluciones Nºs. 110-2002 y 200-2003-CONAFU,Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus Modi-ficatorias; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR LA INCLUSIÓN EN EL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIO-NES DEL ESTADO, del Pliego 539 Universidad Nacio- nal Micaela Bastidas de Apurímac, para el año 2003, aprobado por Resolución Nº 054-2003-P-CO-UNAMBA;la ADQUISICIÓN DE TERRENOS PARA LOS CEN- TROS DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIO E INDUS- TRIAL (Vivero Agroindustrial Antabamba Baja, PlantaPiloto de la Carrera Profesional de Agroindustrias) y CENTROS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS (Centro Preuniversitario, Centro de Idiomas, Centro de Capaci-tación en Informática). Segundo.- DISPONER que la Oficina General de Administración y Área de Relaciones Públicas de la Uni- versidad, publiquen la presente Resolución en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábi- les siguientes de su expedición, y comunicar a la Co- misión de Promoción de la Pequeña y Microempresa -PROMPYME y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; tomando en cuenta el plazo establecido por Ley. Asimismo pon-ga dicho rubro ampliado a disposición de los interesa- dos en la Página Web y en la Unidad de Abastecimien- to, para su revisión o adquisición al precio del costo dela reproducción. Regístrese, comuníquese y archívese.CARROLL DALE SALINAS Presidente 21132 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G73/G20/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G33/G20/G61/G20/G6C/G61/G41/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-1475-2003-UNSAAC Cusco, 29 de octubre de 2003EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Oficio Nº 615-2003-AASA, cursado por el Ing. Félix Arellano Choque, Jefe del Área de Abastecimientos yServicios Auxiliares de la Institución, mediante el cual soli- cita informe legal y modificación de la Resolución Nº R- 1246-2003-UNSAAC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº R-1246-2003-UN- SAAC de fecha 16 de septiembre del 2003, se autorizóa la Dirección General de Administración el pago de S/. 112,000.00 Nuevos Soles a favor de la Asamblea Nacional de Rectores, por concepto de la compra de 14,000 Carnés Universitarios 2003 destinados a los alumnos de la Universidad Nacional de San AntonioAbad del Cusco con cargo a la Actividad: 100267 Ges- tión Administrativa. Cadena de Gasto: 53.11.30, Fuen- te de Financiamiento: Recursos Directamente Recau-dados; Que, conforme a lo señalado, con el expediente del Visto el Ing. Félix Arellano Choque, Jefe del Área de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Institución se dirige al Secretario General de la UNSAAC con lafinalidad de remitirle el Expediente Técnico para la Ad- quisición de Carnés Universitarios 2003, solicitando sea derivado a la Oficina de Asesoría Legal para opiniónlegal y posteriormente modificar la Resolución Nº R.1246-2003-UNSAAC, disponiendo la exoneración de Proceso de Selección de Adjudicación por ser la Asam-blea Nacional de Rectores la única Entidad que provee dichos Carnés. Argumento que también es señalado en el Oficio Nº 164-2003 de la Oficina de ServiciosAcadémicos de la Institución; Que, la Asamblea Nacional de Rectores está repre- sentada por una Comisión de Coordinación Interuniver- sitaria, al efecto de que las decisiones propias de di- cha Asamblea, se adopten oportuna y fundamentalmen-te por las universidades peruanas. Así lo dispone el Art. 93º de la Ley Nº 23733, con las atribuciones estableci- das, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria haemitido ls disposiciones generales para el requerimiento y adquisición de Carnés Universitarios 2003, estableciendo las características que garanticen la ori-ginalidad de los mismos y, que por mandato de la nor- matividad antes anotada, se constituyen en obligato- rias para todo el sistema universitario del país. Conse-cuentemente, la Asamblea Nacional de Rectores se constituye en el único proveedor de Carnés Universita- rios a ser utilizados por las distintas universidades delPerú; Que, considerando que en la administración pública se encuentra debidamente establecidas las normas básicas que deben observar las Entidades del Sector Público en los Procesos de Selección de Adquisicio-nes y Contrataciones de Bienes y Servicios para el cumplimiento de sus funciones, en el presente caso es de aplicación el Inc. f) del Art. 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que dispone la exoneración de los Proce- sos de Selección de Licitación, Concurso Público oAdjudicación Directa según sea el caso, cuando los bie- nes o servicios no admiten sustitutos, supuesto legal en el que se enmarca la adquisición de Carnés Univer-sitarios para la UNSAAC. Entonces, de conformidad con este dispositivo legal, es viable la exoneracion del Pro- ceso de Selección para la adquisición de 14,000 Car-nés Universitarios a la Asamblea Nacional de Recto- res; Que, por disposición del Art. 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, el proceso de adquisición de los Carnés Uni-versitarios se debe realizar mediante el Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobará mediante Resolución del Titular de la Entidad,la cual obligatoriamente será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Además, una copia de dicha Reso- lución será remitida a la Contraloría General de la Re-pública, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Estando a lo dispuesto, Art. 19º Inc. f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Art. 14º, numeral 4), Arts. 33º, 34º, 35º, 92º, 105º, 113º, 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, Dictamen Legal Nº 497-2003-UN- SAAC y en uso de las atribuciones conferidas al Rec- torado por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- COMPLETAR la Resolución Nº R-1246- 2003-UNSAAC, de fecha 16 de septiembre del 2003, que autorizó a la Dirección General de Administración el pago de S/. 112,000.00 Nuevos Soles a favor de laAsamblea Nacional de Rectores, por concepto de la compra de 14,000 Carnés Universitarios 2003 destina-