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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (09/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 251043 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de setiembre de 2003 VISTO: El Oficio Nº 0510-2003-INADE-7100, del Director Eje- cutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecu- tivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur solicita la exo-neración del proceso de selección para la contratación deservicios de maquinaria pesada para la obra "Repre-samiento Laguna Suytuccocha IV Etapa", la misma que sesustenta en el hecho de que el servicio de contratación demaquinaria requerido para la ejecución de la obra mencio-nada, debe contratarse con las municipalidades de Anda-rapa y Talavera de la Reyna, en tanto ofrecen condicionesmás favorables y ventajosas en comparación con los pre-cios del mercado; Que, los artículos 19º inciso a) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, establecen que están exoneradas de los procesosde Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di-recta, las adquisiciones y contrataciones que se realicenentre entidades del Sector Público, las mismas que se rea-lizarán mediante el proceso de Adjudicación de MenorCuantía, debiendo aprobarse la exoneración por Resolu-ción del Titular del Pliego, previo Informe Técnico-Legal; Que, el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el artí-culo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM, señala queen tal caso deberá emitirse un Informe Técnico Económicoque demuestre, cuando menos que la adquisición o contra-tación resulta más favorable y ventajosa en comparacióncon los precios del mercado, así como que, en razón decostos de oportunidad, resulta más eficiente adquirir o con-tratar con otra Entidad del Estado, debiendo resultar la ad-quisición o contratación técnicamente idónea y viable; Que, asimismo, la referida modificatoria exige que la Entidad que participe como postor no realice actividadempresarial de manera habitual o actúe bajo alguna formasocietaria; Que, mediante Informes Nºs. 064-2003-INADE-PESCS- DOE/RUM y Nº 036-2003-INADE-PESCS/MMAC, el Inge-niero de Obras y la Oficina de Asesoría Jurídica, respecti-vamente, del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, se hanpronunciado a favor de la exoneración del proceso de se-lección correspondiente, para contratar con las Municipali-dades Distritales de Andarapa y Talavera de la Reyna, elservicio de maquinaria pesada, para movimiento de tierras,para la obra "Represamiento Laguna Suytuccocha IV Eta-pa", hasta por la suma de S/. 80 075,00 (Ochenta Mil Se-tenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), por encontrarseacreditado que las contrataciones con las municipalidadesdistritales mencionadas resultan ser las más favorables yventajosas en comparación con los precios del mercado,resultando técnicamente idóneas y viables; Que, la exoneración está referida al proceso de Adjudi- cación Directa Selectiva, en razón a que el monto total pre-visto asciende a S/. 80 075,00 (Ochenta Mil Setenta y Cin-co y 00/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo al artículo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA, el Presidente Ejecutivo del INADE esla más alta autoridad de la institución y es el Titular delPliego Presupuestal, razón por la cual resulta ser la autori-dad competente para aprobar la exoneración; Que, mediante Informe Legal Nº 175-2003-INADE-3201- OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opi-nión legal en el sentido de que resulta procedente la exone-ración del proceso de Licitación Pública para la contratacióndel servicio de maquinaria pesada con las municipalidadesdistritales de Lamarate, Huaccana y Paras, para la ejecu-ción de la obra por estar comprendida en la causal contem-plada en el inciso a) del artículo 19º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Ge- rencia de Proyectos en Sierra y Selva y de la Oficina Gene-ral de Asesoría Jurídica; Estando a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, y los artículos 105, 106º, 113º y 116ºde su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADEy su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 93-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Sierra Cen- tro Sur del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva parala contratación de maquinaria pesada para la ejecución dela obra "Represamiento Laguna Suytuccocha IV Etapa", acelebrarse con las municipalidades distritales de Andarapay Talavera de la Reyna, autorizándolo a efectuar dicha con-tratación por el proceso de Adjudicación de Menor Cuan-tía, por un monto total de S/. 80 075,00 (Ochenta Mil Se-tenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Espe- cial Sierra Centro Sur queda encargada de la contratacióna que se refiere la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución será puesta en conocimiento de la Contraloría General de la Repúblicadentro de los diez días calendario siguientes a la fecha desu aprobación, con remisión de copia de los informes sus-tentatorios, disponiéndose su publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano y notificándose al Proyecto Especial SierraCentro Sur, así como a las Gerencias y Oficinas Generalesdel INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.FEDERICO VARGAS CENTENO Presidente Ejecutivo 16702 OSINERG Autorizan contratar servicios de patrocinio judicial mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 048-2003-OS/PRES Lima, 26 de agosto de 2003 VISTOS:El Informe Técnico - Legal Nº GL-761-2003, de fecha 14 de agosto de 2003, de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso h) del artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas de los pro-cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contra-taciones que se realicen para servicios personalísimos, deacuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por elDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM señala que se encuen-tran exonerados del respectivo proceso de selección, loscontratos de locación de servicios celebrados con perso-nas naturales o jurídicas cuando para dicha contrataciónse haya tenido en cuenta y como requisito esencial a lapersona del locador, ya sea por sus características inhe-rentes, particulares o especiales o por su determinada ca-lidad, profesión, ciencia, arte y oficio; Que, en el ejercicio de sus funciones, OSINERG se encuentra involucrado en diversas acciones judiciales decarácter administrativo, constitucional, civil, y otros, por loque se hace necesario se contraten los servicios de Abo-gados con amplios conocimientos y experiencia en temasvinculados al quehacer del Organismo; Que, mediante el Informe del Visto, la Gerencia Legal de OSINERG señala la necesidad de contar con los ser-vicios de un Estudio de Abogados con experiencia en elSubsector de Electricidad; precisa que dichos servicios