Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2003 (19/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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PROMPYME, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y a la Oficina de Administracion, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 17261

Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17313

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse al Beneficio de Regularizacion Tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 012-MDPP MORDAZA MORDAZA, 4 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, aprobo por MAYORIA prorrogar el plazo para acogerse a la Ordenanza de Beneficio de Regularizacion Tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de MORDAZA MORDAZA, establecida mediante la Ordenanza Nº 011-MDPP. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local y como tales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 011-MDPP de fecha 8-8-2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29-8-2003, se aprobo el Beneficio de Regularizacion Tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito; Que, los articulos MORDAZA y Setimo de la Ordenanza MORDAZA citada establecieron que el plazo para acogerse a dicho Beneficio vence el 15-9-2003 y respecto a los contribuyentes con cobranza en la Oficina de Ejecucion Coactiva, a quienes se les MORDAZA emitido Resolucion de Determinacion en el presente ano vencio el 31-8-2003, debiendose ampliar el plazo para ambos casos hasta el dia 5-10-2003; Que, MORDAZA la solicitudes presentadas por un numeroso grupo de pobladores que desean acogerse al precitado Beneficio resulta necesario ampliar el plazo indicado en el considerando precedente; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 9) del articulo 9º y el inciso 5) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo aprobo por MAYORIA la siguiente ORDENANZA DE PRORROGA DE PLAZO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE MORDAZA PIEDRA. Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo para acogerse al BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO establecido en los Articulos MORDAZA y Setimo de la Ordenanza Nº 011-MDPP, hasta el 5 de octubre del presente ano. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente dispositivo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia del Servicio de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion.

Otorgan beneficios tributarios relativos a licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y de licencia de construccion
ORDENANZA Nº 013-MDPP MORDAZA MORDAZA, 4 de septiembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION DE LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE ACTIVIDADES PROFESIONALES Y DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA OTORGUENSE LOS SIGUIENTES BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA PIEDRA: Articulo Primero.- DESCUENTO DEL 50% DEL DERECHO DE PAGO para los tramites de obtencion de la Licencia de Apertura de Establecimiento Comercial, Industrial y de Actividad Profesional asi como de Licencia de Construccion. Articulo Segundo.- CONDONACION DEL 90% DEL MONTO DE LAS MULTAS generadas hasta la fecha por la infraccion de funcionar sin la respectiva Licencia de Apertura de Establecimiento Comercial, Industrial y de Actividad Profesional, asi como de haber construido sin la correspondiente Licencia de Construccion. Articulo Tercero.- ANULENSE TODAS LAS NOTIFICACIONES PREVENTIVAS generadas desde el 1 de enero del presente ano hasta la fecha por la infraccion de funcionar sin la respectiva Licencia de Apertura de Establecimiento Comercial, Industrial y de Actividad Profesional, asi como por la Licencia de Construccion. Articulo Cuarto.- Podran acogerse a la presente Ordenanza los contribuyentes cuyas deudas por sanciones administrativas se encuentren dentro del Beneficio de Fraccionamiento o en la Oficina de Ejecucion Coactiva, siempre que efectuen el integro del pago de las costas y costos por el Procedimiento iniciado en el MORDAZA caso. Articulo Quinto.- Los contribuyentes que conduzcan establecimientos que a la fecha se encuentren funcionando de manera informal asi como los propietarios de inmuebles sancionados por no contar con licencia de construccion, podran acogerse a los Beneficios senalados en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Los contribuyentes con Recursos de Reclamacion o Apelacion en tramite, podran acogerse a los Beneficios senalados en el presente dispositivo, siempre que presenten MORDAZA autenticada del escrito de desistimiento. Articulo Septimo.- El plazo para acogerse al Beneficio de Regularizacion establecido en los articulos precedentes se inicia el 15 de septiembre y vence el 19 de octubre del 2003.

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