NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 251806 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de setiembre de 2003 Oficio Nº 581-2003-JUS-PPMJ, de fecha 24 de marzo de 2003, a efectos de que se expida la Resolución Ministe- rial que autorice iniciar la acción penal contra las perso- nas involucradas y contra los que resulten responsables por la presunta comisión de delito contra la Fe Pública en las modalidades de falsificación de documentos y false- dad ideológica, previstos y penados en los artículos 427º y 428º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Oficio Nº 04-2003-Z.R.Nº XIII-Sede Tacna, de fecha 14 de marzo de 2003, el Registrador Público, Edilberto Cabrera Ydme, remite a la Gerencia Registral de la Zona XIII- Sede Tacna, la solicitud de ins- cripción del Título Nº 00001690, del Registro de Perso- nas Naturales, presentado por el señor José Helí Reque- jo Aldeán, con fecha 4 de marzo de 2003, para la inscrip- ción de un Poder, otorgado por Jorge Hernan Martorell de Feudis a favor de José Helí Requejo Aldeán, docu- mento supuestamente certificado por el Notario Público de Lima, doctor Sigifredo de Osambela Lynch, quien mediante Carta de fecha 10 de marzo de 2003, manifies- ta que el documento remitido en cuanto a los sellos y la firma no le corresponde; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comisión de los delitos referidos y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes Nº 082-2003-Z.R.Nº XIII/AL, de fecha 18 de marzo de 2003, y Nº 016-2003-Z.R.Nº.XIII/AL, de fecha 2 de abril del 2003, consistentes en haber presentado ante el Re- gistro de Personas Naturales de la Oficina Registral de Tacna, un Poder Especial, General y Específico, con fir- ma y sellos notariales falsos, y con el objeto de reunir las pruebas de la realización de los delitos y las circunstan- cias en que se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Represen- tación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra José Helí Requejo Aldeán y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men- cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 17512 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 351-2003-JUS Lima, 22 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 716-2003-JUS/PPMJ, de fecha 15 de abril de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Expe- diente Nº 0612 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 023-2003/ZRVIII-SHYO- JAL, de fecha 3 de abril de 2003, la Jefatura del Área Legal de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayo, remi- te a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobre Indicios de Comisión de Delito y Acciones Lega- les, a efectos de que se expida la Resolución Ministerialque autorice iniciar la acción penal contra las personas involucradas y contra los que resulten responsables, por hechos consistentes en haber falsificado la tarjeta de pro- piedad del vehículo de placa de rodaje BP-3485, por cuan- to se observa que el número del expediente registrado es el Nº 22436, de fecha 7 de junio de 1995, cuando el vehículo ya fue inscrito bajo el expediente Nº 9453, de fecha 9 de setiembre de 1998, debiendo corresponder la emisión a la ciudad de Huancayo, insertados en el con- trato de compra venta de vehículo, al solicitar la inscrip- ción de la transferencia de propiedad del mismo ante Registro de Propiedad Vehicular; Que, mediante Informe Nº 08-2003-ZRVIII-SHYO- RPV-Sede Huancayo, de fecha 18 de enero de 2003, el Registrador Público, Elías Vilcahuaman Ninanya, remite a la Gerencia del Área Registral de la Zona Registral VIII- Sede Huancayo, el contrato de compra venta suscrito entre Gianina Torres López como vende- dora, y de la otra parte, Carlos Abel Rojas Chávez como comprador, por la suma de $ 2,500.00 (Dos Mil Quinientos Dólares Americanos), presentado ante el Registro de Propiedad Vehicular por Carlos Abel Ro- jas Chávez, con fecha 7 de febrero de 2003, para la inscripción de transferencia referido al vehículo de placa de rodaje BP-3485, cuya Tarjeta de propiedad es falsa, hechos que denotan la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documentos y Fal- sedad Ideológica, previstos y penados en los artícu- los 427º y 428º de nuestro ordenamiento penal sus- tantivo, por lo que se debe iniciar las acciones lega- les contra Carlos Abel Rojas Chávez y Gianina Torres López; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comisión de los delitos referidos y en virtud a los hechos que se desprenden del Informe Nº 023-2003-ZRVIII-SHYO-JAL, de fecha 3 de abril de 2003, y con el objeto de reunir las pruebas de la realización de los delitos y las circunstancias en que se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Represen- tación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra Carlos Abel Rojas Chávez y Gianina Torres López y contra los que resulten responsables con- forme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men- cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 17513 Autorizan a procuradora iniciar acción de nulidad de acto jurídico de resolu-ción que incorporó a servidora en elrØgimen de pensiones del D.L. N” 20530 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 352-2003-JUS Lima, 22 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 1326-2003-JUS-PPMJ, de fecha 23 de julio de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;