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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G38/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 24 de noviembre de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Interconexión - “Acuerdo Comercial para acceso al servicio de larga dis- tancia mediante uso de tarjetas prepago”- suscrito entrelas empresas Elnath S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A., mediante el cual se establecen las condiciones que se apli- carán por el acceso al servicio de larga distancia de ElnathS.A.C. a través de tarjetas de pago que se usen desde teléfonos de abonados de Telefónica del Perú S.A.A., den- tro del marco de su relación de interconexión establecidamediante contrato de interconexión aprobado por Resolu- ción de Gerencia General Nº 042-2001-GG/OSIPTEL de fecha 10 de abril de 2001; de conformidad y en los térmi-nos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los términos del Acuerdo de Interconexión que se aprueba mediante la presente Resolución, se eje- cutarán sujetándose a los principios de neutralidad, no dis- criminación e igualdad de acceso, así como a las disposi-ciones en materia de interconexión y comercialización que son aprobadas por OSIPTEL. Artículo 3º.- Disponer que el Acuerdo de Interconexión a que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolu- ción, se incluya, en su integridad, en el Registro de Contra- tos de Interconexión de OSIPTEL, el mismo que será deacceso público. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su notificación a las empresas Elna-th S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A., y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA RUIZ V. DE ALONSO Gerente General 21589 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G20/G22/G4A/G75/G61/G6E/G20/G50/G61/G62/G6C/G6F/G20/G56/G69/G7A/G2D /G63/G61/G72/G64/G6F/G20/G79/G20/G47/G75/G7A/G6D/GE1/G6E/G22/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G50/G6C/G61/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G6D/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F (Se publica el presente Acuerdo a solicitud de la Muni- cipalidad de San Martín de Porres, mediante Oficio Nº 471- 2003-SG/MDSMP, recibido el 21 de noviembre de 2003) ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2003 San Martín de Porres, 30 de abril de 2003 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de abril del 2003, la Moción presentada por el Regidor RogerHernán Paz Puelles, con respecto a declarar el Parque Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, como Plaza de Armas del dis- trito; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 en su artículo 2º señala: "Que, las municipalidades son los órganos de gobierno local, que emanan de la voluntadpopular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, le son aplicables las leyes que de mane-ra general y de conformidad con la Constitución regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público Na- cional; Que, como es de público conocimiento, este Concejo solicitó en una de sus sesiones anteriores al señor Alcalde se declare al Parque Principal "Juan Pablo Vizcardo y Guz-mán", como Plaza de Armas Distrital, donde no se debedesarrollar ninguna actividad comercial, incluso ferias es- colares; Que, a solicitud y a las constantes quejas de los veci- nos que viven en el radio perimétrico manifiestan que es- tas ferias deterioran las instalaciones del parque y produ-cen, en forma excesiva, basura que amontonan en sus extremos. Además forman punto de letrinas, desmereciendo el ornato y la belleza del parque, no permitiendo así el de-sarrollo de actividades propias, como actuaciones cívico patrióticas; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 10º nominal 8-9-11 y artículo 37º nominal 1, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura yaprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar al Parque "JUAN PABLO VIZCARDO Y GUZMAN", ubicado en la cuadra 35 de laAv. Perú, como Plaza de Armas del distrito de San Martín de Porres, con derecho a la intangibilidad, donde no se permitirá en adelante ningún tipo de comercio informal oferias. Artículo Segundo.- Refaccionar sus instalaciones y el monumento central para incluir el símbolo del nuevo Isoti-po Municipal. Artículo Tercero.- Dispóngase el izamiento de la Ban- dera Nacional y Municipal, cada semana y en fechas pa-trióticas; concordante con las normas que se dicten sobre la materia además de contar con una dotación permanente de Policía Municipal para el cuidado de dicha plaza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Imagen Institucional y Dirección de Promoción del Desarrollo Local el cumplimiento de lo dis-puesto en el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 21925 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G43/G6F/G6E/G64/G65/G63/G6F/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6D/G65/G64/G61/G6C/G6C/G61/G20/G63/GED/G76/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G22/G4F/G72/G64/G65/G6E/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G41/G70/GF3/G73/G74/G6F/G6C/G22/G20/G61/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 136-2003-ACSS Santiago de Surco, 17 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha, en atención a la propuesta pre-sentada por la Comisión Especial de la "ORDEN SANTIA- GO APÓSTOL" mediante Dictamen Nº 02-2003, para de- signar a las personalidades a ser condecoradas con laMedalla Cívica de la referida Orden, con ocasión del 74º Aniversario de Creación del distrito; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único del Reglamento de la Condecoración "Orden Santiago Apóstol" aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 07-2000- MSS publicado el 17.DIC.2000; luego de evaluada la pro-puesta y sometida a votación, adoptó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Condecorar con la Medalla Cívica de la "ORDEN SAN- TIAGO APÓSTOL" con motivo del 74º Aniversario de Crea-ción del distrito a la: