Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2003 (24/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
ARTICULO II

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Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º, inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo Complementario al Acuerdo Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil para la implementacion del Proyecto Fortalecimiento Institucional de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento del Peru - Tratamiento de Aguas Residuales y de Lodos de Alcantarillado Sanitario", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 24 de junio de 2003. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ACUERDO BASICO DE COOPERACION TECNICA Y CIENTIFICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DEL PERU - TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y DE LODOS DE ALCANTARILLADO SANITARIO El Gobierno de la Republica del Peru, y El Gobierno de la Republica Federativa del Brasil, (en adelante denominados las "Partes Contratantes"), CONSIDERANDO: Que sus relaciones de cooperacion han sido fortalecidas y amparadas por el Acuerdo Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica del Peru, y la Republica Federativa del Brasil, suscrito en Brasilia, el 8 de octubre de 1975; Que la cooperacion tecnica en el area de saneamiento, reviste especial interes para las Partes Contratantes, sobre la base del mutuo beneficio y reciprocidad; Acuerdan lo siguiente: ARTICULO I 1. El presente Acuerdo Complementario busca la implementacion del Proyecto Fortalecimiento Institucional de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento del Peru - Tratamiento de Aguas Residuales y de Lodos de Alcantarillados Sanitarios; 2. El mencionado proyecto tiene como objetivo fortalecer la capacidad tecnica de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento del Peru, integrantes de la Asociacion Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (ANEPSSA), por medio de la capacitacion y de entrenamiento de recursos humanos en operacion y mantenimiento de sistemas de tratamiento de aguas residuales y de lodos provenientes de alcantarillado sanitario.

1. El Gobierno de la Republica Federativa del Brasil designa: a) a la Agencia Brasilena de Cooperacion del Ministerio de Relaciones Exteriores como responsable de la coordinacion, acompanamiento y evaluacion de las acciones correspondientes al presente Acuerdo Complementario; y b) a la Compania de Saneamiento Basico de Brasilia como responsable de la ejecucion de las acciones correspondientes al presente Acuerdo Complementario. 2. El Gobierno de la Republica del Peru designa: a) a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional como responsable de la coordinacion, acompanamiento y evaluacion de las acciones correspondientes al presente Acuerdo Complementario; y b) a la Asociacion Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento como responsable de la ejecucion de las acciones correspondientes al presente Acuerdo Complementario. ARTICULO III 1. Compete al Gobierno brasileno: a) Designar especialistas para realizar el entrenamiento de tecnicos peruanos en el Peru y en Brasil en las areas de operacion y mantenimiento de sistemas de recoleccion, tratamiento y deposito final de aguas residuales y de lodos, provenientes de alcantarillado sanitario; b) enviar publicaciones y material de apoyo, orientados a la formacion de tecnicos peruanos y otros documentos de interes de las Partes Contratantes; y c) proporcionar la infraestructura para la realizacion de los entrenamientos en Brasil. 2. Compete al Gobierno peruano: a) designar los tecnicos que participaran de los entrenamientos en el Peru y en Brasil en las areas de operacion y mantenimiento de sistemas de recoleccion, tratamiento y deposito final de aguas residuales y de lodos, provenientes de alcantarillado sanitario; b) elaborar publicaciones y proporcionar material de apoyo orientados a la formacion de tecnicos peruanos; y c) proporcionar la infraestructura para la realizacion de las asesorias, entrenamientos y eventos. ARTICULO IV 1. Los costos para la implementacion de las actividades mencionadas en el Articulo III del presente Acuerdo Complementario seran compartidos entre las partes Contratantes, sin perjuicio que las mismas busquen MORDAZA adicionales de financiamiento. ARTICULO V 1. Las instituciones ejecutoras mencionadas en el Articulo II elaboraran informes semestrales sobre los resultados obtenidos en el proyecto desarrollado en el ambito de este Acuerdo Complementario, los cuales seran presentados a los organos coordinadores para acompanamiento. 2. Los documentos elaborados y los resultantes de las actividades desarrolladas en el contexto del proyecto a que se refiere el presente Acuerdo Complementario seran de propiedad conjunta de las Partes Contratantes. La version oficial de los documentos de trabajo seran elaborados en el idioma del MORDAZA de origen del trabajo. En caso de publicacion de los referidos documentos, las Partes Contratantes deberan ser expresamente consultadas, notificadas y mencionadas en el cuerpo del documento objeto de la publicacion. ARTICULO VI Todas las actividades mencionadas en este Acuerdo Complementario estaran sujetas a las leyes y reglamen-

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