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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G33/G34/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de octubre de 2003 Que, en el artículo 197º, de la Constitución Política del Perú en el primer párrafo, establece: "las Municipalidadespromueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local"; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por el inciso 6), artículos 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento Ge- neral y Obligatorio de las viviendas y establecimientos en la jurisdicción del distrito de La Perla, con motivo de cele- brarse el 43º Aniversario del distrito de La Perla, a partirdel 20 al 27 de octubre del 2003. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración Tributaria y Rentas, Dirección de Protección ySeguridad Ciudadana y la Unidad de Imagen Institucional, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Notificar a las instancias adminis- trativas y a los interesados el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 19028 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6F/G72/G2D/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G72/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 136-2003/MPFS Sullana, 10 de octubre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FRONTERIZA DE SULLANA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Sullana en Sesión Extraor- dinaria Nº 16 del día 9.10.2003; CONSIDERANDO: Que, el Inc. h) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pre-ceptúa que están exonerados de los procesos de licitación pública, concursos o adjudicación directa, según sea el caso, las contrataciones que se realicen para serviciospersonalísimos; Que, el Art. 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que de conformidad con el inciso h) delartículo 19º de la citada ley, se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídi-cas para cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares oespeciales o por su determinada calidad, profesión, cien- cia, arte y oficio, precisándose que la evaluación de las características o habilidades del locador deberá ser objeti-va y se efectuará en función de la naturaleza de las presta- ciones a su cargo; Que, el Art. 116º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado dispone que las contra- taciones y adquisiciones exoneradas de acuerdo al artícu- lo 19º de la Ley, se efectúan mediante el proceso de adjudi-cación de Menor Cuantía, siendo de aplicación lo estable-cido por el artículo 105º, agregando que la autoridad com- petente para aprobar la exoneración determinará, en cadacaso, la dependencia u órgano que se encargará de reali-zar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo almonto involucrado y a su complejidad, envergadura o so-fisticación; Que, con Informe Nº 1189-2003/MPFS-AS.J. del 26.9.2003, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica sepronuncia por la procedencia de la contratación de servi-cios personalísimos en la persona de don José LombardiPingo; Que, con Informe Nº 419-2003/MPFS del 29.9.2003, la Oficina de Administración recomienda que en aplica- ción del Art. 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,el Concejo Municipal apruebe la exoneración del proce-so de selección, para que la contratación del Sr. JoséLombardi Pingo se efectúe mediante el proceso de adju-dicación de menor cuantía; corroborado por la Dirección Municipal con Informe Nº 006-2003/MPS-GM del 30.9.2003; Que, con Informe Nº 0816-2003/MPS-OF.PyP del 6.10.2003 informa que existe cobertura presupuestal en lapartida 5.3.11.33 servicios de consultoría en la cadena fun-cional 0001 Comisión de Regidores; Que, ha quedado determinado y acreditado que a ni- vel nacional de la Región Piura don José Lombardi Pin-go, cuenta con amplia experiencia en asuntos de ges-tión y administración pública, habiendo participado a tí-tulo personal y como representante de empresas de con-sultoría y asesoramiento en procesos de reorganización administrativa y de reestructuración orgánica, así como en la formulación de documentos de gestión administra-tiva y técnico normativos de municipalidades provincia-les y distritales de las regiones de Piura y Tumbes, asícomo expositor en eventos de capacitación, hecho quepuede garantizar un servicio efectivo y especializado de asesoramiento a la Comisión Especial de Reorganiza- ción y Reestructuración, dentro del proceso de emer-gencia administrativa y financiera a que ha sido someti-da la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana enaplicación de lo establecido por la Vigésima DisposiciónComplementaria de la Ley Nº 27972, que aprueba la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, careciendo de objeto en este sentido llevar el proceso de seleccióncorrespondiente; Que, el presente caso ha sido visto por la Asamblea Municipal, en Sesión Extraordinaria de fecha 9.10.2003;en la que por mayoría de 9; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del Proce- so de Selección y Adjudicación Directa con publicación lacontratación de los servicios personalísimos de don José Elocadio Lombardi Pingo dirigido al proceso de Reorgani- zación Orgánica y Reestructuración Administrativa de laMunicipalidad Provincial Fronteriza de Sullana. Artículo Segundo.- Autorizar al Sr. Alcalde de la Mu- nicipalidad Provincial Fronteriza de Sullana la contrata-ción de los servicios personalísimos señalado en el artí- culo precedente, mediante el procedimiento de adjudi- cación de menor cuantía hasta por un valor de S/.30,000.00, de conformidad con lo dispuesto en el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, su Reglamento y Normas Complemen-tarias. Artículo Tercero.- Afectar el egreso que origine el cum- plimiento del presente Acuerdo a las asignaciones especí-ficas del gasto correspondiente del Presupuesto Anual 2003de la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana. Artículo Cuarto.- Comunicar el presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los 10 días calendario siguiente a la fecha de su aproba-ción, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ISAÍAS A. VÁSQUEZ MORÁN Alcalde 18984