Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2003 (29/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2003

en la parte Considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 780.00 Tarifa CORPAC US$ 28.24 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, la funcionaria autorizada mediante el Articulo 1º, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en el evento al que asistira y la correspondiente rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 22320

VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 631-2003-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa R. MORDAZA MORDAZA S.A. (Colombia), dos (2) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Recreativos MORDAZA S.A. (Espana) y cuatro (4) memorias de solo lectura fabricadas por R. MORDAZA MORDAZA S.A. (Espana), segun el siguiente detalle: Nº Nº DE REGISTRO CODIGO DE LA MEMORIA RECREATIVOS MORDAZA S.A. (ESPANA) 01 A0005222 03241M (U7) 02 A0005223 03241O (U7) R. MORDAZA MORDAZA S.A. (COLOMBIA) 03 A0005224 PC5_2124 (U1) 04 A0005225 PC5_2403 (U1) 05 A0005226 PC5_2413 (U1) 06 A0005227 PC5_2104 (U1) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 22212

Autorizan y registran memorias de solo lectura solicitadas por la empresa R. MORDAZA MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 889-2003-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 20 de noviembre del 2003 Visto, el Expediente Nº 001047-2003-MINCETUR, de fecha 17.9.2003, presentado por la empresa R. MORDAZA MORDAZA S.A., en el que solicita autorizacion y registro de memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo de las maquinas tragamonedas o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento de fecha 25.8.2003, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad porcentajes de retorno al publico no menores de 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contienen los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del Decreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 096-2003-MINCETUR/

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la MORDAZA a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 471-2003-DE/MGP MORDAZA, 26 de noviembre de 2003 Visto el Oficio P.200-2809 del Director General del Personal de la MORDAZA de fecha 14 de noviembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Vigesimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional promueve la participacion de las Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisferica y las Misiones de Paz en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, el inciso f) del articulo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones, participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisferica; Que, entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, se encuentra considerada la participacion en las actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior, considerandose solo aquellos que se enmarcan en las visitas oficiales y reuniones de autoridades militares en cumplimiento de compromisos internacionales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente podra autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del ano 2003; Que, mediante Oficio Nº 3278/EJC-DIV6-BRSEL26-CDO122 de fecha 7 de octubre del 2003 y Oficio Nº 3579/EJCDIV6-BRSEL26-CDO-122 de fecha 27 de octubre del 2003, el Comandante de la Brigada de MORDAZA Nº 26 del Ejercito Nacional de Colombia, ha hecho de conocimiento del Comandante General de la MORDAZA de MORDAZA del Peru que el Comandante General del Ejercito Nacional de Colombia y el Comandante

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