Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2003 (19/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 19 de setiembre de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO:

NORMAS LEGALES

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En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Tecnico Nº 072-2003-PAVL-GLPP-MDPP, emitido por la Jefa del Programa de Administracion del Vaso de Leche, el Informe Nº 514-2003-GAJ/MDPP efectuado por la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Corporacion y el Memorandum Nº 018-2003-GA/MDPP expedido por la Gerencia de Administracion. CONSIDERANDO: Que, por mandato del articulo 194º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional (que modifica el Capitulo XIV del Titulo IV, Sobre Descentralizacion de la Constitucion Politica), los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 072-2003PAVL-GLPP-MDPP, la Jefa del Programa de Administracion del Vaso de Leche comunica que al tener conocimiento que con fecha 5-9-2003 se ha declarado desierto el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 001-2003-MDPP al no cumplir los postores con los requisitos establecidos en las Bases de dicho MORDAZA de Seleccion por lo que manifiesta su preocupacion, toda vez que no cuenta con reservas suficientes de MORDAZA enriquecido para atender a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de esta jurisdiccion, hecho que puede causar desabastecimiento en los mismos por lo que sugiere que se coordinen las acciones que permitan la atencion necesaria durante treinta (30) dias; Que, mediante el Informe Nº 514-2003-GAJ/MDPP la Gerencia de Asesoria Juridica expresa que de acuerdo a lo regulado en el inciso c) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realizan en situacion de urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente de la materia; Que, el articulo 221º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que la situacion de urgencia es aquella en que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios compromete en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la Reparticion a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion respectivo; Que, el articulo 105º del Reglamento de la precitada Ley anota que de producirse la situacion descrita en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos indicados en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, consideraciones por las cuales dichas unidades organicas de la Corporacion proponen y sustentan la necesidad y la procedencia de declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de MORDAZA enriquecido con la finalidad de abastecer el Programa de Administracion del Vaso de Leche; Que, el articulo 108º del Reglamento de dicha Ley determina que la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o de contratacion como medida temporal, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de Seleccion correspondiente; Que, mediante el Memorandum Nº 018-2003-GA/ MDPP la Gerencia de Administracion anota la necesidad de la declaracion de Urgencia para la adquisicion de MORDAZA enriquecido por el termino de treinta (30) dias, con la finalidad de evitar el desabastecimiento del Programa de Administracion del Vaso de Leche y se pueda continuar atendiendo regularmente a los beneficiarios de dicho Programa;

Estando a lo informado por la Jefa del Programa de Administracion del Vaso de Leche, el Gerente de Asesoria Juridica y el Gerente de Administracion, el pleno del Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por el inciso 3) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por mayoria de votos; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, por un periodo de treinta (30) dias la adquisicion del insumo que a continuacion se enuncia, en cumplimiento a lo dispuesto por el inciso 6) numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, el cual es necesario para abastecer el Programa de Administracion del Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA PIEDRA. MORDAZA : MORDAZA enriquecido (quinua, MORDAZA, cebada, soya y leche), 15 toneladas. Cantidad : 15,000 unidades. Valor Referencial : S/. 75,000.00. Fuente de Financiamiento : Transferencia del Tesoro Publico. Articulo Segundo.- EXONERESE del MORDAZA de Seleccion correspondiente AUTORIZANDOSE la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, en concordancia a lo preceptuado en el articulo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM por el valor referencial y por el periodo senalado en el Articulo precedente, a partir de la suscripcion del contrato correspondiente. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Administracion de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General de la Corporacion la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y la remision de todo lo actuado a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17316

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza sobre construccion y uso de azoteas y ampliacion de un nivel adicional en edificios multifamiliares en zonificacion R-2
ORDENANZA Nº 275 San MORDAZA, 15 de setiembre del 2003 El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San Borja; POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA, en su XVIII-2003 Sesion Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2003, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA CONSTRUCCION Y USO DE AZOTEAS Y AMPLIACION DE UN NIVEL ADICIONAL EN EDIFICIOS MULTIFAMILIARES EN ZONIFICACION R-2 TITULO I BASE LEGAL - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. - Reglamento Nacional de Construcciones, aprobado con D.S. Nº 039-70-VI. - Reglamento Nacional de Construcciones para la provincia de MORDAZA, aprobado por R.M. 3F del 22.1.64.

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