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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer- dos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí- tica exterior en el contexto del sistema de seguridad colec-tiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple- mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera- les destinados a garantizar la Defensa Regional y la Segu-ridad Hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen susactividades en el marco del accionar conjunto e interope- rativo, en observancia de los estándares internacionales en la misión constitucional conferida a estos cuerpos deseguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Na-ciones Unidas y la Organización de Estados Americanos, reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que es sugerida por el Consejo de SeguridadHemisférica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructura- ción Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Reso-lución Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Polí- tica Exterior en relación a la Defensa Nacional” en el quese hace referencia entre otros a la importancia de un siste- ma colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, ha reducido al míni- mo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Sub-alterno para que presten servicios en las Agregadurías de De- fensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negociación y gestión que competa a su es- pecialización, debiendo cumplir además las instruccionesque les impartan, entre las que deben destacarse las se- ñaladas en los considerandos precedentes; Que, por Resolución Ministerial Nº 2145-DE/MGP de fecha 30 de diciembre del 2002, se nombró en Misión Di- plomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exterio- res, al Técnico 1ro. Sad. Orlando Fabio ESTRADA Salce-do, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por el período de UN (1) año, a partir del1 de enero del 2003; Que, por Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0706-2003-CGMG (R) de fecha 24 de julio del2003, se ascendió al Grado Inmediato Superior al citado Técnico; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Misión Diplomática del referido Técnico Supervisor, para que con- tinúe prestando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña eIrlanda del Norte, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Misión Diplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el nombramiento en Misión Diplo- mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Técnico Supervisor 2do. Sad. Orlando Fabio ESTRADASalcedo, CIP Nº 03735552, para que continúe prestando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, porel período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004.Artículo 2º.- El citado Técnico Supervisor continuará revistando en la Dirección General del Personal de la Mari- na de Guerra del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la MisiónDiplomática, sin exceder el período total establecido. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22260 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G62/G72/G69/G72 /G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G75/G62/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO SUPREMO Nº 028-2003-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que la Ley General de Educación Nº 28044 establece que el Director es la máxima autoridad y el representantelegal de la Institución Educativa y que su nombramiento debe realizarse mediante un concurso público; Que la Ley Nº 26269 dispone que el acceso al cargo de Director de los Centros o Programas Educativos de gestión estatal tiene una duración de cinco años contados a partir de la expedición de la Resolución de nombramiento; vencido dichoplazo, el Director puede concursar nuevamente; Que teniendo en cuenta las precitadas Leyes y los De- cretos Supremos Nº 021-2003-ED que declara en Emer-gencia el Sistema Educativo Nacional durante el bienio 2003-2004, y Nº 023-2003-ED que faculta al Ministerio de Educación para dictar las normas para la designación enlos cargos directivos en la institución educativa, respecti- vamente, es conveniente dictar las disposiciones que per- mitan a los docentes el acceso a los cargos directivos delos centros y programas educativos públicos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560,la Ley General de Educación Nº 28044 y el Decreto Supre- mo Nº 021-2003-ED; DECRETA: Artículo 1º.- Convocatoria a Concurso Público de Directores Autorícese el Concurso Público para cubrir en el año 2004, los cargos de Directores y Subdirectores de las Ins- tituciones Educativas Públicas, exceptuándose a los Insti- tutos y Escuelas de Educación Superior, en aquellas Pla-zas Directivas presupuestadas, vacantes y que están ac- tualmente cubiertas por encargatura. Artículo 2º.- Autorización de Dictado de NormasEl Ministerio de Educación dictará las normas y las dis- posiciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo precedente. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 22389