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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 251038 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de setiembre de 2003 Fuente de Financiamiento 09 : Recursos Directamente Recaudados 182 595,00 13 : Donaciones y Transferencias 3 033,0014 : Recursos por Privatización y Concesiones 1 818 337,00 ========== TOTAL 2 003 965,00 ========== A SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 459 : Gobierno Regional San Martín 2 003 965,00 Unidad Ejecutora 006 : Proyecto Especial Alto Mayo 2 003 965,00 Financiamiento 09 : Recursos Directamente Recaudados 182 595,00 13 : Donaciones y Transferencias 3 033,0014 : Recursos por Privatización y Concesiones 1 818 337,00 ========== TOTAL 2 003 965,00 ========== La transferencia se detalla en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Obligación de desagregar las Transfe- rencias de Partidas El Pliego Habilitador y el Pliego Habilitado comprendi- dos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, eldetalle de los ingresos que correspondan a la Transferen-cia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivelde Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgené-rica del Ingreso y Específica del Ingreso. Los citados anexos son presentados a la Dirección Na- cional del Presupuesto Público dentro de los cinco (05) díassiguientes de la aprobación del presente dispositivo. Artículo 4º. Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia dePartidas, solicitarán a la Dirección Nacional del PresupuestoPúblico las codificaciones que se requieran como conse-cuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingre-sos, así como Componentes, Finalidades de Meta y Unida-des de Medida. Artículo 5º.- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajo suámbito para que elaboren las correspondientes “Notas paraModificación Presupuestaria” que se requieran, como con-secuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6º .- Creación de Consejo Directivo en el Proyecto Especial Alto Mayo Constitúyase un Consejo Directivo en el Proyecto Es- pecial Alto Mayo, como máximo órgano de la entidad, en-cargado de establecer las políticas, planes, estrategias,actividades, metas de la Institución. Asimismo, supervisala administración general y la marcha institucional. El Con-sejo Directivo estará conformado por: - Tres (3) Representantes del Gobierno Regional, entre los cuales estará el Presidente Regional quien lo presidirá. - Un (1) Representante del Instituto Nacional de Desa- rrollo. - Un (1) Representante de PROINVERSION.- Un (1) Representante de la Junta de Usuarios de la Cuenca del Alto Mayo. El cargo de miembro del Consejo Directivo es personal e indelegable y su designación es por un plazo de dos años.La designación de los representantes del Gobierno Regio-nal, será efectuada por el Presidente del Gobierno Regio-nal mediante Resolución Ejecutiva Regional. El represen-tante de la Junta de Usuarios de la Cuenca del Alto Mayoserá nombrado por Resolución Ejecutiva Regional a pro-puesta de las organizaciones o entidades que represen-tan. Los representantes del Gobierno Nacional serán de-signados por los Titulares de los Sectores Correspondien-tes mediante Resolución Ministerial. El Proyecto Especial Alto Mayo contará con un Gerente General, que será elegido por el Presidente Regional deuna terna que propondrán conjuntamente el Gobierno Re-gional San Martín y el Sector del Gobierno Nacional al cualse encuentre adscrito el INADE. El Gerente General será designado por Resolución Ejecutiva Regional, por el plazode dos años, renovables. El Consejo Directivo, en un plazo que no excederá de treinta (30) días calendario, que se computarán a partir de larecepción del Proyecto Especial, regulará su funcionamien-to interno y adecuará sus instrumentos de gestión, con arre-glo a ley y a los alcances del presente Decreto Supremo. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivien-da, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Econo-mía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exterioresencargado de la cartera deEconomía y Finanzas 16712 PODER JUDICIAL Aceptan donación de equipos de cómputo para la Corte Superior de Jus-ticia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 755-2003-GG-PJ Lima, 8 de setiembre de 2003 VISTO:El Oficio Nº 2089-2003-GAF-GG/PJ remitido por la Ge- rencia de Administración y Finanzas elevando el InformeNº 151-2003-ASFLICP-SL-GAF-GG-PJ presentado por elÁrea de Saneamiento Físico Legal y Control Patrimonialde la Subgerencia de Logística, recomendando la acepta-ción de la donación de cien (100) equipos de cómputo afavor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO:Que, el Banco de Crédito del Perú, mediante Acta de Do- nación suscrita con fecha 5 de agosto del 2003, hace entrega- en donación - de CIEN (100) EQUIPOS DE CÓMPUTO,valorizado en S/. 33,060.00 (TREINTITRÉS MIL SESENTA Y00/100 NUEVOS SOLES), que servirán como apoyo en laslabores propias de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, esta donación satisface los requisitos exigidos por la Directiva Nº 003-2002-GG/PJ "Regulación de Dona-ciones, Comodato, Adjudicaciones o Entrega de BienesMuebles y/o Inmuebles a favor del Poder Judicial", así comolo dispuesto por el artículo 25º del "Reglamento de Altas,Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles del Poder Judi-cial" aprobado por la Resolución Administrativa de la Pre-sidencia del Poder Judicial Nº 165-2001-P-PJ modificadopor la Resolución Administrativa de la Presidencia del Po-der Judicial Nº 192-2002-P-PJ, en concordancia con loestablecido por el artículo 172º del "Reglamento Generalde Procedimientos Administrativos de los Bienes de Pro-piedad Estatal", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y conlo estipulado en la Directiva Nº 009-2002/SBN "Procedi-miento para la Donación de Bienes Muebles dados de Bajapor las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Dona-ción de Bienes Muebles a favor del Estado", aprobada porla Resolución Nº 031-2002/SBN, en el sentido que la dona-ción de bienes muebles debe ser aceptada mediante Re-solución emitida por el titular de la entidad donataria; y,