NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 63
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G36/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de setiembre de 2003 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1240-2003-ALC/MDSA Santa Anita, 9 de setiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, es deber de toda entidad emitir información que sea solicitada, sin expresión de causa, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido a tenor de lo dispuesto por el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política; Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública, Ley Nº 27806 y su modificatoria, Ley Nº 27927, regulan el derecho fundamental de acceso a lainformación, cautelando y promoviendo la transparencia de los actos de toda entidad de la Administración Públi- ca, entre ellos los Gobiernos Locales, exceptuando todoaquello que vulnere la actividad personal y aquellas que expresamente excluya la ley o por razones de seguridad, de conformidad a lo establecido en el artículo 2º, nume-ral 5, de nuestra Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3º y 5º de la precitada ley, dispone que la entidad deberá designar al funcionario responsa-ble de entregar la información solicitada, así como iden- tificar al funcionario que se encargue de la elaboración y actualización de la información que se difunda a travésdel portal institucional de Internet, la cual tendrá datos generales de la entidad, la información presupuestal, las adquisiciones de los bienes y servicios que se realicen,las actividades oficiales que se desarrollen y la informa- ción adicional que la entidad crea conveniente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Dr. Juan Rosalino Reyes Ysla, Secretario General de la Municipalidad de Santa Anita,como funcionario responsable de brindar la información soli- citada en aplicación del artículo 3º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- Designar al Ing. Oscar Narciso Villafuerte Espinoza, Director de la Oficina de Informáti- ca de la Municipalidad de Santa Anita, como el funciona-rio responsable de la elaboración y actualización de la información institucional que se difunda a través del Por- tal de Internet de la Municipalidad en observancia a lodispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- Disponer que los funcionarios de las demás áreas que componen el Organigrama Estructural de la Municipalidad, proporcionen a los funcionarios citados en los artículos precedentes, toda la información que éstos lessoliciten en el término de 24 horas, bajo responsabilidad, a fin de que se cumpla con la función encomendada. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 17227 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2003-MDB Bellavista, 4 de septiembre de 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO:El Acuerdo de Concejo Nº 049-2003-MDB de fecha 26 de agosto del 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto el Concejo Distri- tal de Bellavista aprueba la incorporación en el Progra- ma Oficial de Festividades por el 88º Aniversario de laCreación Política del distrito de Bellavista, la celebración de un Matrimonio Civil Comunitario, a realizarse el 24 de octubre del 2003; Que, es política de esta comuna promover la formali- zación de las uniones de hecho con el objeto de fortale- cer la institución familiar, otorgándose facilidades a lasparejas para la celebración del matrimonio; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Direc- ción de Servicios Sociales, Oficina de Asesoría Jurídica,Gerencia Municipal; y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere; DECRETA: Artículo 1º.- Disponer la celebración del Matrimonio Civil Comunitario en la jurisdicción del distrito de Bella- vista, para el día 24 de octubre del año en curso, con motivo del 88º Aniversario de la Creación Política del dis-trito de Bellavista. Artículo 2º.- Dispensar de la publicación de los edic- tos matrimoniales correspondientes y de los plazos lega-les para la referida celebración. Artículo 3º.- Establecer como pago único la suma de S/. 70.00 (setenta y 00/100 nuevos soles), debiendo cum-plir los interesados con los siguientes requisitos: - Partida de nacimiento de los contrayentes. - Fotocopia de la Libreta Electoral o D.N.I. de ambos. - Certificado domiciliario. - Dos testigos debidamente identificados.- Declaración Jurada de no tener impedimento legal para contraer matrimonio. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente disposición municipal a la Dirección de Servicios Socia- les. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 17202 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 243-2003-MDLP-ALC La Perla, 19 de agosto de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE LA PERLA Visto, el Informe Nº 035-2003-DM/MDLP de fecha 15.8.2003 emitido por el Gerente Municipal al Despacho de Alcaldía, solicitando nombrar la Comisión para la sus- cripción de Transferencia de Obras ejecutadas a favor denuestra comuna con Registro Nº 2777; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece "las Municipalidades Provinciales y Dis-