Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2003 (19/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que las Bases deberan especificar, ademas del precio, los factores pertinentes que se consideraran para la evaluacion de las propuestas y la manera en que estos se aplicaran para determinar la mejor propuesta; precisando que dichos factores deberan sujetarse a criterios de razonabilidad y objetivos congruentes con el bien, servicio u obra requerido; Que, en el Anexo 15 se observa que dos de los grupos establecidos para otorgar puntaje incluyen a la entrega en un plazo de 05 (cinco) dias; por lo que no queda MORDAZA si al ofertar un plazo de entrega de 05 dias, el puntaje sera de 15 o 10 puntos, asi como, se otorga puntaje por la entrega en "0" dias lo que no representa plazo alguno, infringiendose el literal g) del articulo 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el numeral 1 del articulo 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, de acuerdo al articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas precedentemente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia segun relacion de items Nº 0394M13851, al haberse contravenido el literal g) del articulo 25º y el articulo 26º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 27º y 66º y el numeral 1 del articulo 40º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, asi como el Acuerdo Nº 017/010 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, retrotrayendose el MORDAZA de seleccion a la etapa en que se produjeron los primeros vicios; en este caso, corresponde retrotraerlo a la Etapa de Convocatoria, previa reformulacion de las Bases; Que, conforme a lo senalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la facultad prevista en el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, conforme al articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la mas alta autoridad de la Entidad puede disponer la evaluacion del adecuado desempeno de los miembros del Comite Especial y servidores que participaron en el presente MORDAZA de seleccion, con la finalidad de deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia segun relacion de items Nº 0394M13851 "Adquisicion de Insumos Odontologicos", respecto del item 1; en consecuencia, sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor de Redent Import - Export E.I.R.L., retrotrayendose el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria, previa reformulacion de las Bases. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion. 3. DISPONER que el Organo de Auditoria Interna realice la evaluacion del adecuado desempeno de los servidores o funcionarios, asi como de los miembros del Comite Especial que participaron en el presente MORDAZA de seleccion.

4. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente Resolucion al Comite Especial de la Adjudicacion de Menor Cuantia segun relacion de items Nº 0394M13851, a la Gerencia Departamental de MORDAZA y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 21422

INDECOPI
Aceptan renuncia de miembro de la Comision de Libre Competencia del Indecopi
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 124-2003-INDECOPI/DIR
MORDAZA, 18 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA Ferrero Diez Canseco ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comision de Libre Competencia del Indecopi; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Directorio de la institucion; De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA Ferrero Diez Canseco al cargo de miembro de la Comision de Libre Competencia del Indecopi, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Directorio (e) 21448

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION JEFATURAL Nº 548-2003-J-OPD/INS
MORDAZA, 10 de noviembre del 2003 Visto, el Informe Nº 218-2003-DG-CENAN-INS, de fecha 19 de agosto de 2003; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, requiere la provision de bienes y servicios que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 019-2003-J-OPD/ INS, de fecha 20 de enero de 2003, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud, para el ejercicio presupuestal del ano 2003; Que, el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones contendra las licitaciones publicas, concursos publicos, adjudicaciones directas y opcionalmente informacion relativa a las adjudicaciones de menor cuantia;

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