NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 20
TEXTO PAGINA: 7
PÆg. 251033 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de setiembre de 2003 Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o termino del nombramiento,sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El Citado Personal Superior, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos adua-neros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente resolución Suprema será re- frendada por la Presidencia del Consejo de Ministros y elMinistro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 16661 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan contratar servicio de sopor- te y actualización de licencias Oracle mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2003-EF/43 Lima, 5 de setiembre de 2003 VISTOS:Los Oficios Nºs. 063 y 093-2003-EF/42.01 de la Oficina General de Informática y Estadística y el Informe Nº 1288-2003-EF/60 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, que susten-tan la configuración cuando los servicios no admiten sustitu-tos, prevista en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asícomo la consiguiente exoneración del Proceso de ConcursoPúblico para la Contratación del Servicio de Soporte y Actualiza-ción de Licencias Oracle, la misma que deberá ser realizadamediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; CONSIDERANDO:Que, en el marco del proceso de automatización y mo- dernización tecnológica, el Ministerio de Economía y Fi-nanzas, ha desarrollado sistemas bajo un esquema de basede datos uniforme, principalmente en Sistemas OperativosUníx y Base de Datos Relacional Oracle, que son produc-tos bastante escalables, seguros y confiables, por lo quelos principales sistemas de información que maneja esteMinisterio como son los módulos de formulación, asigna-ción trimestral, calendarización del compromiso y evalua-ción presupuestal de la Dirección Nacional de Presupues-to Público, el sistema de administración de deuda que in-cluye el registro de préstamos, control de los desembol-sos, amortizaciones y programación de las obligaciones dela Dirección General de Crédito Público, y la informaciónque utiliza el Sistema Integrado de Administración Finan-ciera del Sector Público (SIAF-SP) de la Dirección Generaldel Tesoro Público, son considerados de "misión crítica" porcuanto su no operatividad compromete en forma directa einminente la continuidad de servicios esenciales; Que, en atención a lo señalado en el considerando pre- cedente se requiere contar con un servicio de soporte téc-nico adecuado que brinde la asesoría y herramientas ne-cesarias para superar los problemas en caso de fallas, lasmismas que al no ser detectadas a tiempo podrían ocasio-nar la suspensión del servicio, tiempo que medido en pro-ductividad significarían un alto costo no sólo para el Minis-terio de Economía y Finanzas sino también para las enti-dades que utilizan los sistemas, asimismo mediante el ser-vicio de actualización de las licencias se puede disponerde versiones mejoradas de los productos Oracle;Que, la contratación del Servicio de Soporte y la Actua- lización de Licencias Oracle, sólo es posible obtenerlo dela Empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., único provee-dor autorizado por Oracle Corporation, para licenciar pro-ductos Oracle en el Perú, configurándose de esta manerala causal de los servicios que no admiten sustitutos; Que, de acuerdo con el inciso f) del artículo 19º del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, están exonerados delos procesos de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa, según sea el caso, las adquisicionesy contrataciones que se realicen cuando los bienes o ser-vicios no admiten sustitutos; Que, el artículo 20º de la citada norma legal establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del pro-ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, se realizarán mediante el procedimiento deAdjudicación de Menor Cuantía y se aprobarán medianteResolución del Titular del Pliego; Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Ad- ministración mediante Memorando Nº 600-2003-EF/43.60,informa que se cuenta con el financiamiento necesario parallevar a cabo el indicado proceso de selección; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar, la contratación del Servicio de Soporte y la Actualización de Licencias Oracle, como ser-vicios que no admiten sustitutos, de conformidad con elinciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo 2º.- Exonerar, al Ministerio de Economía y Fi- nanzas del Proceso de Concurso Público para la Contrata-ción del Servicio de Soporte y la Actualización de Licen-cias Oracle, por las razones expuestas en la parte consi-derativa de la presente Resolución Ministerial, disponien-do que la misma sea realizada mediante el Proceso deAdjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren los artículos precedentes serán realizados por la Oficina Ge-neral de Administración, hasta por la suma de S/. 240 261,80(DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESEN-TA Y UNO Y 80/100 NUEVOS SOLES) incluido el IGV, concargo al Presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Econo-mía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2003. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial así como los Oficios Nºs. 063 y 093-2003-EF/42.01 de la Ofici-na General de Informática y Estadística y el Informe Nº1288-2003-EF/60 de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca, serán de conocimiento de la Contraloría General de laRepública dentro de los diez (10) días naturales siguientesa la fecha de aprobación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 16662 Autorizan a procurador interponer acciones judiciales contra la empresa Radio Continental S.A. para el pago de deuda RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 449-2003-EF/10 Lima, 5 de setiembre de 2003 Visto el Informe Nº 99-2002-EF/75.22, de fecha 5 de julio de 2002, remitido por la Dirección General de CréditoPúblico del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Minuta de Consolidación de la Deuda suscrita con los Acreedores pertenecientes al Club