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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (30/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de octubre de 2003 OSIPTEL /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G2D /G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 421-2003-GG/OSIPTEL Lima, 27 de octubre de 2003 EXPEDIENTE Nº 00005-2003-GAF/PAA MATERIA PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES VISTO:El Memorando GF-333/2003, de fecha 9 de octubre de 2003 de la Gerencia de Fitel. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 034-GG-2003/OSIPTEL de fecha 4 de febrero de 2003, la máxima autoridad admi- nistrativa aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones del Organismo Supervisor de Inversión Privadaen Telecomunicaciones - OSIPTEL, para el ejercicio pre-supuestal 2003; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las inclusiones y exclusiones de los procesos de selección en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones deberán ser aprobados porel Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad y serán comunicadas a la Comisión de la Promociónde la Pequeña y Microempresa - PROMPYME dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 88º y 89º del Reglamento de OSIPTEL, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 008-2001-PCM, la Gerencia General es el ór-gano ejecutivo responsable de la marcha administrativa dela Institución y de la ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo y del Presidente de OSIPTEL; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de OSIPTEL, para el ejercicio presupuestal 2003, nose ha incluido el proceso de selección que corresponde ala Adjudicación Directa Selectiva para la contratación deconsultoría para el diseño e implementación de aplicaciones específicas para el Sistema Integrado de Soporte.debido a que se tenía previsto realizar un mantenimiento anual delas aplicaciones existentes, lo cual implicaba un montomenor al requerido actualmente; Que, es necesario incluir en el Plan Anual de Adquisicio- nes 2003 la Adjudicación Directa Selectiva para la contrata- ción de consultoría para el diseño e implementación de apli- caciones específicas para el Sistema Integrado de Soporte; Con la opinión favorable de la Gerencia de FITEL, Ge- rencia Legal y la Gerencia de Administración y Finanzas; SE RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar la inclusión del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva "Contratación de una em-presa de consultoría para el diseño e implementación deaplicaciones específicas para el Sistema Integrado de So-porte" en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Teleco- municaciones - OSIPTEL correspondiente al ejercicio pre-supuestal 2003. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas la implementación del proceso deselección que se incluye en el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de OSIPTEL para el ejercicio pre- supuestal 2003, así como la afectación de los montosprogramados y la ejecución del gasto correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, dentro de los diez (10) días hábiles siguien-tes a su emisión, comunique al Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, la inclu- sión de los procesos a través de los mecanismos contempla-dos en el numeral 7 de las Disposiciones específicas de laDirectiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y a la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA RUIZ V. DE ALONSO Gerente General 19841 SUNAT /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65 /G50/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G2D/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G20/G4C/G65/G67/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G39/G31/G37/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G6F/G7A/G20/G79/G20/G6D/G61/GED/G7A/G20/G61/G6D/G61/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G75/G72/G6F SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 196-2003/SUNAT Lima, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 917, modificado por la Ley Nº 27877, estableció un Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT), por el cual los sujetos obligados deberán detraer del precio de venta debienes o prestación de servicios gravados con el Impuesto General a las Ventas, un porcentaje cuyo monto máximo fue fijado en 15.25% por el Decreto Supremo Nº 033-2003-EF; Que según el artículo 3º del citado Decreto Legislativo, la SUNAT designará los sectores económicos, bienes o servicios a los que resultará de aplicación el referido siste-ma de pago, así como el porcentaje aplicable a cada sec- tor económico, bien o servicio designado, y lo relativo a la forma de acreditación, exclusiones y procedimiento pararealizar la detracción, entre otros aspectos; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 058-2002/SUNAT y normas modificatorias, se reguló laaplicación del SPOT a la venta de arroz y maíz amarillo duro, entre otros bienes, fijándose un porcentaje de detrac- ción de diez por ciento (10%) del precio de venta; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 109- 2003/SUNAT se suspendió la aplicación del SPOT a la venta de arroz y maíz amarillo duro hasta el 31 de agosto de 2003,la cual ha sido prorrogada por la Resolución de Superinten- dencia Nº 164-2003/ SUNAT hasta el 31 de octubre de 2003; Que resulta conveniente prorrogar dicha suspensión hasta el 31 de diciembre de 2003; Estando a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto Le- gislativo Nº 917 y modificatoria, y el inciso q) del Artículo 19ºdel Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- PRÓRROGA DE LA SUSPENSIÓN DEL SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2003 la suspen- sión de la aplicación del Sistema de Pago de ObligacionesTributarias con el Gobierno Central, creado por el Decreto Legislativo Nº 917 y modificado por la Ley Nº 27877, a la venta de arroz y maíz amarillo duro, establecida por la Re-solución de Superintendencia Nº 109-2003/SUNAT. Artículo 2º.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN FINAL Única.- MODIFICACIÓN DE LA ÚNICA DISPOSICIÓN FINAL DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 109-2003/SUNAT Sustitúyase la Única Disposición Final de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 109-2003/SUNAT y norma modificatoria, por el siguiente texto: