Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2003 (09/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de setiembre de 2003

proteinico en la localidad de Bayovar del distrito de Sechura, departamento de MORDAZA y a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. para que en su condicion de asociante ejecute la restante capacidad proyectada referida a 50 t/h de procesamiento de harina de pescado, de alto contenido proteinico en la localidad de MORDAZA Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita departamento de Piura; Que los recurrentes fundamentan su solicitud, en los contratos de Asociacion en Participacion celebrados entre EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.AC. y PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. como asociantes y RECURSOS PESQUEROS S.A.C. como asociada, mediante los cuales han acordado llevar adelante la implementacion y consiguientemente la explotacion por cada una de las empresas asociantes, de una planta de procesamiento con una capacidad proyectada de 50 t/h de harina de pescado de alto contenido proteinico; Que asimismo argumentan que no existe MORDAZA pesquera que prohiba o impida modificar el lugar y la forma de ejecucion de la autorizacion de instalacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 693-97-PE y en la Resolucion Directoral Nº 149-2003-PRODUCE/DNEPP, que contienen actos administrativos firmes e irrevocables; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, asi como con la MORDAZA de los Certificados de Estudio de Impacto Ambiental con calificacion favorable y con lo dispuesto en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 2422003-PE, por lo que procede conceder lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 346-2003-PRODUCE/DNEPP-chi y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el articulo 107º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolucion Ministerial Nº 242-2003-PRODUCE y el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolucion Ministerial Nº 071-2001PE; y En uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE y el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. para que en su condicion de asociante, ejecute la instalacion de 50 t/h de capacidad de procesamiento correspondiente a la autorizacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 693-97-PE, Resolucion Directoral Nº 128-2002-PRODUCE/DNEPP y en la Resolucion Directoral Nº 149-2003-PRODUCE/DNEPP, mediante el incremento de la capacidad instalada autorizada por Resolucion Directoral Nº 237-98-PE/DNPP modificada por Resolucion Directoral Nº 246-2001-PE/DNEPP de 20 t/h a 70 t/h, para el procesamiento de harina de pescado de alto contenido proteinico en la Caleta Puerto Rico-Bayovar del distrito de Sechura, departamento de Piura. Articulo 2º.- Autorizar a la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. a instalar una planta de enlatados con una capacidad de 2000 cajas/turno en el establecimiento industrial pesquero mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar a la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. a instalar una planta de congelados con una capacidad de 15 toneladas/dia en el establecimiento industrial pesquero mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Autorizar a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. en su condicion de asociante a ejecutar la instalacion de la restante capacidad instalada de 50 t/h de la autorizacion contenida en la Resolucion Ministerial Nº 693-97-PE, Resolucion Directoral Nº 128-2002-PRODUCE/DNEPP y en la Resolucion Directoral Nº 149-2003-PRODUCE/DNEPP para el procesamiento de harina de pescado de alto contenido proteinico en el Sub Lote A, MORDAZA Industrial III, MORDAZA Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita departamento de Piura. Articulo 5º.- Autorizar a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. a instalar una planta de enlatados con una capacidad de 3000 cajas/turno en el establecimiento industrial pesquero mencionado en el articulo 4º de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Las autorizaciones contenidas en los articulos precedentes que se otorgan por excepcion para el

desarrollo de actividades de consumo humano indirecto, comprenden parte de proyectos de inversion pesquera que propician la industrializacion del recurso atun y especies afines, para tal efecto los titulares de las autorizaciones implementaran una infraestructura de desembarque y almacenes en frio de 2000 toneladas minimo, cada uno de ellos. Articulo 7º.- Las autorizaciones contenidas en los articulos precedentes deberan ejecutarse dentro del plazo de un ano renovable por una sola vez y por periodo igual siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al 50% del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. Articulo 8º.- Las correspondientes licencias de operacion deberan solicitarse dentro de un plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de las autorizaciones o de la fecha de vencimiento de su renovacion de ser el caso bajo sancion de caducidad de pleno derecho de las citadas autorizaciones sin que sea necesario para ello notificacion de parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo el otorgamiento de las licencias para consumo humano indirecto estaran condicionadas al previo otorgamiento de las licencias para operacion de las plantas de consumo humano directo y de la total implementacion de los proyectos de inversion pesquera que propicien la industrializacion del recurso atun y especies afines. Articulo 9º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos precedentes sera causal de caducidad de las autorizaciones concedidas por la presente Resolucion o de la aplicacion de las sanciones que correspondan, de ser el caso. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia y a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 16710

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican resolucion que creo la Comision encargada de identificar necesidades de servicios de telefonia, datos e internet de empresas bajo el ambito del FONAFE y entidades del Poder Ejecutivo
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2003-MTC
MORDAZA, 8 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 010-2003-MTC, se crea la Comision encargada de identificar las necesidades de servicios de comunicaciones de telefonia, datos, internet y la infraestructura asociada existente de las entidades que integran el Poder Ejecutivo, asi como de proponer la estrategia a seguir para la contratacion corporativa de dichos servicios, con la finalidad de obtener mejores condiciones en su contratacion, aprovechando las economias de escala; Que, dicha Comision esta conformada por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien la preside, un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, un representante del Ministerio de Economia y Finanzas y un representante del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones viene apoyando activamente las labores de la referida Comision, por lo cual resulta conveniente formalizar su participacion en la misma; Que, asimismo, en tanto la labor de la citada Comision debe comprender la evaluacion de las necesidades de comunicaciones de las empresas del Estado y demas entidades del Poder Ejecutivo, es necesario incluir un representante del Fondo Nacional de Financiamiento de la Activi-

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