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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (30/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de octubre de 2003 Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión del presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancio- nado en el artículo 428º del Código Penal vigente, al haberinsertado declaraciones falsas con la finalidad de obtener el Documento Nacional de identidad; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres-pondan en defensa de los intereses del Estado y del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil contra JOSÉ ANTONIO LONG SÁNCHEZ o LUNG SID FUN o LONGXUEFANG Y QUIENES RESULTEN RESPONSABLES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y repre-sentación de los intereses del Estado interponga las ac- ciones legales que correspondan contra JOSÉ ANTONIO LONG SÁNCHEZ o LUNG SID FUN o LONG XUEFANG YQUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Regis-tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19928 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 485-2003-JEF/RENIEC Lima, 16 de octubre de 2003Visto, el Informe Nº 705-2003/GP/DP/ADRIA/RENIEC, y el Informe Nº 685 -2003-GAJ/RENIEC, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 6 de octubre del 2003. CONSIDERANDO: Que, el Área de Depuración e Investigación Adminis- trativa del Registro Nacional de Identificación y Estado Ci- vil, en su labor fiscalizadora ha detectado que el ciudada- no CARLOS MANUEL MIRANDA CÓRDOVA, con fecha 4de julio del 2003, solicita su inscripción en el Registro Úni- co de Identificación de Personas Naturales, mediante For- mulario de Identidad Nº 17265634, adjuntando como sus-tento el Acta de Nacimiento Nº 266 emitido por el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Piura, y la Libreta Militar Nº 9800228965, registrándose en amboscasos como fecha de nacimiento el 28 de diciembre de 1981; Que, por Oficio Nº 434-2003-MPP-J/REG.CIV. de fe- cha 11 de agosto del 2003, el Jefe de los Registros Civiles de la Municipalidad de Piura, informa que la inscripción del ciudadano CARLOS MANUEL MIRANDA CÓRDOVA, seencuentra registrada en el Libro de Nacimientos Folio 266, consignándose como fecha de nacimiento el 3 de enero de 1980, constatándose que el documento presentado ante elRegistro corresponde a un documento fraguado que con- tiene alterada la fecha de nacimiento. Asimismo, en el Ar- chivo de la Oficina de los Registros Civiles se ha verificadoque el número de Folio Nº 266 del año 1981 de la Partida adulterada corresponde a otra persona; Que, el comportamiento realizado por el ciudadano CARLOS MANUEL MIRANDA CÓRDOVA al haber presen- tado documento falsificado como si fuese legítimo, preten- diendo insertar datos falsos a efectos de realizar la inscrip-ción ante el Registro, constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la mo- dalidad de Falsificación de Documentos (Falsedad Impro-pia o de Uso) y Falsedad Ideológica, previsto y sancionado en los artículos 427º y 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de losasuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Re-gistro Nacional de Identificación y Estado Civil contra CAR- LOS MANUEL MIRANDA CÓRDOVA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y repre- sentación de los intereses del Estado interponga las ac- ciones legales que correspondan contra CARLOS MANUELMIRANDA CÓRDOVA, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsificación de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideológica, enagravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19929 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G63/G65/G72/G74/GE1/G6D/G65/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G73 /G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G66/G6F/G72/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G79 /GC9/G74/G69/G63/G61/G2C/G20/G43/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G54/G65/G72/G72/G6F/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G74/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G2C/G20/G65/G6E/G20/G48/G75/G61/G2D/G6D/G61/G6E/G67/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1619-2003-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2003 VISTO y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 614-2003-MP- FN-EMP cursado por el doctor G. Dennis Chávez de Paz, Director (e) de la Escuela del Ministerio Público, mediante el cual emite opinión favorable para que se autorice la rea-lización de la conferencia "REFORMAS DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN MARCHA: Desafíos y Perspectivas para nuestra Región" a desarrollarse en la ciudad de Huaman-ga, el día 31 de octubre de 2003; así como del seminario "ÉTICA, CORRUPCIÓN, TERRORISMO Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS", que se realizará en laciudad de Huamanga, el 29 de noviembre de 2003, ambos eventos son organizados conjuntamente por la Fiscalía Superior Decana de Ayacucho, la Presidencia de la CorteSuperior de Justicia de Ayacucho, El Colegio de Abogados de Ayacucho y el Consorcio Justicia Viva, con la participa- ción de los Fiscales Superiores y Provinciales, Médicos dela División Médico Legal de Ayacucho, y personal adminis- trativo de la Sede del Ministerio Público del Distrito Judicial de Ayacucho; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Minis- terio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la realización de la confe- rencia "REFORMAS DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN MARCHA: Desafíos y Perspectivas para nuestra Región" a desarrollarse en la ciudad de Huamanga, el día 31 deoctubre de 2003; así como el Seminario "ÉTICA, CORRUP- CIÓN, TERRORISMO Y PROTECCIÓN DE LOS DERE- CHOS HUMANOS", que se realizará en la misma ciudad,del 26 al 29 de noviembre de 2003.