Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2003 (14/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de octubre de 2003

Res. Adm. Nº 185-2003-P-PJ.- Aprueban formato adicional de endoso de certificados de depositos judiciales 253079 Res. Adm. Nº 186-2003-P-PJ.- Autorizan adquisicion de licencias de motor de base de datos y herramienta de desarrollo mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia 253080

Res. Nº 521-2003-SUNARP-TR-L.- Confirman primer extremo, revocan MORDAZA extremo y amplian la tacha formulada por Registrador a titulo referido a inscripcion de consejo de administracion y de consejo de vigilancia de cooperativa 253087 SUNAT Res. Nº 186-2003/SUNAT.- Modifican resolucion de superintendencia que aprobo normas para la aplicacion del sistema de pago de obligaciones tributarias establecida por el Decreto Legislativo Nº 917 al sector pesca 253089

ORGANISMOS AUTONOMOS
MINISTERIO PUBLICO Res. Nº 1536-2003-MP-FN.- Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA 253081 SBS Circ. Nº B-2124-2003.- Actualizan version del software "Submodulo de Captura y Validacion Externa" (SUCAVE), para remision de estados financieros e informacion complementaria 253081

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE Anexo - Ordenanza Nº 032-03/MDA.- Anexo de Ordenanza que establecio procedimiento de visacion de planos para asentamientos humanos y organizaciones sociales con fines de vivienda 253090 D.A. Nº 044-2003-MDA.- Reglamento de la Ordenanza Nº 0322003-MDA que establecio procedimiento de visacion de planos para asentamientos humanos y organizaciones sociales con fines de vivienda 253091 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO R.A. Nº 531.- Instauran MORDAZA administrativo disciplinario contra ex funcionarios de la municipalidad 253092

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INACC R.J. Nº 03038-2003-INACC/J.- Disponen la publicacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de setiembre de 2003 253086 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Res. Nº 474-2003-P/IPD.- Designan funcionarios responsables de proporcionar la informacion institucional de acceso publico a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica 253086 SUNARP Res. Nº 483-2003-SUNARP/SN.- Disponen implementacion de horario de atencion al publico en el Sistema Nacional de los Registros Publicos 253086

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA R.A. Nº 187-2003-MDLP/ALC.- Declaran nulo el Concurso de Menor Cuantia Nº AMC-0001-2003-MDLP para adquisicion de muebles de oficina 253093

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28090
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Articulo 2º.- Ambito de Aplicacion La presente MORDAZA se aplica a las actividades mineras, segun se trate de: a) Unidades mineras nuevas.- Toda unidad minera que inicie o reinicie su actividad a partir de la vigencia de la presente Ley. b) Unidades mineras en operacion.- Toda unidad minera que hubiere iniciado operaciones con anterioridad a la vigencia de la presente Ley. Articulo 3º.- Definicion del Plan de Cierre de Minas El Plan de Cierre de Minas es un instrumento de gestion ambiental conformado por acciones tecnicas y legales, efectuadas por los titulares mineros, destinado a establecer medidas que se deben adoptar a fin de rehabilitar el area utilizada o perturbada por la actividad minera para que esta alcance caracteristicas de ecosistema compatible con un ambiente saludable y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA y la preservacion paisajista. La rehabilitacion se llevara a cabo mediante la ejecucion de medidas que MORDAZA necesarias realizar MORDAZA, durante y despues del cierre de operaciones, cumpliendo con las normas tecnicas establecidas, las mismas que permitiran eliminar, mitigar y controlar los efectos adversos al ambiente generados o que se pudieran generar por los residuos solidos, liquidos o gaseosos producto de la actividad minera. Articulo 4º.- Autoridad competente Compete al Ministerio de Energia y Minas aprobar los Planes de Cierre de Minas, asi como la fiscalizacion y con-

LEY QUE REGULA EL CIERRE DE MINAS
Articulo 1º.- Objeto La presente ley tiene por objeto regular las obligaciones y procedimientos que deben cumplir los titulares de la actividad minera para la elaboracion, MORDAZA e implementacion del Plan de Cierre de Minas y la constitucion de las garantias ambientales correspondientes, que aseguren el cumplimiento de las inversiones que comprende, con sujecion a los principios de proteccion, preservacion y recuperacion del medio ambiente y con la finalidad de mitigar sus impactos negativos a la salud de la poblacion, el ecosistema circundante y la propiedad.

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