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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G36/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de setiembre de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Infor- me Técnico Nº 072-2003-PAVL-GLPP-MDPP, emitido porla Jefa del Programa de Administración del Vaso de Le- che, el Informe Nº 514-2003-GAJ/MDPP efectuado por la Gerencia de Asesoría Jurídica de esta Corporación y elMemorándum Nº 018-2003-GA/MDPP expedido por la Gerencia de Administración. CONSIDERANDO: Que, por mandato del artículo 194º de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional (que modifica el Capítulo XIV del Título IV, Sobre Descentralización de la Consti- tución Política), los Gobiernos Locales gozan de autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Técnico Nº 072-2003- PAVL-GLPP-MDPP, la Jefa del Programa de Adminis- tración del Vaso de Leche comunica que al tener co- nocimiento que con fecha 5-9-2003 se ha declaradodesierto el otorgamiento de la Buena Pro de la Licita- ción Pública Nº 001-2003-MDPP al no cumplir los pos- tores con los requisitos establecidos en las Bases dedicho Proceso de Selección por lo que manifiesta su preocupación, toda vez que no cuenta con reservas suficientes de cereal enriquecido para atender a losbeneficiarios del Programa del Vaso de Leche de esta jurisdicción, hecho que puede causar desabasteci- miento en los mismos por lo que sugiere que se coor-dinen las acciones que permitan la atención necesa- ria durante treinta (30) días; Que, mediante el Informe Nº 514-2003-GAJ/MDPP la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa que de acuerdo a lo regulado en el inciso c) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa lasadquisiciones que se realizan en situación de urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente de la materia; Que, el artículo 221º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que la situación de ur- gencia es aquella en que la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinados bienes o servicios compro- mete en forma directa la prestación de los servicios esen- ciales o de las operaciones productivas que la Entidadtiene a su cargo, facultando a la Repartición a la adquisi- ción o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo necesario para llevar a cabo el Proceso deSelección respectivo; Que, el artículo 105º del Reglamento de la precita- da Ley anota que de producirse la situación descritaen el artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, la Entidad efectuará las ad- quisiciones o contrataciones mediante acciones inme-diatas sobre la base de la obtención de una cotiza- ción que cumpla con los requisitos indicados en las Bases, con autorización expresa del Titular del Plie-go o de la máxima autoridad administrativa de la En- tidad, según corresponda, consideraciones por las cuales dichas unidades orgánicas de la Corporaciónproponen y sustentan la necesidad y la procedencia de declarar en Situación de Urgencia la adquisición de cereal enriquecido con la finalidad de abastecer elPrograma de Administración del Vaso de Leche; Que, el artículo 108º del Reglamento de dicha Ley determina que la situación de urgencia debe entendersecomo un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o de contratación como medida tem- poral, sin perjuicio que se realice el Proceso de Selec-ción correspondiente; Que, mediante el Memorándum Nº 018-2003-GA/ MDPP la Gerencia de Administración anota la necesidadde la declaración de Urgencia para la adquisición de ce- real enriquecido por el término de treinta (30) días, con la finalidad de evitar el desabastecimiento del Programa deAdministración del Vaso de Leche y se pueda continuar atendiendo regularmente a los beneficiarios de dicho Programa;Estando a lo informado por la Jefa del Programa de Administración del Vaso de Leche, el Gerente de Asesoría Jurídica y el Gerente de Administración, el pleno del Concejo Municipal en uso de las facultadesconferidas por el inciso 3) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por mayoría de votos; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por un período de treinta (30) días la adqui- sición del insumo que a continuación se enuncia, en cum-plimiento a lo dispuesto por el inciso 6) numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, el cual es necesario para abastecer el Programa de Administracióndel Vaso de Leche de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA. Tipo : Cereal enriquecido (quin ua, avena, cebada, soya y leche), 15 toneladas. Cantidad : 15,000 unidades. Valor Referencial : S/. 75,000.00. Fuente de Financiamiento : Transferencia del Tesoro Público. Artículo Segundo.- EXONÉRESE del Proceso de Selección correspondiente AUTORIZÁNDOSE la realiza-ción del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, en concordancia a lo preceptuado en el artículo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM por el valor referen-cial y por el período señalado en el Artículo precedente, a partir de la suscripción del contrato correspondiente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Adminis- tración de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Secretaría General de la Corporación la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y la remisión de todo lo actuado a la Contraloría General dela República, dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 17316 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G7A/G6F/G74/G65/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G75/G6E/G20 /G6E/G69/G76/G65/G6C/G20 /G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G64/G69/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G6D/G75/G6C/G74/G69/G66/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G2D/G32 ORDENANZA Nº 275 San Borja, 15 de setiembre del 2003El Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Borja; POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Borja, en su XVIII-2003 Sesión Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2003, apro- bó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA CONSTRUCCIÓN Y USO DE AZOTEAS Y AMPLIACIÓN DE UN NIVEL ADICIONAL EN EDIFICIOS MULTIFAMILIARES EN ZONIFICACIÓN R-2 TÍTULO I BASE LEGAL - Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. - Reglamento Nacional de Construcciones, aprobado con D.S. Nº 039-70-VI. - Reglamento Nacional de Construcciones para la pro- vincia de Lima, aprobado por R.M. 3F del 22.1.64.