Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2003 (24/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de noviembre de 2003

SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACION TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 27806 APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 043-2003-PCM Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24.ABR.2003 Articulo 1º.- Alcance de la Ley La presente ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. (...) Articulo 7º.- Legitimacion y requerimiento inmotivado Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir informacion de cualquier entidad de la Administracion Publica. En ningun caso se exige expresion de causa para el ejercicio de este derecho. Articulo 10º.- Informacion de acceso publico Las entidades de la Administracion Publica tiene la obligacion de proveer la informacion requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografias, grabaciones, soporte magnetico o digital, o en cualquier otro formato, siempre que MORDAZA sido creada u obtenida por MORDAZA o que se encuentre en su posesion o bajo su control. Asimismo, para los efectos de esta Ley, se considera como informacion publica cualquier MORDAZA de documentacion financiada por el presupuesto publico que sirva de base a una decision de naturaleza administrativa, asi como a las actas de las reuniones oficiales. Articulo 13º.- Denegatoria de acceso (...) (...) La solicitud de informacion no implica la obligacion de las entidades de la Administracion Publica de crear o producir informacion con la que no cuente o no tenga que contar al momento de efectuarse el pedido. En este caso, la entidad de la Administracion Publica debera comunicar por escrito que la denegatoria de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder respecto de la informacion solicitada. Esta Ley tampoco permite que los solicitantes exijan a las entidades que efectuen evaluaciones o analisis de la informacion que posean. (...) IMPORTANTE 1. Conforme al MORDAZA vigente el derecho de pago del referido procedimiento es de S/.10.00 (Procedimiento 8.04). 2. En caso de ser necesaria la entrega de copias simples o certificadas de documentos y/o planos, debera abonarse previamente el derecho correspondiente, para lo cual se notificara al administrado a traves de la Unidad de Tramite Documentario. 3. De conformidad con lo establecido en el articulo 191º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, transcurridos treinta dias utiles sin que se MORDAZA cumplido con lo solicitado por la Administracion mediante notificacion, se declarara de oficio o a pedido de parte el abandono del procedimiento. 21921

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