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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G34/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de noviembre de 2003 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G2D /G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G4C/G61/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G6F/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G47/G6C/G6F/G62/G61/G6C/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61 /G6C/G61/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G2D /G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G45/G41/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G49/G6D/G70/G61/G63/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G2D/G63/G68/G69/G6C/G65/G6E/G61/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 458-2003-DE/SG Lima, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Quinta Política del Estado del Acuerdo Nacional promueve la participación de las Fuerzas Armadasen la Defensa Regional y la Seguridad Hemisférica; Que, el inciso f) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus fun-ciones participar y fomentar la implementación de políticasy acuerdos internacionales, destinados a garantizar la de-fensa regional y seguridad hemisférica; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- cas del Sector Defensa, se encuentra considerada la parti-cipación en las actividades de carácter regional, continen-tal y/o mundial, en la perspectiva de integrar las FuerzasArmadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 582 de fecha 12 de no- viembre del 2003, el Director General para Asuntos de Seguri-dad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores hace co-nocer a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que elseñor Canciller Allan WAGNER TIZÓN, realizará una visita ofi-cial a Santiago de Chile, del 17 al 18 de noviembre del 2003; Que, dentro de las relaciones bilaterales en el ámbito de la seguridad y defensa, nuestra Embajada en Chile ha venido coor-dinando con la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales yel Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad Católi-ca de Chile, la realización de un Seminario titulado "La SeguridadColectiva Global y Regional a la Luz de la Conferencia Especialde Seguridad de la OEA y su Impacto en la Relación peruano-chilena", a celebrarse el 18 de noviembre del 2003; Que, el Ministerio de Defensa ha designado al doctor Guillermo Enrique OBANDO ARBULÚ, Director Generalde Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, y al doc-tor Alfredo Mario PRADO RAMOS, Asesor del Viceminis-tro de Asuntos Administrativos y Económicos del Ministe-rio de Defensa, para que participen en representación delSector Defensa, en el mencionado seminario; Que, el Sector Defensa, en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeri-dad y racionalidad del gasto en el Sector Público, viene redu- ciendo al mínimo indispensable las autorizaciones de viaje alexterior; considerándose aquellos que se enmarcan en confe-rencias y eventos internacionales especializados; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten in-dispensables para asegurar el cumplimiento de los objeti-vos y metas fijados para el ejercicio del año 2003; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 27619, Decreto deUrgencia Nº 017-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al doctor Guillermo Enrique OBANDO ARBULÚ y aldoctor Alfredo Mario PRADO RAMOS, para que participen enrepresentación del Ministerio de Defensa, en el Seminario "LaSeguridad Colectiva Global y Regional a la Luz de la Conferen-cia Especial de Seguridad de la OEA y su Impacto en la Rela-ción peruano-chilena", a celebrarse en la ciudad de Santiagode Chile, del 17 al 18 de noviembre del 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecu- tora Nº 001 : OA-MINDEF, Cadena de Gastos Nº 5.3.11.20y Fuente de Financiamiento - Recursos Ordinarios, efec-tuará el pago por los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Santiago de Chile - LimaUS$ 511.00 x 2 personas Viáticos: US$ 200.00 x 2 días x 2 personasTarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 2 personas Artículo 3º.- El citado personal deberá cumplir con sus- tentar lo señalado en los artículos 6º y 10º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos adua-neros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y elMinistro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21550 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G53/G75/G62/G61/G6C/G74/G65/G72/G2D /G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G41/G73/G69/G6D/G69/G6C/G61/G64/G6F/G73/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G2D/G64/G72/GED/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G67/G72/G61/G64/G6F/G2C/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1652-2003-DE/EP Lima, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 21148 "Ley de Ascensos para Oficiales del Ejército", concordante con el Decreto Supremo Nº 007DE/EP del 10 de julio del 2002 "Reglamento de Ascensospara el Personal de Oficiales del Ejército del Perú"; esta-blece las normas que rigen para la Declaratoria de Vacan-tes, para el Ascenso de Oficiales, en cada grado; Que, el Artículo 57º del Reglamento establece que el Ministe- rio de Defensa anualmente declarará las vacantes por cubrir, entodos los grados para los Oficiales de Armas y Servicios y Per-sonal con Status de Oficial, incluyendo las vacantes para el otor-gamiento de la Efectividad en el Grado a los Oficiales Asimilados; Estando a lo recomendado por el Director de Personal del Ejército, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General delEjército y a lo opinado por el Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar vacantes a Oficiales Subal- ternos y Superiores Asimilados, que obtendrían la efectivi-dad en el grado, Promoción 2004: Mayor de Sanidad Médico 04 / 04 Capitán de Sanidad Médico 15 / 15Teniente de Ingeniería 08 / 08Teniente de Comunicaciones 01 / 01Teniente de Intendencia 01 / 01 Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21539 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/G73/G63/G65/G6E/G73/G6F/G20/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G53/G75/G2D /G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G53/G75/G62/G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G41/G73/G69/G6D/G69/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G6F/G62/G74/G65/G6E/G64/G72/GE1/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G67/G72/G61/G64/G6F/G20/G50/G72/G6F/G2D/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1653-2003-DE/EP Lima, 17 de noviembre de 2003 Que, la Ley Nº 21148 "Ley de Ascensos para Oficiales del Ejército", concordante con el Decreto Supremo Nº 007DE/EP del 10 de julio del 2002 "Reglamento de Ascensospara el personal de Oficiales del Ejército del Perú"; esta-blece las normas que rigen para la declaratoria de vacan-tes, para el Ascenso de Oficiales, en cada grado; Que, el Artículo 58º del Reglamento establece que el Ministerio de Defensa anualmente declarará las vacantespor cubrir, en todos los grados para los Oficiales de Armas