Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2003 (15/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2003

MORDAZA de Urbanismo y Catastro, el cumplimiento fiel de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Quinto.- La presente Ordenanza rige al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publicase y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17440

Ordenanza Nº 000011 expedida por la Municipalidad Provincial de Huarochiri, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Declarar que la Municipalidad Provincial de Huarochiri no tiene competencia para fijar, modificar y/o recortar los limites territoriales de los distritos de la provincia de Canta. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA RUFFNER MORDAZA

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA
Declaran inaplicable en la jurisdiccion de la provincia de Canta el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 000011 expedida por la Municipalidad Provincial de Huarochiri
ORDENANZA Nº 027-MPC Canta, 10 de octubre de 2003 VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 144-2003-A/MDSRQ de fecha 23 de setiembre del 2003, del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Quives; CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio Nº 144-2003-A/MDSRQ de fecha 23 de setiembre del 2003, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de Quives, comunica que la Municipalidad Provincial de Huarochiri al expedir la Ordenanza Municipal Nº 000011, es cercenar territorialmente toda la margen derecha de la carretera a Canta, que real, legal e historicamente le corresponde a la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, constituyendo dicho acto una evidente transgresion al estado de derecho lo que no se permitira en defensa de la poblacion distrital y en respeto a su legitimo derecho; Que la Municipalidad Provincial de Huarochiri, a traves de la Ordenanza Municipal Nº 000011, establece en su Articulo MORDAZA, Ratificar en todos sus extremos el Ordenamiento Territorial del distrito de San MORDAZA de la provincia de Huarochiri, departamento de Lima. Al respecto se debe indicar que del analisis de dicha disposicion se evidencia que dicho gobierno local lo que ha pretendido es efectuar una demarcacion territorial del distrito de San MORDAZA de la mencionada provincia, modificando y recortando en forma unilateral los limites territoriales del distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives de la provincia de Canta, que fue creado mediante Ley Nº 11726 de fecha 7 de diciembre de 1951, donde se establecen sus limites territoriales. Estos actos contravienen lo dispuesto en el numeral 7º del Articulo 102º de la Constitucion Politica del Estado que estipula que son atribuciones del Congreso de la Republica aprobar la demarcacion territorial que proponga el Poder Ejecutivo, asimismo, transgrede lo dispuesto en el Articulo 1º de la Ley Nº 27795 que estipula que el tratamiento de la demarcacion territorial es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA constitucional acotada; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades no confiere a las municipalidades provinciales la competencia de ejecutar demarcaciones territoriales de los distritos y/o provincias de nuestro MORDAZA, si bien es MORDAZA, en el Articulo 79º de la Ley Nº 27972 se encuentra regulado entre otras funciones, pronunciarse respecto a las acciones de demarcacion territorial en la provincia, sin embargo, como se reitera no faculta a dichos gobiernos locales a realizar los actos de fijacion, modificacion o recorte de limites territoriales distritales o provinciales; Que, conforme a las consideraciones expuestas y de acuerdo a lo estipulado en el numeral 8º del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 y al MORDAZA unanime de los senores Regidores, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Declarar inaplicable en la jurisdiccion de la provincia de Canta, el Articulo MORDAZA de la

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO
Incluyen en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones diversos procesos de seleccion
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 695-2003-MPI Ilo, 23 de setiembre de 2003 VISTOS: El Memorandum Nº 646-2003-GI-MPI, de la Gerencia de Inversiones referido a la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones de la Municipalidad Provincial de Ilo; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en su Articulo 7º establece que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debiendo prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, aprueba el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y en el senala que el Plan Anual de Contrataciones debera ser aprobado por el titular del Pliego; y que con el Plan Anual aprobado se efectuaran los procesos de seleccion previstos para el periodo, de conformidad con lo establecido en el Art. 14º de la Ley; Que, la Municipalidad Provincial de Ilo con Resolucion de Alcaldia Nº 001-2002-MPI; aprobo su Plan Anual de Adquisiciones, dando cuenta de ello a CONSUCODE y PROMPYME; Que, con Memorandum Nº 646-2003-GI-MPI la Gerencia de Inversiones, solicita la modificacion al Plan Anual de Adquisiciones, debido a que la Alta Direccion ha definido ejecutar obras por contrata, debiendo ser estas incorporadas en el Plan Anual de Adquisiciones; Que, el Art. 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; precisa que las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas no contenidos en el Plan Anual deberan ser aprobados por el Titular del Pliego, lo cual debera informarse a CONSUCODE dentro de los Diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Estando a las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con la aprobacion de Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion General, Gerencia de Inversiones; Gerencia de Asesoria Legal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y la Oficina de Logistica y Control Patrimonial; SE RESUELVE: Primero.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado los procesos que se senalan en el anexo adjunto. Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a CONSUCODE y PROMPYME dentro de los plazos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18774

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