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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G31/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de noviembre de 2003 Estando a lo informado y de conformidad con lo esta- blecido en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General; Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, su Reglamento, Decreto Supremo Nº 013-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Direc- toral Nº 1272/2003/DIGESA/SA publicada con fecha 26 de noviembre de 2003, por los motivos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS L. CHÁVEZ PAÍS Director General 22328 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/G63/G75/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G45/G6A/G65/G2D /G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2003-MTC Lima, 28 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 ha estable- cido que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos, o represen- tantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y segun-do párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohi- bidos por el resto del ejercicio fiscal del 2003; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto de Urgen- cia dispone que mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministro del Sector correspondiente, podrán autorizarse, excepcio-nalmente, aquellos viajes que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas para el Ejercicio del año 2003; Que, según el artículo 56º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, apro- bado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, la Dirección Ge-neral de Transporte Acuático es la Autoridad Nacional de Trans- porte Acuático encargada de promover; normar y administrar el desarrollo de las actividades marítimas, fluviales, lacustres, portua-rias y servicios conexos, así como de la infraestructura del siste- ma portuario y vías navegables; Que, a través de la comunicación OCIP/45/03, la Secretaría de la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) informa sobre la realización de la Quinta Reunión de su Comité Ejecutivo, que se llevará a cabo en la ciudad de Puerto La Cruz, República Boliva-riana de Venezuela, del 1 al 5 de diciembre del 2003; Que, el Perú es miembro del Comité Ejecutivo de la CIP, en el marco del cual integra los Subcomités de Estadísti-cas, Costos y Tarifas -el cual preside- y de Capacitación, así como los Comités Técnicos Consultivos (CTC) sobre Operaciones Portuarias y sobre Seguridad Portuaria; Que, en dicho evento se presentará y discutirá el Plan de Trabajo de los Subcomités para el año 2004; se designará a los representantes de los países miembros del Comité Ejecutivo delCIP; se coordinará el mejoramiento y expansión de los Comités Técnicos Consultivos; se iniciará el proyecto para editar la revista de la CIP; se debatirá la modificación del Reglamento de la CIP;se analizará el estado del Acuerdo de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Autoridades Portuarias Interamericanas; se presentarán los informes de los Presidentes de los Subcomitéssobre las actividades desarrolladas; se definirá el Programa Por- tuario Especial; entre otros temas de particular importancia para el transporte acuático en la región; Que, la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) fue crea- da en el marco de la Organización de los Estados Americanos(OEA), con la finalidad servir de foro permanente de los Estados Miembros de la Organización, propendiendo al fortalecimiento de la cooperación hemisférica para el desarrollo del sector por- tuario con la participación del sector privado; Que, en tal sentido, considerando la importancia de los temas a tratar en la citada reunión para los intereses de nuestro país en lo referido a las actividades portuarias y atendiendo a los com-promisos y responsabilidades asumidas por el Perú como Esta- do Miembro de la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) y como integrante de los Subcomités antes señalados, la partici-pación de un representante del Ministerio de Transportes y Co- municaciones en la indicada reunión resulta indispensable para asegurar el cumplimiento de las metas y objetivos fijados en ma-teria de transporte acuático para el Ejercicio 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del Dr. Pablo Aramburú Gardener, Director General deTransporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, a la ciudad de Puerto La Cruz, República Boli- variana de Venezuela, del 3 al 6 de diciembre del 2003, afin de participar en la mencionada reunión; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27791, Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Pablo Aramburú Gardener, Director General de Transporte Acuático del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Puerto La Cruz, República Bolivariana de Venezuela, del 3al 6 de diciembre del 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 524.60 Viáticos US$ 800.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes, de efectuado el viaje, el funcionario mencionado en el artículo 1º deberá presentar un informe detalla-do al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administra- ción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones describien- do las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. La presente Resolución Suprema no otorga de- recho de exoneración o liberación de impuestos o derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22392 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G50/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G3A/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G43/G4F/G50/G54/G45/G52/G53/G20/G50/G45/G52/GDA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 254-2003-MTC/12 Lima, 12 de noviembre del 2003 Vista la solicitud de la empresa COPTERS PERÚ S.A.C., sobre Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial;