Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2003 (27/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 27 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA, segun Expediente Nº 18187-2001 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 22070

VERSION, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zapater, para que en representacion del Ministro de Economia y Finanzas suscriba los convenios de estabilidad juridica en los casos a que se refieren los incisos b), d) y e) del articulo 30º del Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 22107

Modifican la R.M. Nº 458-2003-EF-15 que delego facultades para declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 694-2003-EF/15 MORDAZA, 26 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Oficina de Inversiones es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Oficina de Inversiones califica la viabilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de Preinversion, pudiendo delegar a los sectores esta atribucion total o parcialmente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 158-2001EF-15 se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, como consecuencia de la reestructuracion organizativa institucional, aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001EF; disponiendose que la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico desarrolle las funciones de la Oficina de Inversiones que le fueran asignadas en el MORDAZA de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, el MORDAZA Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, dispone en el numeral 3.3. de su articulo 3º que la facultad para declarar la viabilidad puede ser objeto de delegacion y que dicha delegacion incluye la facultad para aprobar los estudios de preinversion y para determinar el nivel de estudios requeridos; aprobandose mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF15 se delego facultades para declarar la viabilidad de proyectos de inversion publica a los Sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, circunscribiendo el ejercicio de dicha facultad a los proyectos enmarcados en las competencias senaladas por Ley a favor de los diferentes niveles de Gobierno, criterio que se considera debe ser mantenido bajo condiciones mas flexibles; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 157-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.Modificacion del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15 Dejese sin efecto el numeral 1.5. del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15.

Designan representante del Ministro para suscribir diversos convenios de estabilidad juridica a que se refiere el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 676-2003-EF/10 MORDAZA, 25 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757, Ley de Promocion de la Inversion Extranjera y Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, respectivamente, se dictaron las disposiciones esenciales para el crecimiento de la inversion privada nacional y extranjera en todos los sectores de la actividad economica, y por Decreto Supremo Nº 162-92-EF se aprobo el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 136-97-EF preciso que en los casos a los que se refieren los incisos b), d) y e) del articulo 30º del Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF, la suscripcion de los respectivos convenios de estabilidad juridica se efectuarian conjuntamente por el Ministro del Sector correspondiente o quien este designe y por la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE, hoy Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 027-2002PCM y 095-2003-EF; Que, se ha considerado necesario que el Ministro de Economia y Finanzas delegue en un funcionario de PROINVERSION la representacion MORDAZA indicada a efectos de suscribir convenios de estabilidad juridica en los casos previstos en el considerando anterior; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 136-97-EF y el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Jefe de la Direccion de Promocion y Apoyo al Inversionista Privado de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROIN-

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