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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G33/G34/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de octubre de 2003 SUNAT /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G45/G46 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 190-2003/SUNAT Lima, 17 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 085-2003-EF se establece la obligación de los propietarios de predios de presentar anualmente ante la SUNAT la Declaración de Predios indicando aquellos que se encuentren en su patri-monio al 31 de diciembre de cada año, así como informa- ción relativa a dichos predios; Que, el mencionado Decreto Supremo faculta a la SUNAT a establecer el valor de los predios a partir del cual existe la obligación de declarar, el valor de los predios ubicados fuera del país, la información que debe contener la declaración, losmedios, condiciones, forma, plazos y lugares para presentar- la, así como otras normas complementarias que resulten ne- cesarias para la mejor aplicación de dicho Decreto; Que, por otra parte, el artículo 88º del Texto Único Or- denado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el De- creto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, fa-culta a la Administración Tributaria a establecer para deter- minados deudores la obligación de presentar la declara- ción tributaria por transferencia electrónica, según las con-diciones que se señalen para tal efecto; Que, el artículo 2º de la Resolución de Superintenden- cia Nº 109-2000/SUNAT y modificatorias, establece que losdeudores tributarios pueden presentar declaraciones infor- mativas a través de Internet mediante el sistema SUNAT Operaciones en Línea; Que, resulta necesario dictar las normas complemen- tarias para la mejor aplicación del Decreto Supremo Nº 085- 2003-EF; En uso de las facultades conferidas por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501, el artículo 88º del TUO del Código Tributario, los artículos 3º, 4º, 5º y 7º del DecretoSupremo Nº 085-2003-EF y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobadopor Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébanse las normas complementarias para la presentación de la Declaración de Predios, regula-da por el Decreto Supremo Nº 085-2003-EF.Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE PREDIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Resolución, se entenderá por: a. Declaración de :A la declaración regulada por el De- Predios creto Supremo Nº 085-2003-EF. b. Sujetos Obligados :A los Sujetos Obligados a presentar la Declaración de Predios compren- didos en el artículo 3º de la presenteResolución. c. Ley de Tributación :Al Decreto Legislativo Nº 776 y nor- Municipal mas modificatorias. d. Predios :A los predios urbanos y rústicos a que se refiere el artículo 8º de la Ley de Tributación Municipal.Comprende los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, los ríos y otros espejos de agua, así comolas edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan par- tes integrantes de dichos predios,que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edifi- cación. e. UIT :A la Unidad Impositiva Tributaria vi- gente al 1 de enero del año por el que se efectúa la Declaración de Predios. f. SUNAT :A la Super intendencia Nacional de Administración Tributaria. g. Dependencias de :A la Intendencia de Principales Con- la SUNAT tribu yentes Nacionales, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales, se- gún corresponda. h. Centros de Servi- :A los centros habilitados por la SU- cios al Contribu- NAT para efectuar los trámites a que yente se refiere el artículo 1º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 086- 2001/SUNAT. i. SUNAT Virtual :Al Portal de la SUNAT en Internet, cuya dirección electrónica es: http:// www.sunat.gob.pe.PROCESOS DE SELECCIÓN QUE SE EXCLUYEN : Nº TIPO OBJETO CIIU SÍNTESIS DE FECHA MO- VALOR UNIDAD CAN- FUENTE NIVEL DE Ubigeo OBSER- REF. DE ESPECIFICACIONES PROB. NE- ESTIMADO MEDIDA TIDAD DE DESCENTRA- VACIONES PRO- TÉCNICAS CONV. DA FINANC. LIZACIÓN Y Depar t. Prov. Dist. CESO DESCON- CENTRACIÓN 1 8 Servicio 6603 Programa de Seguros Julio Soles 87.500,00 5 1 09 ORGANO DESCON- 15 01 13 1.9.2003/ Patrimoniales 2003 CENTRADO RPU 1 .9.2004 TOTAL Soles 87.500,00 CÓD. TIPOS DE PROCESOS CÓD. TIPOS DE PROCESOS 1 LICITACIÓN PÚBLICA 6 CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL 2 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 7 ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA 3 LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL 8 ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA4 CONCURSO PÚBLICO 9 ADJUDICACIÓN MENOR CUANTÍA 5 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL 18980