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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (15/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

PÆg. 253168 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que es necesario dejar sin efecto la designación, ratifi- car y designar a los Auxiliares Coactivos de la IntendenciaRegional Junín, para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, esta- blece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese medianteConcurso Público; Que la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio- nales de la SUNAT a designar , mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas intendencias; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 194- 2002/SUNAT se designó, entre otros altos funcionarios, a quienes se desempeñarán como Intendentes Regionales a partir del 1 de enero de 2003; En uso de las facultades conferidas en las referidas Resoluciones de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 50º y 51º del Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín de la siguiente trabajadora: Nº REGISTRO APELLIDOS Y NOMBRES 1 1818 INGUNZA AGUIRRE ANA CECILIA Artículo Segundo.- Ratificar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín a la trabajadora que seindica a continuación: Nº REGISTRO APELLIDOS Y NOMBRES 1 3136 MORALES MALPARTIDA LUZMILA Artículo Tercero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín a la trabajadora que se indi- ca a continuación: Nº REGISTRO APELLIDOS Y NOMBRES 1 6235 ALIAGA LOPEZ MIRIAM DEL PILAR Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO ZÚÑIGA MORALES Intendente Regional Intendencia Regional Junín 18738 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Inician proceso administrativo a ex Pre- sidentes Ejecutivos del ex CTAR Mo-quegua GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 506-2003-GR/MOQ. 3 de octubre del 2003VISTO: El Informe N° 487-2003/DRAJ, el Informe N° 177-2003- GMZV/DRAJ/REG.MOQ., Informe N° 002-2003-CI-CR/ GRM, Informe de Auditoría N° 002-203-2-5347, Acción deControl N° 2-5347-2003-004; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902 se aprueba la Ley Orgánica de los GobiernosRegionales; Que, de la revisión de contratos suscritos con el PNUD, por los Ex-Presidentes Ejecutivos del Ex-Consejo Transi-torio de Administración Regional Moquegua (Luis Dante Zubia Cortez, Sabino Higinio Toala Espinoza, Ítalo Arturo Cubas Longa, Mario Enrique Vizcarra Cornejo), se eviden-ció la prohibición de percepción remunerativa en la cláusu- la XIII, sin embargo de la revisión de planillas de remunera- ciones, planillas de incentivos laborales y/o productividad,saldos presupuestarios, escolaridad, y otros, los mencio- nados Ex-Presidentes Ejecutivos han percibido en forma indebida retribución económica por remuneraciones, incen-tivos, Bonificaciones Especiales-Retribución Administrati- va entregas del CAFAE, no obstante que estaban prohibi- dos por Ley; Que, los contratos suscritos con PNUD, fueron mane- jados en estricta reserva a fin de beneficiarse doblemente haciendo efectivo el cobro de remuneraciones más las adi-cionales por otros conceptos; Que, con contrato N° 981942, Luis Dante Zubia Cor- tez, suscribió en su calidad de Presidente Ejecutivo delEx-CTAR Moquegua, contrato con PNUD, cuya vigen- cia era del primero (1°) de julio hasta el doce (12) de agosto de 1998, percibiendo a la vez en forma indebidaretribución económica por remuneraciones, incentivos, Bonificaciones Especiales-Administrativa entregas del CAFAE del Ex-CTAR, no obstante que estaba prohibi-do por Ley; Que, con contrato N° 982249, Sabino Higinio Toala Espinoza, suscribió en su calidad de Presidente Eje-cutivo del Ex-CTAR Moquegua en forma indebida con- trato con PNUD, cuya vigencia era del diecinueve (19) de setiembre hasta el once (11) de diciembre de 1998,percibiendo a la vez en forma indebida retribución eco- nómica por remuneraciones, incentivos, Bonificaciones Especiales-Administrativa entregas del CAFAE del Ex-CTAR, no obstante que estaba prohibido por Ley; Que, con contratos Nºs. 000351, 990196, y 990635, Ítalo Arturo Cubas Longa suscribió en su calidad dePresidente Ejecutivo del Ex-CTAR Moquegua en for- ma indebida contrato con PNUD, cuya vigencia era del catorce (14) de diciembre de 1998 hasta el treinta yuno (31) de diciembre del 2000, percibiendo a la vez en forma indebida retribución económica por remuneracio- nes, incentivos, Bonificaciones Especiales-Administra-tiva entregas del CAFAE del Ex-CTAR, no obstante que estaba prohibido por Ley; Que, con contrato N° 010242, Mario Enrique Vizcarra Cornejo, suscribió en su calidad de Presidente Ejecutivo del Ex-CTAR Moquegua, contrato con PNUD, cuya vigen- cia era del dos (2) de enero al treinta y uno (31) de julio del2001, percibiendo a la vez en forma indebida retribución económica por remuneraciones, incentivos, Bonificaciones Especiales - Retribución Administrativa entregas del CA-FAE del Ex-CTAR, no obstante que estaba prohibido por Ley; Que, de la verificación y revisión de planillas de pago por todo concepto, es decir de remuneraciones, productivi- dad y/o incentivos, racionamiento y/o bonificación espe- cial, movilidad, saldos presupuestales se determinó los si-guientes cobros irregulares: Luis Dante Zubia Cortez, cobró irregularmente por con- cepto de remuneraciones S/. 1,394.41 N.S. por Bonifica- ción Especial-Retribución Administrativa entregas del CA- FAE por S/. 6,058.50 N.S. haciendo un monto total la sumade S/. 7,452.91 (SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUEN- TA Y DOS CON 91/100 NUEVOS SOLES); Sabino Higinio Toala Espinoza, cobró irregularmente por concepto de remuneraciones S/. 2,438.26 N.S. por Bonifi- cación Especial-Retribución Administrativa entregas del CAFAE S/. 12,766.83 N.S. haciendo un monto total de S/.