Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2004 (05/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al JNE
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 125-2004-P/JNE
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 009-2004-02-280 sobre "Adquisicion de Software no utilizados para los fines adquiridos" emitido por la Oficina de Control Interno y Auditoria del MORDAZA Nacional de Elecciones, recomendando al Titular del Pliego inicie las acciones legales pertinentes, a fin de obtener el resarcimiento del perjuicio economico determinado; CONSIDERANDO: Que, como parte de la ejecucion de las acciones de control previstas por la Oficina de Control Interno y Auditoria, se realizo la denominada "Auditoria a los Estados Financieros del MORDAZA Nacional de Elecciones, al 31 de diciembre de 2003", autorizado por el Titular del Pliego de la institucion y aprobado por la Contraloria General de la Republica, mediante R.C. Nº 437-2003CG (31 DIC 2003); Que la accion de control referida tuvo como objetivo general verificar la existencia, estado y condiciones de utilizacion de los bienes intangibles adquiridos a esa fecha por el MORDAZA Nacional de Elecciones, asi como los objetivos especificos de cerciorarse de la existencia de dichos bienes y de las condiciones de utilizacion, rendimiento y empleo en beneficio de la entidad en su conjunto; Que, en el contexto de lo actuado, la Oficina de Control Interno y Auditoria del MORDAZA Nacional de Elecciones ha emitido el Informe Especial Nº 009-2004-02-280 sobre "Adquisicion de Software no utilizados para los fines adquiridos" determinado que, en el ejercicio economico 2002, a solicitud de la Oficina de Informatica del JNE, la Oficina de Abastecimiento adquirio tres (3) paquetes de software, al proveedor Peru Mercantil S.A., por un importe total de S/. 73,301,97; a la fecha uno (1) es utilizado en forma parcial, debido a que se cuenta con un software estandar que lo suple; los otros dos (2) no se utilizan porque carecen de un servidor destinado exclusivamente para ellos. Ademas, se devengo y cancelo el importe total de la transaccion, sin tener la evidencia de la conformidad de los servicios de instalacion, configuracion y capacitacion contratados; Que, la situacion expuesta precedentemente proviene del incumplimiento de las funciones establecidas en la normatividad legal que vincula a los funcionarios del MORDAZA Nacional de Elecciones encargados de la Oficina de Sistemas y de la Oficina de Abastecimiento en el periodo objeto de control en el ano 2002, ocasionando con ello dano economico a la institucion, el mismo que requiere ser resarcido, de conformidad con lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, conforme a lo dispuesto por los articulos 11º in fine y 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA del 2002, el Decreto Ley Nº 17537 que crea el Consejo de Defensa del Estado, asi como de las demas normas legales modificatorias y reglamentarias; En ejercicio de las facultades de que esta investida esta Presidencia; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del MORDAZA N a c i o n a l d e E l e c c i o n e s p a ra q u e, e n n o m b r e y representacion del Estado, interponga e impulse ante

el organo competente las acciones legales que correspondan por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones para los fines de ley. Articulo Tercero.- El citado Procurador Publico procedera a dar cumplimiento de la presente resolucion hasta la culminacion de las acciones legales, informando en todo momento al Despacho de Presidencia, sobre el inicio e impulso de la accion judicial que ejerza, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. MORDAZA SANCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones 14184

Declaran improcedente solicitud para correr traslado de pedido de vacancia del cargo de regidores de la Municipalidad Provincial de Huarochiri
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 143-2004-JNE
Expediente Nº 576-2004 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2004 VISTO, el escrito del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando correr traslado de la peticion de vacancia del cargo de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Powosino Gavilano, de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del articulo 23º de la Ley Nº 27972, dispone que, cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de un miembro del concejo municipal o ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; su pedido debe estar fundamentado y debidamente sustentado, con la prueba que corresponda, segun la causal; Que, en el caso de autos, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha acreditado su condicion de vecino de la provincia de Huarochiri para poder ejercer el derecho de solicitar la referida vacancia, toda vez que en su Documento de Identidad consta como domicilio el distrito de Yanacancha de la provincia y departamento de Pasco, el mismo que ademas ha caducado conforme obra de fojas 5; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el escrito presentado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cual solicita correr traslado de la peticion de vacancia del cargo de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Powosino Gavilano, de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14186

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