Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2003 (09/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de setiembre de 2003

Primera Fiscalia Superior Penal del MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 398-2002-MP-FN, de fecha 7 de marzo del 2002. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 16667

UNIVERSIDADES
Sancionan con separacion temporal a ex rectora de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA LA CANTUTA RESOLUCION Nº 1350-2003-R-UNE
Chosica, 17 de MORDAZA del 2003 VISTO el Oficio Nº 011-2003-CEPA-UNE del 23 de junio del 2003, del Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos de la UNE, con el cual eleva el informe final sobre el MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a la ex Rectora, Dra. MORDAZA Luz MORDAZA Neyra; CONSIDERANDO: Que con Resolucion Nº 0510-2003-R-UNE del 14 de marzo del 2003, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario a la ex Rectora de la UNE, Dra. MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, profesora ordinaria en la categoria Principal a Tiempo Completo, por falta grave contra la profesora Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, al haber infringido los principios de legalidad y el debido procedimiento establecido en la ley, e incurrido en violacion flagrante de normas especificas de la MORDAZA universitaria, en tanto no solo dejo en suspenso una resolucion administrativa de mayor jerarquia, sino que abusando de su autoridad privo a la universidad de un proyecto de investigacion, desconociendo asi un derecho adquirido por una docente, conforme queda fehacientemente demostrado en todo el proceso; Que del expediente del MORDAZA, resulta que en su defensa la ex Rectora ha sostenido que no afecto los derechos constitucionales de la docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que mas bien actuo ante la exigencia de la Oficina de Auditoria Interna para que la indicada docente pueda ejercer su derecho a la defensa y levantar los cargos que se le formularon durante las acciones de control; pero, en cambio esta acreditado que la ex Rectora procesada carecia de facultad legal para suspenderle el ano sabatico a la referida docente y, adicionalmente, al emitir la Resolucion Nº 0291-2001-R-UNE del 11 de setiembre del 2001 dejando en suspenso los alcances de la Resolucion Nº 04762001-R-UNE del 18 de MORDAZA del 2001, expedida por el Comite Transitorio de Gobierno, organo que en aquella fecha ejercia por ley las funciones de Consejo Universitario, vulnerando la jerarquia de las normas legales; Que debe merituarse, asimismo, el hecho comprobado que la agraviada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha desvirtuado la informacion sostenida por la procesada en el punto cuatro de su contestacion escrita de defensa, al acreditar que con fecha 24 de marzo del 2002 presento recurso de reconsideracion contra la Resolucion Nº 0291-2001-RUNE que le suspendia el ejercicio del ano sabatico, hecho que configura la accion unilateral, ilegal y abusiva que dio lugar al presente MORDAZA disciplinario administrativo; Que, mediante Dictamen Nº 01-03-CEPA-UNE del 16 de junio del 2003, la Comision Especial de Procesos Administrativos de la UNE, recomienda, dada la gravedad de los hechos cometidos por la Dra. MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, imponerle la sancion de separacion temporal por tres (3) anos, de la docencia en la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, ya que la falta debe ser calificada en relacion con la jerarquia de quien ha incurrido en la vio-

lacion de la Ley, el Estatuto y el Reglamento General de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, asimismo, en el precitado Dictamen en el punto decimo del Analisis del MORDAZA, se menciona que ha quedado demostrado plenamente en los actuados del MORDAZA administrativo disciplinario que la procesada ex Rectora Dra. MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, ha inobservado e infringido la Ley, el Estatuto y el Reglamento General de la UNE, cuando por el contrario su funcion era la de contribuir al cumplimiento y defensa de los principios de esta Universidad; asi como de cumplir y hacer cumplir la Ley, el Estatuto y Reglamento General de la UNE; Que dicha inconducta funcional se agrava porque la cometio en su condicion de Rectora, y representante legal de esta universidad, falta grave prevista y sancionada en el Inc. h) del Art. 27º, Inc. d) del Art. 28º, Incs. a) y b) del Art. 107º, Inc. a) del Art. 110º, e Inc. d) del Art. 111º del Estatuto de la UNE; asi como el Inc. i) del Art. 37º, Inc. f) del Art. 38º, Art. 449º, e Inc. c) del Art. 450º del Reglamento General de la UNE; Que mediante Opinion Legal Nº 378-2003-OAL/UNE del 18 de MORDAZA del 2003, la Oficina de Asesoria Legal de la UNE opina que se debe declarar procedente la recomendacion establecida por la Comision Especial de Procesos Administrativos, por haber sido emitida conforme a lo establecido en la Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la UNE; Estando a lo aprobado en el Consejo Universitario en sesion extraordinaria realizada el 10 de MORDAZA del 2003; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, concordante con los articulos 19º, 21º y 27º del Estatuto de la UNE y los alcances de la Resolucion Nº 06-2003-AU-UNE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de separacion temporal de la docencia en la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, por el termino de un (1) ano, a partir de la fecha, a la Profesora Principal a Tiempo Completo, Dra. MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, por haber infringido los principios de legalidad y el debido procedimiento establecido en la ley, e incurrido en violacion de normas especificas del quehacer universitario, por cuanto, en su condicion de Rectora de la UNE desde el 31 de MORDAZA del 2001 hasta el 4 de agosto del 2002, dejo en suspenso una resolucion administrativa de mayor jerarquia, con el agravante de que la falta la cometio siendo Rectora en flagrante violacion de la Ley, el Estatuto y Reglamento General de la UNE, conforme se expone detalladamente en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Personal de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA que inserte la presente resolucion en el legajo personal de la docente sancionada. Articulo 3º.- TRANSCRIBIR la presente resolucion a la Comision de Educacion del Congreso de la Republica, Asamblea Nacional de Rectores y Contraloria General de la Republica. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector (e) 16669

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INADE
Autorizan al Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur contratar maquinaria pesada para el represamiento de la MORDAZA Suytuccocha mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 149-2003-INADE-1100
MORDAZA, 28 de agosto del 2003

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