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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G34/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de noviembre de 2003 ción y el Otorgamiento de la Buena Pro a la Empresa que en definitiva se encargue de la Concesión del mencionado servicio. Artículo Segundo.- Aprobar la Exoneración del Proce- so de Selección para la contratación del Servicio de Con-trol de Estacionamiento Vehicular y Recaudación de la Tasade Parqueo en el distrito de La Victoria, por el tiempo pre-visto en el Artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Autorizar al Comité Especial Perma- nente de la Municipalidad Distrital de La Victoria, para loscasos de Adjudicación Directa y Adjudicaciones de MenorCuantía designado por Resolución de Alcaldía Nº 218-03-ALC/MDLV de fecha 18 de julio del 2003, a fin de que bajola modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía se proce- da a la Contratación Temporal de los Servicios de una Em- presa que se encargue en su oportunidad y plazo previstode la cobranza del Parqueo Vehicular en el distrito de LaVictoria. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", comunicando a la Contraloría General de la República, conjuntamente con el Informe Técnico Legal correspondientes dentro de los diez(10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción, conforme lo dispone las normas legales vigentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 21489 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G68/G6F/G72/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G20/G64/G65 /G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G76/GED/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0006 Miraflores, 6 de noviembre del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 5 del articulo 195º de la Constitución Política del Estado- Ley de Reforma Constitu- cional Nº 27680, las municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios pú-blicos locales de su responsabilidad; Que, de conformidad con el Artículo IV del Título Preli- minar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, losgobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscrip-ción; Que, del mismo modo, el numeral 4.1. del artículo 80º del cuerpo normativo acotado prescribe que es función es-pecífica compartida de las municipalidades distritales, ad- ministrar y reglamentar, directamente o por concesión, el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpie-za pública y tratamiento de residuos sólidos; Que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9º de la Or- denanza Nº 295-MLM, corresponde a la Municipalidad Me-tropolitana de Lima en el Cercado y a las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, en sus respectivas juris- dicciones, determinar la frecuencia, el horario y las rutasde los vehículos recolectores de residuos generados en lospredios de su circunscripción; Que, por otro lado, el Código del Medio Ambiente y Re- cursos Naturales aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, en su Artículo 102º, establece que es obligación del Esta- do, a través de los gobiernos locales, controlar la limpiezapública en las ciudades y en todo tipo de asentamiento hu-mano, considerando necesariamente las etapas de reco-lección, transporte y disposición final de los desechos do-mésticos, así como la educación de sus habitantes; Que, circunscrito a estos linderos normativos y a fin de optimizar el servicio de limpieza pública de nuestra juris-dicción, se ha considerado pertinente adoptar como medi-da idónea para preservar un ambiente saludable, la deter-minación del horario de depósito de los residuos sólidos; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- Establecer como horario de depósi- to de los residuos sólidos de responsabilidad municipal, enlas vías públicas del distrito de Miraflores, el lapso com-prendido entre las 19.00 y 20.00 horas. Artículo Segundo.- Establecer como horario excep- cional para el depósito de los residuos sólidos de respon- sabilidad municipal, en las vías públicas del distrito de Mi- raflores, el lapso comprendido entre las 00.00 y 01.00 ho-ras, para los establecimientos comerciales que deseen aco-gerse a ello, los mismos que deberán solicitarlo previamen-te a la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambien-te, para su correspondiente autorización. Artículo Tercero.- La contravención a lo establecido en el presente Decreto, configura la comisión de la infraccióntipificada en el Código Nº 05-101 del Cuadro de Infraccióny Sanciones aprobado por la Ordenanza Nº 112, referida alRégimen de Aplicación de Sanciones Administrativas. Artículo Cuarto.- Establecer como deber de los veci- nos del distrito de Miraflores, comunicar a las autoridades competentes, la transgresión de los horarios establecidos. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente el cumplimiento del presenteDecreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 21486 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G36/G2C /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/GF3/G20/G65/G6C/G20/G68/G6F/G72/G61/G2D/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G76/GED/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0007 Miraflores, 17 de noviembre del 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, los gobiernos locales representan al vecindario, pro- mueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de sucircunscripción; Que, en ese sentido, el numeral 4.1. del artículo 80º del cuerpo normativo acotado prescribe que es función espe-cífica compartida de las municipalidades distritales, admi- nistrar y reglamentar, directamente o por concesión, el ser- vicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpiezapublica y tratamiento de residuos sólidos; Que, por otro lado, el Código del Medio Ambiente y Re- cursos Naturales aprobado por Decreto Legislativo Nº 613,en su Artículo 102º, establece que es obligación del Esta- do, a través de los gobiernos locales, controlar la limpieza pública en las ciudades y en todo tipo de asentamiento hu-mano, considerando necesariamente las etapas de reco-lección, transporte y disposición final de los desechos do-mésticos, así como la educación de sus habitantes; Que, dentro de este contexto legal y a fin de optimizar el servicio de limpieza pública de nuestra jurisdicción, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0006 de fecha 6 de noviembre del2003, se determinó el horario de depósito de los residuossólidos; sin embargo en dicha norma no se especificó losdías en que la Municipalidad brinda este servicio, ni la for-ma como han de sacarse dichos residuos sólidos a la vía pública, por lo que es necesario proceder a su modificación a fin de poder señalarlo, preservando de esta manera unambiente saludable en distrito de Miraflores; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Modificar los Artículos Primero y Se- gundo del Decreto de Alcaldía Nº 0006 de fecha 6 de no-viembre del 2003, los cuales quedarán redactados de lasiguiente manera: