Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2003 (19/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 19 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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lidad de facilitar la MORDAZA de la Declaracion de Predios; En uso de las facultades conferidas por el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501, el articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 085-2003-EF y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el articulo 14º de la Resolucion de Superintendencia Nº 190-2003/SUNAT, por el siguiente texto: "Articulo 14º.- MEDIOS DE MORDAZA DE LA DECLARACION DE PREDIOS La MORDAZA de la Declaracion de Predios se efectuara de acuerdo a lo que se indica a continuacion: a. Sujetos Obligados que tengan hasta 3 predios: Presentaran la Declaracion de Predios utilizando el Formulario Virtual Nº 1630 o el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530. b. Sujetos Obligados que tengan mas de 3 predios: Presentaran la Declaracion de Predios utilizando obligatoriamente el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530." Articulo 2º.- Sustituyanse los numerales 16.1 y 16.2 del articulo 16º de la Resolucion de Superintendencia Nº 190-2003/SUNAT, por los siguientes textos: "Articulo 16º.- FORMA Y LUGAR DE MORDAZA DE LA DECLARACION DE PREDIOS GENERADA CON EL PDT PREDIOS FORMULARIO VIRTUAL Nº 3530 16.1 Para presentar la Declaracion de Predios utilizando el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530, se tendra en cuenta lo siguiente: a. Los Sujetos Obligados que tengan numero de RUC, generaran su Declaracion de Predios con el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530 y luego presentaran el(los) disquete(s) que contenga(n) el archivo con su declaracion en las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, segun corresponda. Alternativamente, podran remitir dicho archivo a traves de SUNAT Virtual. Para tal efecto, deberan obtener previamente su Codigo de Usuario y su Clave de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Linea, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT, modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 147-2003/SUNAT. b. Los Sujetos Obligados que no tengan numero de RUC, generaran su Declaracion de Predios con el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530 y luego presentaran el(los) disquete(s) que contenga(n) el archivo con su declaracion en las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, segun corresponda. 16.2 Una vez presentada la Declaracion de Predios con el PDT PREDIOS Formulario Virtual Nº 3530 de acuerdo con el numeral 16.1, cada Sujeto Obligado podra obtener su MORDAZA de MORDAZA, de la siguiente manera: a. Los Sujetos Obligados que presenten la Declaracion de Predios en las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, segun corresponda, recibiran dicha MORDAZA del funcionario de la SUNAT ante el cual se MORDAZA presentado la declaracion. b. Los Sujetos Obligados que presenten la Declaracion de Predios a traves de SUNAT Virtual podran imprimir directamente dicha constancia." Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 21477

Fijan factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible de derechos arancelarios y demas tributos aduaneros
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000521-2003/SUNAT/A FIJAN FACTORES DE CONVERSION MONETARIA
Callao, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el articulo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96EF, senala que para la declaracion de la base imponible de los derechos arancelarios y demas tributos aduaneros, los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America; Que asimismo el tercer parrafo del citado articulo senala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA debiendose establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion los factores de conversion monetaria; Que teniendo en cuenta lo senalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversion establecidos en la anterior Resolucion de Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, considerando los factores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el articulo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF, el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible a que se refiere el tercer parrafo del articulo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 121-96-EF, de acuerdo al detalle siguiente:
MORDAZA MORDAZA Australia Barbados Bolivia Brasil Canada Colombia Corea MORDAZA Dinamarca Ecuador Fiji Hong MORDAZA MORDAZA Indonesia Inglaterra MORDAZA Japon Kuwait Malasia Mexico Noruega Nueva Zelandia Panama Pakistan MORDAZA Rusia Singapur MORDAZA Suecia Sud-Africa, Republica de MONEDA Peso Dolar Australiano Dolar de Barbados Boliviano Real Dolar Canadiense Peso Won Peso MORDAZA Sucre Dolar de Fiji Dolar Rupia Rupia Libra Esterlina MORDAZA MORDAZA Yen Dinar de Kuwait Dolar Malasio O Ringgit MORDAZA Peso MORDAZA Dolar Neozelandes Balboa Rupia Paquistani Guarani Rublo Dolar de Singapur Libra MORDAZA MORDAZA Rand MORDAZA DE CAMBIO (en US$) 0.348432 0.707900 0.502513 0.128833 0.349406 0.758668 0.000348 0.000845 0.001597 0.155890 0.000040 0.554500 0.128866 0.022070 0.000118 1.694800 0.222816 0.009098 3.400204 0.263227 0.090785 0.140702 0.611800 1.000000 0.017467 0.000161 0.033389 0.575043 0.023810 0.127660 0.145824

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