NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 28
PÆg. 251726 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de setiembre de 2003 Modifican ítems de rubro sobre autori- zaciones de obras privadas y cuadrotarifario del TUPA de la municipalidad ORDENANZA Nº 163-MDB Barranco, 16 de setiembre del 2003EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO; VISTOS; los informes Nº 219-2003-GDU-MDB de la Ge- rencia de Desarrollo Urbano y Nº 044-2003-SG-MDB de laOficina de Secretaría General, sobre modificación del TUPA,en la Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano ha propuesto modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativosde la Municipalidad Distrital de Barranco, aprobado mediante Ordenanza Nº 086-MDB, en lo que respecta a los ítems 1, 2 y 10 del rubro "autorizaciones de obras privadas" , a fin desimplificar el procedimiento; Que, asimismo, la Oficina de Secretaría General ha propuesto modificar el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos, incluyendo el costo por reproducción de copias para los casos contemplados dentro de la Ley Nº 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la información;Con las facultades determinadas por el artículo 9º inci- so 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972y con el voto unánime de sus miembros; ha dado la siguien- te: ORDENANZA Artículo Primero .- Aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipali- dad Distrital de Barranco, aprobado por Ordenanza Nº 086- MDB en lo que respecta a los ítems 1, 2 y 10 del rubro"autorizaciones de obras privadas", los mismos que queda-rán redactados conforme al anexo 1 que forma parte inte-grante de la presente ordenanza. Artículo Segundo .- Modificar el punto Nº 1 del cuadro tarifario del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Barranco, contenido en laOrdenanza Nº 086-MDB, en el rubro "Secretaría General"el mismo que quedará redactado conforme al anexo 2 queforma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero .- Encargar el cumplimiento de la pre- sente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Oficina de Secretaría General. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE AlcaldeANEXO Nº 1 DE LA ORDENANZA Nº 156-MDB CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN DEFENSA CIVIL (CUI) CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN Complementaria % Sanción UIT No Pecuniaria OFICINA DE DEFENSA CIVIL 530-0101 Incumplir las normas que establece el Reglamento de Inspecciones Técnicas - Art. 17º D.S. Nº 013-2000-PCM. 100 Claus. Tra nsitoria 530-0102 Obstaculizar o negarse a prestar las facilidades necesarias para la adecuada realización de las inspecciones técnicas 50 530-0103 Negarse a presentar la documentación requerida para la inspección o presentarla de manera inoportuna. 25 530-0104 Proporcionar información o documentación falsa y/o alterada al solicitar la inspección o durante su ejecución. 50 530-0105 Incumplir las disposiciones de seguridad y protección. 50 Claus. Transitoria 530-0106 Incumplir las disposiciones emanadas del INDECI, las Direcciones Regionales, Subregionales y de los Comités de 100 Claus. Transitoria Defensa Civil, derivadas de la ejecución de las inspecciones técnicas de seguridad. 530-0107 Construir, obstaculizar y/o ocupar áreas de seguridad interna y exter na, rutas de escape, salidas de emergencia. 100 Claus. Transitoria 530-0108 No contar con las señales de seguridad, rutas de evacuación, escaleras de emergencia, áreas de seguridad interna 100 Clau s. Transitoria y externa, rutas de escape, salidas de emergencia, etc. 530-0109 No contar con un plan de seguridad y evacuación de Defensa Civil para casos de emergencia 25 530-0110 Mantener construcciones ruinosas o en peligro de colapso. 200 Claus. Definitiva 530-0111 Mantener instalaciones que contengan o usen contaminantes, material inflamable, explosivos, sin las medidas de 500 Claus. Definitiva seguridad en Defensa Civil. 530-0112 Transportar y manipular sustancias peligrosas contaminantes sin las medidas de seguridad adecuadas. 200 530-0113 Crear una situación de peligro inminente que puede derivar en un desastre que afecte a la población mediante la 500 Claus . Definitiva contaminación ambiental (aire, agua y suelo) produciendo emanaciones tóxicas, asi como producir contaminación auditiva y radiactiva. 530-0114 No exhibir carteles especificando la capacidad del local. 25 530-0115 Mantener deficiencias en la conservación de las edificaciones destinadas al público, creando peligro para la seguridad 2 00 Claus. Definitiva de los usuarios y concurrentes a dicha edificación. 530-0116 No solicitar una Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, luego de expirar el plazo consignado 50 en la Notificación Municipal. 530-0117 No tener una Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil vigente. 25 530-0118 Incumplir las disposiciones de Seguridad y Protección Contra Incendios. 100 Claus. Transitoria 530-0119 Retirar las Amonestaciones Públicas escritas, antes del tiempo dispuesto por su exhibición. 50 530-0120 Aperturar local clausurado transitoriamente sin autorización de la Municipalidad Distrital de Barranco. 200 Claus. Definitiva 530-0121 Propiciar peligro o riesgo inmediato para la seguridad de las personas, propiedad o seguridad pública. 50 Cierre inmediat o 17418