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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G30/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de noviembre de 2003 AL GRADO DE COMANDANTE MA. A LOS SIGUIEN- TES MAYORES MA. 1. SALVADOR ALVA, DANIEL FELIX 2. LOPEZ CERVANTES, MODESTO RENE AL GRADO DE MAYOR MA. A LOS SIGUIENTES CAPITANES MA. 1. MORALES GOMEZ, ENCARNACION 2. CUEVA QUISPE, ANTONIO Artículo 2º.- Otórgueseles el despacho correspondiente e inscríbaseles en el Escalafón respectivo. Regístrese, comuníquese y archívese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 22103 JUSTICIA /G41/G63/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G2D /G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G2D/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G76/GED/G61/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G2D/G63/G61/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 197-2003-JUS Lima, 26 de noviembre de 2003 Visto el Informe Nº 071-2003/CEA, del 18 de noviem- bre de 2003, de la Comisión encargada del estudio de lassolicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de ampliación de extradición del procesado VÍCTOR ALBER- TO VENERO GARRIDO, formulado por el Primer JuzgadoPenal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima (Expediente Nº 09-2002); CONSIDERANDO: Que, el Cuadragésimo Primer Juzgado Penal de Lima, solicitó la detención preventiva con fines de extradición, a las autoridades de Estados Unidos de América, del proce- sado VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, por tenerproceso penal pendiente por los delitos de corrupción de funcionarios -cohecho propio e impropio y encubrimiento real, en agravio del Estado Peruano, (Expediente Nº 7853-00), actuados que actualmente se encuentran a cargo del Quinto Juzgado Penal Especial de Lima; Que, el referido procesado solicitó a las autoridades estadounidenses su entrega a nuestro país, habiéndose dictado la resolución de extraditabilidad el 2 de febrero de 2001, además el referido pactó lo especificado a fin de aco-gerse al Principio de Especialidad, contemplado en el artí- culo IX del Tratado sobre la materia de 1899; Que, por Resolución del 24 de octubre de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición del procesado VÍCTOR ALBERTO VENE-RO GARRIDO, por la comisión del delito contra la adminis- tración pública -corrupción activa genérica-, en agravio del Estado (Expediente Nº 61-2003); Que, mediante el Informe Nº 071-2003/CEA del 18 de noviembre de 2003, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone accederal pedido de ampliación de extradición del referido proce- sado; Que, según el artículo XIII, 1,c del Tratado de Extra- dición vigente desde el 25 de agosto de 2003 entre Esta- dos Unidos de América y la República del Perú, una perso- na puede ser procesada y, eventualmente, sancionada, porun delito distinto de aquél por el cual fue extraditada, siem- pre y cuando se cuente para ello con la autorización del Estado Requerido; Estando a lo dispuesto por el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5), del artículo 34º del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extra-dición suscrito entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, vigente desde el 25 de agosto de 2003 y la Convención Interamericana Contra la Corrupción de1996; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de ampliación de extra- dición activa del procesado VÍCTOR ALBERTO VENEROGARRIDO, formulado por el Primer Juzgado Penal Espe- cial de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica, por la comisión del delito contra la administración pública - corrupción activa genérica, en agravio del Esta- do; y disponer su presentación por vía diplomática, a losEstados Unidos de América, de conformidad a los Trata- dos vigentes, y lo estipulado por las normas legales perua- nas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 22196 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G51/G75/G69/G6E/G74/G61/G20/G45/G64/G69/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 462-2003-JUS Lima, 24 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de agosto de 2003, se suscribió el Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Justicia y la Empresa Peruana de ServiciosEditoriales S.A. - EDITORA PERÚ, con el objeto de publi- car ediciones oficiales que la primera de las citadas institu- ciones celebrantes proponga, conforme a los objetivos con-tenidos en el Plan Estratégico Institucional 2002-2006; Que, la Cláusula Sétima del mencionado Convenio Marco, señala que para la formalización de las actividadesestablecidas como objetivo del mismo, se requerirá de do- cumento suscrito por cualquiera de las Partes en el que se solicite la publicación de una edición oficial; Que, al amparo de dicho Convenio, la Dirección Nacio- nal de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia median- te Oficio Nº 1034-2003-JUS/DNAJ de fecha 22 de agostodel año en curso, solicitó la publicación de la Quinta Edi- ción Oficial de la Constitución Política del Perú; Que, a fin de fortalecer el Estado de Derecho y la segu- ridad jurídica, objetivos institucionales del Ministerio de Justicia, es necesario aprobar la publicación de la Edición Oficial de la Constitución Política del Perú, dentro del Mar-co del Convenio de Colaboración Interinstitucional referido en el primer considerando de la presente Resolución; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h), del artículo 6º, de la Ley Orgánica del Sector Justicia, apro- bada mediante Decreto Ley Nº 25993, inciso modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612;