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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (30/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de octubre de 2003 "A partir del 1 de enero de 2004 la obligación de efec- tuar el depósito de la detracción a que se refiere el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 917 modificado por la Ley Nº 27877, se aplicará a todo retiro de arroz o maíz amarilloduro de las instalaciones del proveedor, de acuerdo a las disposiciones establecidas por la SUNAT, aún cuando la operación de venta correspondiente se hubiera efectuadohasta el 31 de diciembre de 2003." Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 19930 /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G2D /G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G43/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 197-2003/SUNAT Lima, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que el artículo 88º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias señala que la declara- ción tributaria es la manifestación de hechos comunicadosa la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o nor- ma de rango similar; Que por su parte, el artículo 29º del Código antes cita- do establece que el pago se efectuará en la forma que se- ñala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta deéstos, la Resolución de la Administración Tributaria, espe- cificando asimismo que al lugar fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Con-tribuyentes no le será oponible el domicilio fiscal; Que de otro lado, según el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y normas modifica-torias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes efectuarán la declaración y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en laUnidad de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que es de interés fiscal incorporar nuevos contribu- yentes al directorio de la Intendencia de Principales Con- tribuyentes Nacionales; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29º y 88º del TUO del Código Tributario, los artículos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorpórase al directorio de la Intenden- cia de Principales Contribuyentes Nacionales a los contri-buyentes señalados en el anexo de la presente resolución, los mismos que deberán cumplir con sus obligaciones for- males y sustanciales, iniciar procedimientos contenciososy no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en la sede central de la Inten-dencia de Principales Contribuyentes Nacionales, ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado, pro- vincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La SUNAT notificará el contenido de la presente resolución a los contribuyentes señalados en el anexo. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir del 1 de noviembre de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente NacionalANEXO RUC Nombre o Razón Social 20216502931 ING. INTERNATIONAL PERU S.A. 20334461875 TELEDISTRIBUCION S.A. 20471786811 VI AJES FALABELLA S.A. 20501842771 LA FIDUCIARIA S.A. 20502560574 PRENSA POPULAR S.A.C. 20504115080 INTERNA TIONAL LOTTO CORP .S.R.L. 20504986978 TRA CTEBEL PERU S.A. 20505116772 TIENDA DEPARTAMENTAL LOS OLIVOS S.A. 20505700962 LIMA TEX SOCIEDAD ANONIMA 20506098476 PLURAL TV S.A.C. 20506228515 COMPAÑIA CERVECERA AMBEV PERU S.A.C. 20506342563 PERU LNG S.R.L. 20506395179 MO LINOS DEL PERU S.A.C 20506598878 CONSORCIO GYM-SKANSKA 19933 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 198-2003/SUNAT Lima, 29 de octubre de 2003CONSIDERANDO: Que el Artículo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su nu-meral 1º que cada entidad debe designar fedatarios instituciona- les adscritos a sus unidades de recepción documental, en núme- ro proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y auten- ticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas parasu empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los docu- mentos o el administrado desea agregados como prueba; Que mediante Resolución de Intendencia Nº 188-2002/ SUNAT, se aprobó la relación de Fedatarios de la entonces Gerencia de Recursos Humanos de la Intendencia Nacio-nal de Administración; Que el Artículo 16º del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, establece la actual estructura orgánica de la institu- ción, dentro de la cual se encuentra como órgano de soporte de la institución la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; Que habiéndose producido cambios en la estructura or- ganizacional de la SUNAT y rotaciones de personal, es nece- sario dejar sin efecto la relación de fedatarios de la Gerenciade Recursos Humanos y designar fedatarios administrativos en la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar como Fedatarios Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, por el período de dos (2) años prorrogables, a los siguientes trabajadores: Sra. Diana Silvia Córdova Alfaro Sra. Katia Chappell BocanegraSra. Eliana Vyannei Verano Collantes Sr. Rene Augusto Talavera Flores Sr. Marco Antonio Reyes Navarrete Artículo 2º.- Dejar sin efecto la relación de Fedatarios aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 188-2002/SUNAT. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 19934