NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/09/2003)
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PÆg. 251045 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de setiembre de 2003 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Modifican Ordenanza N” 110-2001- MDSL que reguló obligatoriedad delcarnØ de salud en el distrito ORDENANZA Nº 0014-2003-MDSL San Luis, 3 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de agosto de 2003 aprobó, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA Nº 110-2001-MDSL QUE REGULA LA OBLIGATORIEDAD DEL CARNÉ DE SALUD EN EL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza que modifica el artículo segundo de la Ordenanza Nº 110-2001-MDSL, queregula la obligatoriedad del carné de salud en el distrito deSan Luis en el extremo que dice: están obligados a recabarel carné de salud semestralmente (6 meses) por: estánobligados a recabar el carné de salud anualmente (12 me-ses) contados a partir de su expedición. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General, Gerencia de Servicios Municipales y Gerencia de Finan-zas el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 16699 Aprueban Reglamento que regula funcionamiento de Cabinas Pœblicas de Internet en el distrito ORDENANZA Nº 0015-2003-MDSL San Luis, 3 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de agosto de 2003; CONSIDERANDO: Que, el Internet se ha constituido en los últimos años en una herramienta valiosa para ampliar los conoci-mientos y enriquecer la visión del mundo de sus usua-rios y particularmente de los niños y adolescentes; sinembargo también se ha convertido en un peligro para losmenores de edad, quienes a través de las cabinas públi-cas pueden ingresar a numerosas páginas pornográficasofertadas en la red, sin ningún tipo de restricción o reci-bir este material a través de sus correos o el chat, sinque ellos lo soliciten; Que, la atención del problema demanda la ejecución inmediata de medidas concretas a fin de proteger a nues-tros niños y adolescentes de este material obsceno quedaña su integridad moral y su desarrollo psicológico. Di- chas medidas deben ser desarrolladas por los tres (3) es-tamentos principales en la formación del niño y del adoles-cente: El hogar, la escuela y la autoridad competente, eneste caso la Municipalidad Distrital de San Luis; Que, en atención a lo expuesto se hace necesaria la regulación del funcionamiento de las cabinas de Internet através de la expedición de un dispositivo que no sólo nor-me su funcionamiento sino que establezca sanciones ejem-plares a quienes transgredan las mismas y atenten contrala seguridad de los niños y adolescentes; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 84º, inciso 2), numerales 2.4, 2.8 y 2.9 estable-ce como función específica de la Municipalidad el promover eldesarrollo integral de la niñez y el adolescente para lograr elbienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual; Que, la Ley Nº 27337 - Código de Niños y Adolescen- tes, en su artículo 4º señala que el niño y el adolescentetienen derecho a que se respete su integridad moral, psí-quica, física y a su libre desarrollo y bienestar; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 39º, 49º, 79º inciso 3.6.4) de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y acorde a laLey Nº 27337 - Código de Niños y Adolescentes, con dis-pensa del trámite de aprobación del acta; se aprobó porunanimidad la siguiente: ORDENANZA APRUEBAN REGLAMENTO QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS CABINAS PÚBLICAS DE INTERNET EN EL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regu- la el funcionamiento de las Cabinas Públicas de Internet enel distrito de San Luis, que consta de nueve artículos, la mis-ma que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Ser- vicios Municipales, División de Educación, División de DE-MUNA y Participación Vecinal y Gerencia de Finanzas, elcumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza ya la Oficina de Imagen Institucional su difusión. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 16700 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el aæo 2003 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000523 Callao, 27 de agosto de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Memo Nº 1840-A-2003-MPC-OGA de la Ofi- cina General de Administración de fecha 25 de agosto de2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000017 de fecha 10/1/2003 se aprueba el Plan Anual de Adquisicio-