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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G34/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de noviembre de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la ampliación del pedido de extradición activa del procesado MANUEL JESÚS AI-VAR MARCA O MANUEL JESÚS AYBAR MARCA OMANUEL JESÚS AIBAR MARCA, formulado por el Ter-cer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior deJusticia de Lima, y declarado procedente por la CorteSuprema de Justicia de la República, por la comisiónde los delitos contra la administración pública - pecula-do, contra la tranquilidad pública - asociación para delin-quir y contra la fe pública - falsificación de documen-tos, todos en agravio del Estado Peruano; y disponersu presentación por vía diplomática, a los Estados Uni-dos de América, de conformidad a los Tratados vigen-tes, y lo estipulado por las normas legales peruanasaplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21638 /G41/G63/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G61 /G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G71/G75/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G70/G72/G65/G2D /G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G65/G2D/G6D/G61/G6E/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2003-JUS Lima, 19 de noviembre de 2003 Visto el Informe Nº 067-2003/CEA, del 17 de noviem- bre del 2003, de la Comisión encargada del estudio de so-licitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de ex-tradición del procesado ENRIQUE J. BENAVIDES MORA-LES, formulado por el Quinto Juzgado Penal Especial de laCorte Superior de Justicia de Lima (Exp. Nº 7853-2000); CONSIDERANDO:Que, por Resolución del 3 de noviembre de 2003, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justiciade la República, declaró procedente la solicitud de extradi-ción del procesado ENRIQUE J. BENAVIDES MORALES,por los delitos contra la tranquilidad pública -asociación paradelinquir- y contra la administración pública -cohecho pro-pio y cohecho impropio-, en agravio del Estado Peruano(Exp. Nº 66-2003); Que, mediante el Informe Nº 067-2003/CEA, del 17 de noviembre del 2003, la Comisión encargada del estudio delas solicitudes de extradiciones activas propone accederal pedido de extradición del referido procesado; Que, teniendo en cuenta que entre el Perú y la Repúbli- ca Federal de Alemania no existe Tratado vigente sobre lamateria, y atendiendo que el principio de reciprocidad esreconocido por el derecho internacional, es fundamentalque el Perú asegure el respeto ante pedidos del mismotipo efectuados por la República Federal de Alemania; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del De- creto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38ºde la Ley Nº 24710, el inciso 5) del artículo 34º del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado ENRIQUE J. BENAVIDES MORALES, for-mulado por el Quinto Juzgado Penal Especial de la CorteSuperior de Justicia de Lima, y declarado procedente porla Corte Suprema de Justicia de la República, por la comi-sión de los delitos contra la tranquilidad pública -asocia-ción para delinquir- y contra la administración pública -co-hecho propio y cohecho impropio-, en agravio del EstadoPeruano; y disponer su presentación por vía diplomática, ala República Federal de Alemania, de conformidad a lo es-tipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- El Gobierno del Perú se compromete a respetar los pedidos de extradición formulados por la Re-pública Federal de Alemania, en base al principio de reci-procidad. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21639 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G34/G2D/G32/G30/G30/G31/G2D/G4A/G55/G53/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/GF3/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4E/G6F/G74/G61/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F/G2C/G20/G50/G61/G73/G63/G6F /G79/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 439-2003-JUS Lima, 17 de noviembre de 2003 VISTO, el Oficio Nº 1029-2003-JUS/CN-P de fecha 22 de octubre de 2003, del Presidente del Consejo del Nota-riado; CONSIDERANDO:Que, la denominación del distrito en la Convocatoria para el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a laFunción Notarial efectuada por el Colegio de Notarios deHuánuco, Pasco y Ucayali del mes de mayo del año 2000,originó que en la Resolución Ministerial Nº 134-2001-JUS,de fecha 18 de abril de 2001, se nombre al abogado LuisAlberto Huaranga Navarro, Notario Público del distrito deCerro de Pasco, provincia y departamento de Pasco; Que, la provincia de Pasco está constituida políticamente por los distritos de Simón Bolívar, Yanacancha y Chaupimarca,no existiendo el distrito de Cerro de Pasco, señalando en laResolución Ministerial antes mencionada, denominándose porcostumbre, al distrito de Chaupimarca; Que, siendo así, es necesario rectificar la Resolución Ministerial Nº 134-2001-JUS, de fecha 18 de abril de 2001,en el sentido que se rectifique el nombramiento del aboga-do Luis Alberto Huaranga Navarro, como Notario Públicodel distrito de Chaupimarca; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º, artí- culo 6º inciso k) del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánicadel Sector Justicia, y artículo 9º inciso j) del Decreto Su-premo Nº 019-2001-JUS, Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 134-2001-JUS, del 18 de abril de 2001 de lasiguiente manera: "Artículo 1º.- Nombrar al abogado Luis Alberto Huaran- ga Navarro, Notario Público del distrito de Chaupimarca,