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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (08/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

PÆg. 251005 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de setiembre de 2003 Que el Informe Técnico Nº 055-2003-AG-SENASA- DGSA-DDZ del 2 de septiembre del 2003, recomienda rei-niciar la importación de carne deshuesada de bovino pro-cedente de frigoríficos en el departamento de Santa Cruz de la Sierra, siempre que cumplan con las condiciones con las que inicialmente fueron autorizadas, al no presen-tar riesgo de transmisión del virus de la fiebre aftosa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organización y Funciones delServicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA, y por el De- creto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento de Importa- ción y Exportación de Animales, Productos y Subproductosde Origen Animal; y con las visaciones de los Directores Ge-nerales de Sanidad Animal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la emisión de Permisos Zoosani- tarios de Importación para carne deshuesada de bovino, le-che y productos lácteos procedentes de las empresas auto-rizadas por el SENASA y SENASAG, en el departamento de Santa Cruz de la Sierra y para cueros o pieles piquelados, al cromo, al azul en estado wet blue o crust, lanas, fibras ypelos lavados y desgrasados de Bolivia. Artículo 2º.- Autorizar el internamiento al país de los productos mencionados en el artículo precedente, siem-pre que cumplan con los requisitos sanitarios estableci- dos en el anexo de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrará en vigencia en lafecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR DOMÍNGUEZ FALCÓN Director General 16585 Designan Director General de Proyec- ción y Servicios Agrarios del INIA INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 047-2003-INIA Lima, 4 de setiembre de 2003 VISTOS: La Resolución Ejecutiva Nº 016-2003-INIA, de 9 de ju- lio de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el cargo de Director General de Proyección y Ser- vicios Agrarios del Instituto Nacional de Investigación Agra-ria - INIA - es un cargo de confianza que a la fecha se encuentra vacante; Que, es necesario efectuar la designación del funcio- nario que se haga cargo de dicha Dirección General; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, el Artícu-lo 3º de la Ley Nº 27594 -Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Fun- cionarios Públicos- y, lo dispuesto por el Artículo 11º delReglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Investigación Agraria - INIA - aprobado por el De-creto Supremo Nº 020-2003-AG, publicado en el Diario Ofi-cial El Peruano con fecha 2 de junio de 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al ingeniero MSc. Christian Ro- berto Door Remotti, en el cargo de Director General de Proyección y Servicios Agrarios del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, a partir de la fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO SALAS VINATEA Director ejecutivo 16606MINCETUR Autorizan inscripción y registro de memorias de sólo lectura solicitadas por Bally Gaming Inc. y Sport Bets S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 727-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 3 de setiembre del 2003 Visto, el Expediente Nº 000797-2003-MINCETUR, de fecha 16.7.2003, presentado por la empresa Bally GamingInc, en el que solicita autorización y registro de memoriasde sólo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-bleciéndose en el artículo 11º que los programas de jue-go cuya explotación es permitida en el país son aquéllosque cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la información y documentación que deben pre-sentar los interesados en obtener la autorización y regis-tro de las memorias de sólo lectura que integran los pro-gramas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento señala que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego debe-rán someterse con anterioridad a su autorización y registroa un examen técnico ante una Entidad Autorizada, la cualexpedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará queel modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos esta- blecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200306-29 y 200306-31, de fecha23.6.2003, 200306.06, 200306-40, 200306-41, 200306-42 y 200306-37 de fecha 30.6.2003 , expedidos por el La- boratorio de Certificación de la Universidad Católica del Perú, así como de las memorias de sólo lectura, se ad-vierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el ar-tículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,registrando los programas principales y de personalidadun porcentaje de retorno al público no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párra- fo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MIN-CETUR, sólo podrán ser materia de Autorización y Regis-tro las memorias de sólo lectura que contengan los pro-gramas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Su- premo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinadoen los Informes Técnico Nº 061-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 457-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la inscripción y registro de vein- te (20) memorias de sólo lectura solicitadas por la empre- sa Bally Gaming Inc., fabricadas por la misma empresa solicitante (EE.UU.), según el siguiente detalle: Nº Registro Código de Memoria 1 A0004798 E796011X-05 U18 (U18) 2 A0004799 E796011X-05 U20 (U20) 3 A0004800 E796111X-05 U18 (U18) 4 A0004801 E796111X-05 U20 (U20) 5 A0004802 E796311X-05 U18 (U18) 6 A0004803 E796311X-05 U20 (U20) 7 A0004804 E789911X-05 U18 (U18) 8 A0004805 E789911X-05 U20 (U20) 9 A0004806 E806111X-05 U18 (U18) 10 A0004807 E806111X-05 U20 (U20) 11 A0004808 E800711X-05 U18 (U18) 12 A0004809 E800711X-05 U20 (U20) 13 A0004810 E800811X-05 U18 (U18)